Los rectores de las cinco univesidades públicas estamparon su firma en un carta para pedir al presidente Carlos Alvarado que elimine la mención de esas instituciones del reglamento a la ley de reforma fiscal.
Su pretensión es que excluyan a las casas de enseñanza superior de la aplicación de esta legislación aprobada para sanear las finanzas públicas. Es decir, quedar excentas de aplicar límites a salarios, anualidades, cesantía y de una nueva evaluación del desempeño que en esa legislación se establece
Para los rectores, la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley No. 9635) no los cobija, porque no se les menciona expresamente, Sin embargo, el título que se refiere al empleo público menciona que la aplicación será para la administración central y la descentralizada, esta última incluye instituciones autónomas y semiautónomas.
El decreto ejecutivo que reglamenta la ley, sí alude a las universides de manera directa. Por esta razón, acordaron pedirle al mandatario eliminar esa mención al considerarla insconstitucional y violatoria de su autonomía.
Lo anterior consta en el acuerdo CNR-65- 2017 del Consejo Nacional de Rectores (Conare) del 21 de febrero pasado. Ese mismo día se envió la carta al mandatario.
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“Se acuerda: Instar al presidente de la República a enmendar el decreto ejecutivo N°. 41564-Mideplan-H del 11 de febrero del 2019 denominado ‘Reglamento del Título III de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley N°. 9635 del 3 de diciembre del 2018 referente al empleo público’, a fin de que se elimine la mención que contiene de las universidades públicas en su artículo 1° inciso H) y artículo 3°, referido a la definición de su ámbito de aplicación, en razón de su evidente incostitucionalidad”, se lee en el acuerdo.
El artículo 1° inciso H) del reglamento define institución autónoma como "toda institución pública que goce, por vía constitucional o legal, de cualquier grado de autonomía, sea esta administrativa, política y/o organizativa. Dentro de ellas se comprenderán a las universidades públicas, las municipalidades y la Caja Costarricense del Seguro Social'.
El artículo 3° sobre el ámbito de aplicación de la ley incluye a los servidores públicos de la Administración central y descentralizada.
“Por administración descentralizada se entenderá a todas las instituciones autónomas y semiautónomas, empresas públicas del Estado, universidades públicas, municipalidades y la Caja Costarricense del Seguro Social”, indica ese artículo del reglamento.
La reforma fiscal establece que en el caso de dedicación exclusiva se reconocerá con un 25% adicional del salario a licenciados y un 10% a bachilleres, porcentajes que representan la mitad de lo que se pagaba.
Las anualidades, en todo el sector público, pasaron de ser un porcentaje del salario base a un monto fijo invariable para cada escala salarial.
En el caso de la cesantía, la reforma establece el tope de 8 años establecido por el Código de Trabajo. A los empleados cubiertos por convención colectiva se les reconocerá hasta 12 años, si ya tienen el derecho por antigüedad.
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La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas señala que los salarios de los funcionarios cuyas remuneraciones mensuales sean iguales o superiores a ¢4 millones no aumentarán por los próximos dos años.
En nombre de la autonomía
Según los rectores, la Sala Constitucional sentenció, en una resolución del 1993, que la independencia constitucional universitaria “es distinta a la del resto de los entes descentralizados” en el ordenamiento jurídico y, significa, que están fuera de la dirección del Poder Ejecutivo y de sus jerarquía.
Además, que las universidades pueden autodeterminarse en el sentido de que están posibilitadas de establecer sus propios planes, programas, presupuestos, organización interna y estructirar su propio gobierno.
Para el Conare, resulta “contraria” a la Constitución, una ley (la de la reforma fiscal) que pretendiera hacer desaparecer tal régimen.
“La regulación del régimen de empleo de los funcionarios de universidades públicas es materia reservada al ámbito propio de las competencias de estas instituciones y, desde su constitución, han quedado exceptuadas del Régimen del Servicio Civil”, explicá el acuerdo del Conare", se lee en el acuerdo.
Durante su participación en la comisión legislativa del Fondo Especial para la Educación Superior (FEES), la ministra de Hacienda, Rocío Aguilar, aclaró una vez más, que las universidades estatales, al igual que todas las instituciones públicas, deben atender las directrices de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
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“El reto es que todos nos metamos en el mismo canasto y no pensemos que porque somos universidades no tenemos que obedecer y atender esa ley", dijo Aguilar. La comparecencia de la ministra de Hacienda en la comisión que analiza el uso que las universidades le dan a los fondos públicos, se realizó el 25 de febrero.
El viceministro de Hacienda, Nogui Acosta, también reiteró una vez más que la reforma fiscal es muy clara en que es para “todas las instituciones públicas”.
“Un decreto ejecutivo es una aplicacion de las dispociciones que la ley establece; se tiene que mantener apegado a lo que establece la ley y no pueden haber ser interpretaciones. El decreto del presidente conteste con lo que la ley señala. Las universidades no están por encima de lo que la ley establece, las condiciones de la ley de empleo público tienen que aplicarlo sí o sí”, explicó Acosta.
Alberto Salom, rector de la Universidad Nacional (UNA), dijo que aún el presidente no les ha constestado la carta. Afirma que los centros de enseñanza superior ya han aplicado internamente medidas para la restricción del gasto. Incluso afirmó que la Universidad Nacional es una de las que tiene las anualidades más bajas, del 4%.
"(Queremos) Que el presidente aclare en el decreto presidencial que tal como está expresado, las universidades no estamos cobijadas, pero no es porque estemos en desacuerdo con el fondo, estamos de acuerdo en que tienen que haber refomas al interior de las universidades pero si la ley no nos cobija, no nos cobija. Nadie puede pretender meter una reforma a las universidades sin reforma a la Constitución.
"No estamos diciendo que es un Estado dentro de otro Estado, claramente no lo es, pero las normas tienen su jerarquía. Lo que no podemos es ser reformados vía decreto, ni porque lo diga un diputado, ni la contralora. No basta con decir que se incluye a todas las instituciones descentralizadas para interpretar que las universidades están incluidas, habría que modificar la Constitución”, explicó Salom.
Por su parte, el rector de la Universidad Técnica Nacional, Marcelo Prieto, afirmó que le preocupa la ligereza y despreocupación con que se ve el cumplimiento de la Constitución Política.
“Yo veo a mucha gente preocupada porque las universidades cumplan con lo que dice la reforma fiscal, pero nadie está preocupado porque se cumpla la Constitución. (El decreto) Esto es una evidente incostitucionalidad, se está violando al autonomía universitaria”, dijo Prieto.
La carta también fue fimada por el rector de la Universidad de Costa Rica (UCR), Henning Jensen; el rector del Instituto Tecnológico, Julio Calvo, y el rector de la Universidad Estatal a Distancia, Carlos Montoya.