La Contraloría General de la República (CGR) admitió para estudio el recurso de apelación interpuesto por el consorcio Dekra en contra de la adjudicación del servicio de inspección técnica vehicular.
Según informó el órgano contralor, la gestión está en análisis por el fondo y el plazo para resolver vence el 3 de abril. La licitación que se objeta es la 2023LY-000002-0058700001, promovida por el Consejo de Seguridad Vial (Cosevi).
Dekra presentó la gestión el 29 de enero, dos días antes de que quedara en firme el acuerdo de la Junta Directiva del Cosevi en el que se confirmaba la preselección de las empresas Applus y Tüv Rheinland para poder avanzar en la adjudicación de las dos firmas.
Según su reclamo, la decisión del Cosevi “otorga una ventaja indebida a un oferente que aún no ha podido acreditar plenamente la experiencia mínima requerida para prestar este servicio en Costa Rica durante los próximos 10 años”, en referencia la firma alemana TÜV Rheinland.
Con el recurso, todo el proceso de selección de los futuros operadores queda en suspenso.
Dekra asumió la revisión técnica desde finales de octubre de 2022. Lo hace mediante un permiso de uso en precario, que originalmente vencía en octubre del año pasado.
Sin embargo, el Cosevi le otorgó una prórroga hasta el 27 de julio por los múltiples retrasos que ha enfrentado el proceso de selección de los nuevos oferentes.
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Precedente del recurso de Dekra
En octubre, la Contraloría había anulado de oficio la precalificación de las empresas porque la firma TÜV Rheinland no había logrado acreditar el cumplimiento de la experiencia requerida por el Cosevi, que exigía un mínimo de 25 millones de revisiones integrales para una de las empresas que conforman ese consorcio.
Por esta razón, ordenó al Consejo “valorar” si procedía el dictado de un nuevo acto, conforme los parámetros fijados en el pliego y el objeto del concurso.
Cosevi aclaró entonces que volvería a revisar el requisito de experiencia, por lo que únicamente devolvía el trámite a la etapa de precalificación.
Al final, la comisión evaluadora determinó que la empresa alemana aportó nueva documentación en la que se demostraba el cumplimiento de la cantidad de inspecciones realizadas.
Así, tras analizar la documentación, se consideró que esa actuación no constituía ninguna ventaja indebida o motivo de nulidad, por lo que se determinó que el consorcio Applus y la alemana Tüv Rheinland, fueron las únicas que cumplieron todos los requisitos de admisibilidad técnica y financiera.
