Luego de años de discusión en el Congreso, los diputados aprobaron en primer debate el proyecto de ley de educación dual.
Queda pendiente el aval definitivo, que se daría la próxima semana. Posteriormente, el presidente debería firmar la normativa para darle el rango de ley y ordenar su publicación en el diario oficial La Gaceta.
El proceso siguiente para implementarla será la elaboración de un reglamento a cargo del Poder Ejecutivo, para el cual tendrá un plazo de seis meses.
Así quedó el texto aprobado.
¿Dónde y quiénes?
La iniciativa impulsa a colegios técnicos, universidades, centros de formación parauniversitaria y al Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) a crear programas educativos que alternen las tradicionales clases teóricas con la aplicación de conocimientos en empresas privadas o instituciones públicas.
La reforma educativa tiene el propósito de que los estudiantes mayores de 15 años que voluntariamente matriculen programas de educación dual, obtengan las habilidades blandas propias de las carreras que estudian, otorgándoles experiencia para mejorar su empleabilidad al culminar su formación.
¿Cómo se enseña?
Durante las prácticas simuladas o reales en las empresas, los estudiantes contarán con el apoyo de un mentor, es decir, un profesional de la empresa que facilita el desarrollo de la educación dual y que debe certificarse ante el INA para ese fin. Ellos coordinarán con los docentes, quienes también pueden participar en los procesos prácticos desarrollados en las organizaciones formadoras.
La cantidad de estudiantes por mentor se establecerá en el reglamento de la ley, que debe desarrollar el Poder Ejecutivo.
Al culminar los procesos formativos, las firmas podrían seleccionar a sus futuros empleados, reduciendo los programas de reclutamiento, así como la baja operativa que atraviesan las organizaciones durante el proceso de adaptación del personal sin experiencia.
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¿Qué se enseña?
Serán los colegios técnicos, las universidades, los centros parauniversitarios y el INA los que deberán crear las ofertas académicas para sus estudiantes. Esta última institución ya implementa programas duales e incluso ya ha graduado estudiantes.
En el caso de colegios técnicos públicos y privados, los programas duales deberán contar con el aval del Consejo Superior de Educación. Las universidades públicas y el Instituto Nacional de Aprendizaje podrán desarrollar sus ofertas en el marco de su autonomía. Por su parte, las universidades privadas tendrán que someter sus propuestas a la aprobación del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada.
¿Quién paga?
Los aprendices de programas de educación dual de instituciones públicas o privadas podrán solicitar una beca para costear el transporte, la alimentación, vestimenta y otros gastos. El monto que percibirán quedará definido en el reglamento de la ley, que deberá elaborar el Poder Ejecutivo en un plazo de seis meses a partir de la aprobación definitiva de la propuesta.
Para crear la bolsa de becas, el INA destinará el 1% de su presupuesto, que se financia en parte con los aportes que hacen mensualmente todas las empresas formales del país. Para potenciar ese fondo, las empresas formadoras deberán aportar ¢120.000 mensuales por cada uno de los estudiantes que reciba.
Por ejemplo, una empresa que forme a 15 estudiantes de forma simultánea, deberá transferir ¢1,8 millones mensuales al fondo de becas del INA. Los estudiantes pueden solicitar subsidios de ese fondo.
Esa institución tendrá un plazo de un año a partir de la aprobación de la ley, para reglamentar el fondo de becas.
Las pequeñas y medianas empresas no harán ese aporte, puesto a que los legisladores consideraron que de no aplicar esa excepción, las pequeñas organizaciones no podrían participar en la formación de estudiantes. Las organizaciones que estén atrasadas con sus cuotas obrero-patronales no podrán recibir aprendices.
¿Qué relación hay entre empresa y aprendiz?
El alumno firmará un contrato de matrícula con el centro educativo, institución que a su vez suscribirá un convenio de educación dual con las empresas que formarán al estudiante.
Para resguardar la seguridad de los aprendices, las empresas formadoras tendrán que pagarles una póliza de riesgo de trabajo, la cual deberá ofrecer el Instituto Nacional de Seguros (INS).
¿Quién supervisa?
Cuando la iniciativa sea firmada por el presidente de la República y se convierta en ley, se instalará la Comisión Asesora y Promotora de Educación Dual, que estará conformada por diferentes instituciones y tendrá representaciones de los sectores sindical, empresarial, solidarista, y cooperativista, que será presidida por la ministra de Educación.
Este foro, que no pagará dietas a sus miembros, tendrá el objetivo de implementar acciones que impulsen esta herramienta formativa en nuestro país, además de rendir un informe anual sobre los alcances, beneficios y dificultades que enfrente el método de enseñanza.