Hace tan solo una década, nada le impedía a un hombre adulto acudir ante un sacerdote o un notario para pedirle que lo casara con una quinceañera, independientemente de que la diferencia de edad entre ambos fuera de cinco, diez o 40 años. De hecho, cada año, se registraban cientos de uniones de ese tipo. Solo entre el 2007 y el 2014, casi 14.000 menores se casaron con hombres mayores de edad.
Tales situaciones quedaron en el pasado. En el 2021, por primera vez, no se inscribió ante el Registro Civil ni un solo matrimonio que involucrara a un adolescente menor de 18 años. Estos enlaces quedaron prohibidos en Costa Rica el 13 de enero del 2017, con la entrada en vigor de la ley de relaciones impropias. Antes de de esa legislación, se permitía que adolescentes de 15 años en adelante contrajeran nupcias, con el consentimiento de sus padres.
Desde esa fecha y hasta el 31 de diciembre del 2020, se inscribieron en el Registro Civil tres decenas de matrimonios entre adultos y menores de edad, y uno entre dos adolescentes, los cuales se efectuaron antes de la prohibición, pero se inscribieron meses después por atrasos e incumplimientos de los notarios.
En los seis años transcurridos desde la reforma legal, solamente una notaria incumplió la prohibición y casó a una joven de 16 años con un hombre mayor que ella. Por el incumplimiento, la jurista recibió una sanción disciplinaria y enfrentó un proceso judicial.
Lo que dicen los datos
Durante el 2016, el último año en el que los casamientos con menores de edad fueron legales, se registraron 262 de esas uniones. En 245 de ellas —es decir, nueve de cada diez casos— se trató de un matrimonio entre un hombre mayor y una adolescente. Nueve de las nupcias fueron entre mujeres adultas y muchachos menores de edad. Solo en ocho casos, ambos contrayentes tenían menos de 18 años.
Antes de la reforma legal, dichas uniones ya venían presentando una tendencia a la baja. En el 2012, hubo 514 casamientos de menores; la cifra bajó a 424 casos en el 2013; a 382 en el 2014; a 336 en el 2015 y, finalmente, cayó a 262 en el 2016. Ese último año, esas uniones representaron un 1% de los 27.498 matrimonios celebrados en todo el país.
Las uniones celebradas anteriormente pero inscritas tardíamente, entre el 2017 y el 2020, fueron 23 en el primer año, dos en el 2018 e igual cantidad en el 2019, y una última registrada en el 2020.
Luis Bolaños, director general del Registro Civil, explicó que desde la entrada en vigencia de la ley de relaciones impropias, si la institución llega a recibir la solicitud de inscripción de un matrimonio en el que figure un menor de edad, tendrá que rechazar la gestión y avisar a las autoridades judiciales sobre el hecho, para que investigue al notario o sacerdote que realizó la unión.
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Reforma tras caso de docente
La ley de relaciones impropias, que prohibió el matrimonio con y entre menores de edad, se aprobó en la Asamblea Legislativa en agosto del 2016.
La Organización de Naciones Unidas (ONU) clamó por la reforma, para “proteger y garantizar la seguridad y el interés superior de niños, niñas y adolescentes del país y evitar que se vean expuestos a relaciones de poder abusivas”.
El cambio se impulsó luego de que trascendiera que una profesora de 40 años, quien laboraba en el Colegio Técnico Profesional (CTP) de San Isidro de El General, en Pérez Zeledón, se casó con uno de sus estudiantes, de 15 años, en julio de ese mismo año.
Posterior a este hecho, el Ministerio de Educación Pública (MEP) dio a conocer que entre el 2014 y 2015, la institución tramitó 23 casos de funcionarios, en su mayoría docentes, que mantuvieron una relación sentimental con un estudiante menor de edad. Todos los casos, excepto uno, involucraron a un profesor hombre y una alumna. La mayoría de dichas niñas quedaron embarazadas producto de esas relaciones.
Relaciones impropias persisten
Las relaciones entre adultos y adolescentes son tan nocivas, según la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), precisamente porque ponen en riesgo la “escolarización, la entrada al mercado laboral y el desarrollo físico, psicológico y emocional” de las personas menores de edad.
La mayoría de los casos involucran a muchachas, quienes están en mayor peligro precisamente porque pueden quedar embarazadas y eso aumenta el riesgo de que queden inmersas en círculos de violencia y dependencia con sus parejas.
Una investigación de esa Comisión determinó que en el 2018, en Costa Rica, un 17% de las jóvenes de entre 20 y 24 años convivieron con una pareja mayor de 18 años antes de cumplir la mayoría de edad.
La misma ley de relaciones impropias que prohibió el matrimonio con menores de edad estableció sanciones para los adultos que tengan relaciones sexuales con menores de 18 años.
Las penas son de hasta tres años de cárcel para quienes tengan relaciones sexuales con adolescentes de entre 15 y 17 años, si la diferencia de edad entre ambos es de siete años o más. En tanto, los vínculos con menores de entre 13 y 15 años se penalizan con hasta seis años en prisión, cuando la diferencia supere los cinco años.
No obstante, el problema persiste. El Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu) considera que hace falta mucho trabajo de educación y prevención para concientizar a las comunidades y las instituciones sobre la importancia de evitar y denunciar este tipo de relaciones. De hecho, actualmente desarrolla programas de capacitación sobre ese tema en los cantones de Golfito, Garabito, Los Chiles, San Carlos, Limón y Talamanca.