Un proyecto de ley propone crear un salario mínimo para los profesores de las universidades privadas.
Según el expediente 23.813, el Consejo Nacional de Salarios del Ministerio de Trabajo se encargaría de emitir “los rubros de salarios mínimos correspondientes a las personas docentes de los centros de educación superior privada, así como la escala salarial por el cumplimiento de los atestados correspondientes a la carrera docente”.
En caso de aprobarse la iniciativa, además, las universidades tendrían que entregar al Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (Conesup) tres requerimientos de información:
- Registro del total de sus docentes y planilla total ante la CCSS, así como la respectiva póliza de Riesgo del Trabajo de todas las personas trabajadoras o prestatarias de servicios en las universidades privadas
- Registro de salarios que demuestre el pago correspondiente a los docentes de los montos previamente fijados por la Comisión Nacional de Salarios.
- Presentar y cumplir un régimen propio de la Carrera Docente para cada institución que incorpore la actualización profesional, investigación y acción social en cada institución privada con el fin de incentivar la actualización profesional de las personas docentes.
El proyecto lo presentó el diputado Ariel Robles. Él argumenta que hay 33 denuncias contra universidades privadas, ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), por parte de docentes por presuntos impagos de salario mínimo, no aseguramiento ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) ni el Instituto Nacional de Seguros (INS), negativa a dar vacaciones, atraso o disminución salarial, no pago de aguinaldo y horas extraordinarias y diferencias salariales en un mismo puesto.
La Nación consultó a la Unidad de Rectores de las Universidades Privadas de Costa Rica (Unire) su posición; sin embargo, indicó que primero se estudiará la propuesta antes de emitir un criterio.
Robles alega en que el proyecto se justifica por el deber del Estado de velar por la calidad de la educación privada, estipulado en el artículo 79 de la Constitución Política que establece el deber de inspección.
“Estamos promoviendo que dejen de existir esos abusos donde mensualmente a un profesor por un curso se le pagan ¢30.000, ¢40.000 o ¢50.000. Es imposible que con ese salario una persona docente pueda dedicarse solamente a eso o pueda hacer un trabajo para que haga investigación o actividades que enriquezcan la docencia.
“El no reconocimiento de estos aspectos es una de las razones de la pérdida de calidad de la educación privada en nuestro país, puesto que no se promueve la actualización profesional, la continuación de estudios ni la dignidad en la retribución económica de las personas docentes”, dijo el legislador.
Alegó que, pese al mandato constitucional, la ley constitutiva del Consejo Superior de la Educación Privada (Conesup) no regula las condiciones en que trabajan los profesores y profesoras, ni considera los títulos que estos ostenten para mejorar su escala salarial.
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Según el diputado, el proyecto pretende dotar de herramientas legales al Conesup y al Ministerio de Educación Pública (MEP) para que puedan garantizar que se respeten los derechos laborales del personal docente de las universidades privadas, “lo que redundará en una mejora en la calidad que reciben las miles de personas que estudian en estas instituciones de enseñanza”.