Esta semana entró a regir el decreto que permite a las personas con discapacidad comprar carros sin tener que pagar impuestos, siempre que el vehículo cueste menos de $35 mil (unos ¢18 millones).
Los beneficiarios de esta medida son todos los ciudadanos costarricenses cuyas limitaciones físicas, mentales o sensoriales impidan el uso del transporte público, como consta en el reglamento a la Ley 8448, publicado en La Gaceta el lunes pasado.
El Ministerio de Hacienda exigirá para la exención del impuesto una constancia que debe emitir el Centro Nacional de Rehabilitación (Cenare) o la Dirección de Calificación de la Invalidez de la Gerencia de Pensiones de la CCSS (DCIGP).
La condonación del impuesto se aplica sobre todos los vehículos importados o comprados en el país, siempre que la inscripción se haga a nombre de la persona que demuestre su discapacidad. Cuando se compra un vehículo fuera del país los impuestos son casi equivalentes al total del carro.
Organizaciones de defensa de los derechos de los discapacitados han calculado que representan al 9% de la población nacional. No fue posible, sin embargo, calcular ayer cuántas personas podrían beneficiarse de esta medida.
Aunque sea discapacitado quien compre el carro, este puede autorizar a un máximo de dos personas para que lo conduzcan. Estos pueden ser parientes en segundo grado de consanguinidad o afinidad, o algún chofer pagado, siempre que su patrón esté al día en las cuotas obrero-patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social.
Si el comprador vende el carro en los primeros siete años debe pagar los impuestos, según el decreto 33343-S-H-MP-MOPT-J.
Este reglamento cumple con un anuncio hecho en la administración Abel Pacheco.