A falta de prueba de que las universidades públicas cumplieron la regla fiscal, la Contraloría General de la República (CGR) les improbó sus presupuestos para 2020.
Las universidades se negaron presentar copia de sus planes de gasto ante la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria (STAP) para que esta verifique y certifique ante la CGR el cumplimiento de la regla fiscal, al aducir que gozan de autonomía. Ante la ausencia de este requisito, al órgano contralor no le quedó más que negar la aprobación de los planes de gastos.
La medida afecta a la Universidad de Costa Rica (UCR) , Universidad Nacional (UNA), Instituto Tecnológico de Costa Rica (Tec), Universidad Estatal a Distancia (UNED), Universidad Técnica Nacional (UTN), lo mismo que el Consejo Nacional de Rectores (Conare).
Ninguna de ellas probó que respetó un crecimiento máximo de gastos corrientes (salarios, becas, servicios) para el 2020 limitado al 4,67%, porcentaje de regla fiscal para el próximo año para todas las instituciones públicas.
La regla fiscal, contenida en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (N.° 9635), es un límite al crecimiento del gasto corriente, que son básicamente intereses, remuneraciones y transferencias, los cuales para el 2020 no pueden aumentar, en conjunto, más de 4,67%.
Ahora, las universidades tendrían el mismo presupuesto que para el 2019, el cual era menor al del próximo año. Sin embargo, siempre tienen la oportunidad de presentar presupuesto extraordinarios.
LEA MÁS: Contraloría advierte de que 'U' públicas no se escapan de la regla fiscal
“Pese a diversas gestiones al respecto y ante la omisión de la certificación de la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria (STAP) de que las universidades cumplen con la regla fiscal (art 19), la CGR debe archivar sin trámite el presupuesto inicial de las cinco universidades y del Conare para el año 2020”, informó el órgano contralor la mañana de este jueves.
Rodrigo Arias, rector de la UNED, manifestó que las universidades cumplen plenamente con la regla fiscal. Lo cual, según él, podría ser verificado por la Contraloría.
“La STAP es parte del Poder Ejecutivo que no tiene injerencia alguna sobre las universidades, no podemos por lo tanto someter nuestros presupuestos para su escrutinio y certificación. Sería ir en contra de nuestra Constitución Política”, manifestó Arias.
Luis Paulino Méndez, rector del Tec, y presidente del Conare, dijo que a las 3 p. m. de este jueves se reunieron los rectores en el Conare para definir más acciones a seguir tras la decisión de la CGR.
“Lo más importante es que el 2020 inicia con el presupuesto 2019 con los ajustes correspondientes, por lo que la operación inicial está garantizada”, manifestó Méndez.
Por ejemplo, la UCR, que tiene el mayor cantidad de recursos, presentó un presupuesto inicial para el 2020 de ¢360.383 millones (esto incluye la transferencia del FEES). El año pasado, ese plan de gastos fue de ¢353.711 millones, con este último es con el que deberán trabajar el próximo año.
Cronología
El artículo 19 de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas establece que durante el proceso de formulación del presupuesto inicial las instituciones de sector público no financiero, tales como las universidades, deben presentar copia de sus presupuestos ante la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria (STAP) para que esta verifique y certifique ante la Contraloría el cumplimiento de la regla fiscal. Esa certificación es un requisito sustancial para la aprobación de los presupuestos que efectúa la CGR.
El 6 de setiembre de 2019, la STAP comunica a las universidades públicas su obligación de presentar la información. Les indicó que las casas de enseñanza superior públicas se encuentran a dentro de los alcances de la Ley de Fortalecimiento y, consecuentemente, sujetas a las disposiciones que el Ministerio de Hacienda y la Secretaría Técnica han emitido con el fin de dar cumplimiento al Título de Responsabilidad Fiscal de la República, en el marco estricto de las competencias que la Ley ha definido.
Sin embargo, siete días más tarde, el Conare comunicó que acordaron no presentar los presupuestos universitarios a la STAP acuerpándose en su “independencia y autonomía”.
“La pretensión contenida en el oficio STAP-CIRCULAR-0754-2019 implica someter la ejecución anual del Planes (Plan Nacional de Educación Superior Universitaria Estatal) y el giro anual del FEES (Fondo Especial para la Educación Superior) a condiciones no autorizadas por el artículo 85 de la Constitución Política, sujetando a las universidades estatales a las directrices y órdenes del Poder Ejecutivo (...) Se acuerda no presentar los presupuestos universitarios a la STAP como inicio de la implementación del proceso presupuestario, pues tal hecho implicaría una clara violación a la autonomía universitaria, al sujetar nuestras instituciones al ámbito de decisión de un órgano del Poder Ejecutivo”, le respondió el Conare a la STAP el 13 de setiembre, en el oficio OF-CNR-215-2019.
Según los rectores, el artículo 85 de la Constitución Política no ha sido modificado. Explicaron a la STAP que esa norma regula, de manera directa e inmediata, la determinación y giro anual del FEES, así como el contenido de su presupuestación anual en cuanto a gastos de operación y de capital, determinados por la ejecución del Plan Nacional de la Educación Superior Universitaria Estatal (PLANES).
“Esta disposición constitucional debe ser observada como norma suprema y predominante frente a la Ley”, le indicaron a la Secretaría.
LEA MÁS: Sala IV acoge para estudio reclamo de 'U' públicas contra reforma fiscal
La STAP reiteró el 24 de setiembre que tanto Conare como las casas de enseñanza están bajo el ámbito de la ley y que debían remitir a más tardar el 30 de setiembre la información inicialmente solicitada.
El 29 de noviembre, la CGR le comunica a las universidades que recibió un oficio de la Secretaría Técnica donde informan que le resultó imposible emitir la certificación sobre el cumplimiento de la regla fiscal.
“La CGR indica a las universidades que de conformidad con el artículo 184 inciso 2 de la Constitución Política y artículo 18 de su Ley Orgánica, tiene el deber de analizar que los presupuestos sean formulados y presentados de conformidad con las disposiciones legales y técnicas, dentro de las cuales está la certificación que emita la STAP sobre el cumplimiento de la regla fiscal”, explicó la Contraloría.
El argumento de los rectores ante este oficio, es que se encuentra pendiente de resolución la acción de inconstitucionalidad contra varios artículos de la Ley N.° 9635 y que el presupuesto de las universidades se encuentra regulado por el artículo 84 y 85 de la Constitución Política. Por esas razones, reiteran que no remitirán la información requerida.
“La Contraloría General de la República resolvió no tramitar los presupuestos iniciales de las cinco universidades y del Conare, debido a que la Ley para el Fortalecimiento de las Finanzas Públicas modificó el proceso de formulación y aprobación presupuestarias, al punto de que tal certificación es requisito sustancial para la aprobación del respectivo presupuesto y sin la certificación no es posible tramitar ningún presupuesto. Además, el artículo 19 de la Ley 9635 se encuentra impugnado ante la Sala Constitucional, lo que no significa que la norma no esté vigente y por tanto debe ser acatada”, concluyó la CGR.