Diputada propone legalizar el ‘homeschooling’ como opción educativa en Costa Rica

Proyecto permitiría a familias educar a sus hijos de primaria y secundaria en la casa, con libertad de elegir planes de estudio y libros

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El 'homeschooling' funciona ampliamente en más de 30 países del mundo, como por ejemplo Dinamarca, Irlanda, Estados Unidos, Rusia, Portugal, Francia, Noruega o Polonia, con diferentes esquemas normativos. Foto con fines ilustrativos (Eyleen Vargas)

La posibilidad de que los menores de edad realicen los estudios de primaria y secundaria en su casa, sin estar vinculados a un centro educativo es lo que promueve un proyecto de ley presentado la semana anterior.

Esta opción se conoce como “Escuela en Casa”, “Educación en el Hogar”, o con el anglicismo homeschooling.

Bajo esa modalidad es el padre, madre o encargado quien educa a sus hijos en la casa, con libertad de elegir los planes de estudio, libros, biliografias y administración del tiempo de clase.

Puede ser que sean los mismos padres los que impartan las lecciones o bien que contraten un tutor para que vaya al hogar. Posteriormente, los alumnos hacen exámenes para certificar sus conocimientos y pasar de grado.

De acuerdo con el proyecto de ley de la diputada independiente Ivonne Acuña indica el objetivo es establecer el marco normativo bajo el cual se puede desarrollar esta actividad educativa y ofrecer tanto a las madres y padres como al propio Estado, “la posibilidad de desplegar, de forma libre, sostenible y voluntaria, una modalidad reconocida plenamente en otras partes del mundo, que en todo caso, se han visto obligados a implementar actualmente, y que en realidad nunca ha estado prohibida, pero si carente de marco regulatorio de carácter legal”.

El homeschooling funciona ampliamente en más de 30 países, entre ellos Dinamarca, Irlanda, Estados Unidos, Rusia, Portugal, Francia, Noruega o Polonia, con diferentes esquemas normativos.

Según el Ministerio de Educación Pública (MEP), en Costa Rica la modalidad no existe como opción académica, pues alumno debe estar matriculado en un centro educativo.

Aclaró además que educación en el hogar, no es lo mismo que la educación a distancia, como la que se implementó por la pandemia; tampoco es comparable con la educación abierta para jóvenes y adultos. En ambos casos hay un vínculo con un centro educativo.

La iniciativa que se tramita bajo el expediente 22.396 se inspiró en la forma en cómo se llevo a cabo la educación en la pandemia. Explica que la emergencia sanitaria dejó al descubierto que la modalidad presencial tiene limitaciones y demostró la necesidad de retomar otros sistemas de educación más flexibles, no sujetos a la asistencia a clases presenciales.

“(El homeschooling) es coherente y está enmarcado con el objetivo primordial de nuestra nación en este campo, cual es garantizar el derecho de los alumnos y las alumnas en edad escolar a la educación, sin que la continuidad del proceso sufra interrupciones o quede truncada a causa de situaciones como la crisis sanitaria del covid-19, eventos climáticos, entre otros”, dice el texto.

Además, expone la necesidad de dotar de un marco legal que permita a madres, padres, tutores/as y representantes legales, la participación activa en el proceso educativo de sus hijos, hijas, pupilos o representados.

¿Cómo se regularía la educación en casa?

Según el proyecto, el Ministerio de Educación Pública se mantendría como ente rector de la educación en el hogar, y actuaría bajo el nombre de “autoridad de aplicación”.

Estaría dirigido a todas las personas que no hayan culminado sus estudios escolares para que puedan optar, por sí o por medio de sus padres, tutores o representantes legales, para el caso de menores de edad o incapaces, por la desmatriculación escolar y acogimiento a educarse bajo el Marco Integral de Educación en el Hogar (MIEH).

“Los alumnos que opten por adherirse al MIEH deberán inscribirse anualmente en el registro que la autoridad de aplicación crea para tal fin. Cuando los alumnos sean menores de edad, la inscripción será responsabilidad de sus padres, tutores o representantes legales. Los alumnos inscritos al MIEH no podrán ser matriculados en ninguna institución oficial mientras se mantengan en esa condición. La condición puede ser revocada en el momento que se acredite mediante proceso administrativo; la falta de cumplimiento de la formación a que se encuentran inscritos”, explica la iniciativa.

Con respecto a la evaluación, los alumnos pueden solicitar ser evaluados por profesores designados por la autoridad de aplicación, para que pueden acreditar que tienen los conocimientos suficientes para la promoción del grado, dentro del mismo escalafón establecido por la autoridad de aplicación para los alumnos institucionalizados.

Antes de realizar los exámenes y a efecto de quedar habilitados para rendirlos bajo esta modalidad, los alumnos, además de estar inscritos en el MIEH, deberán registrarse en la institución que hubiesen elegido para tal fin.

“La autoridad de aplicación debe garantizar que existan al menos tres convocatorias al año para que los alumnos registrados en el MIEH puedan rendir sus exámenes libres. Las tres convocatorias anuales deberán realizarse en los meses de febrero, julio y diciembre, respectivamente. Los alumnos podrán rendir en una misma convocatoria un máximo de tres exámenes, no pudiendo rendir más de una vez el mismo examen en la misma convocatoria”, indica.

La calificación de los exámenes rendidos será la misma que la autoridad de aplicación haya utilizado para la evaluación y corrección de exámenes de alumnos escolarizados. Los resultados pueden ser impugnados.