Una publicación de este diario dio a conocer este lunes 18 de abril, que el Concejo Municipal de San José nombra en juntas de educación de escuelas y colegios a personas fuera de las ternas recomendadas por el centro educativo, lo que contradice leyes, reglamentos y pronunciamientos de la Procuraduría General de la República. Así ocurrió en 88 escuelas y colegios adscritos a la Dirección Regional de San José Central.
Ante estos hechos, el presidente del Concejo, Ulises Alexánder Cano Castro, aseguró que los regidores josefinos no hacen recomendaciones para integrar esos órganos, los cuales manejan miles de millones al año. En el 2021, por las juntas pasaron ¢14.000 millones, recursos que debieron atender necesidades de escuelas y colegios.
Cano, sin embargo, no aclaró cómo escogen a sus recomendados. A continuación, el extracto de la entrevista con el presidente municipal.
– Analizamos los nombramientos de los 390 miembros de juntas de escuelas y colegios de la Dirección Regional San José Central, que tiene centros educativos en los cantones de San José, Curridabat y Alajuelita y solo el Concejo Municipal que usted preside nombra personas fuera de las ternas enviadas por los directores ¿Por qué? ¿De dónde sacan los postulantes externos a las ternas?
– Existe una comisión previa antes de llegar al Concejo y existe un expediente completo por cada nombramiento que se haga; cualquier ciudadano que desee participar en una junta de educación está en su derecho de participar.
– ¿Por qué en el acta de la sesión del Concejo no se menciona de dónde se obtuvieron los postulantes ajenos a las ternas, solo dicen que se obtuvieron de otras fuentes?
– No se acostumbra a decir en las actas, porque existe un expediente y un documento formal y ahí dice bien claro de dónde vienen, quiénes son y quiénes manifiestan su deseo de participación. En el acta solo consta el nombramiento.
– Desde octubre de 2020 la Procuraduría General de la República ratificó que los concejos municipales solo pueden nombrar en juntas de educación a las personas propuestas por los centros educativos, pero posterior a esa fecha ustedes nombraron 61 personas a dedo ¿Por qué ignoraron el criterio de la Procuraduría?
– Como le dijo mi abogada (Ruth Ramírez), hasta que nosotros fuimos notificados, ese pronunciamiento fue vinculante para nosotros. Desde ese momento no veo a ningún regidor apartándose de lo que dice la autoridad.
– Nadie puede alegar desconocimiento de la ley, pero podría decirme cuándo les notificaron sobre el pronunciamiento de la Procuraduría...
– No puedo decirle... Sí sé que fue el año pasado, no sabría decirle.
– ¿Los regidores han incluido personas en esas ternas que se obtienen de otras ‘fuentes’ y terminan designadas en juntas de educación de escuelas y colegios?
– No.
– ¿En algún momento usted ha propuesto nombres para una junta de educación?
– Mire, voy a decirle una cosa: no lo he hecho, pero ojalá la ley me facultara para hacerlo. Quitaría tanta alcahuetería que hay en muchos centros educativos, no en todos, pero en algunos quieren quieren manejar hacha, calabaza y miel, quieren manejar los fondos, ser proveedores y quiere ser los de todo. Ojalá la ley nos facultara para eso.
“Ojalá permitieran la participación ciudadana y que los vecinos pudieran participar, porque aquí (al Concejo Municipal) llegan las quejas y las denuncias cuando se juramenta a personas propuestas por los directores de escuelas y colegios, que ni las conocemos y nos vienen a decir que siguen los directores con sus argollas, nombrando las juntas y buscando personas para su propio beneficio, porque así nos lo han dicho.
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- ¿Usted conoce al señor Wilberth Antonio Gómez Campos?
– ¿Wil Gómez?
– Sí, Wilberth Antonio Gómez Campos ¿Lo conoce?
– Sí
– ¿De dónde lo conoce?
–Sí creo que es la... ¿Wil? Bueno, no.
– El presidente de una Junta de Educación, está en el Colegio Ricardo Fernández Guardia, estuvo en una papeleta de la convención interna de Liberación Nacional con usted.
– Ah sí lo conozco, sí lo conozco (...) es del distrito mío.
– ¿Las personas que militan en partidos políticos tienen prohibición para participar en juntas o viceversa?
– No, nadie tiene prohibición.
– Revisamos el Código Electoral y el Compendio de Prohibiciones del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y las personas que tienen puestos en partidos políticos, como delegados distritales y otros sí tienen prohibición absoluta...
– Esos (los miembros de juntas) no son puestos políticos, no son de elección popular, no tienen un salario (...) No existe algo que les limite a los militantes de partidos participar en las juntas.
– Claro, el artículo 146 del Código Electoral lo prohíbe ¿Usted sabía que el señor Roy Campos, director de Asuntos Financieros de la Dirección Regional de San José, puso una denuncia ante el TSE precisamente por eso, por nombrar en juntas a militantes del Partido Liberación Nacional?
– No, no lo sabía.
– El Partido Liberación Nacional le certificó a don Roy que 25 personas, entre ellas don Wilberth Antonio Gómez Campos tienen puestos en el partido y, al mismo tiempo, están en juntas, por eso presenta la denuncia.
– Lo que sí le digo es que nosotros no podemos saber (si los designados en juntas pertenecen a partidos), uno no puede saberlo.
– ¿Cómo nosotros, como simples periodistas, sabemos de esa norma y usted como presidente de una municipalidad dice ignorarla?
– Porque usted lo ha dicho, ustedes son periodistas, alguien les llega con una denuncia, pues usted va y escarba y empieza a averiguar o trata de ver cómo se hace el tema para diay... formar polémica, eso es lo que hacen realmente ustedes. Uno no. Uno está aquí representando a la ciudadanía.