El Ministerio de Educación Pública (MEP) deberá asignarle a la escuela Neuropsiquiátrica Infantil una plaza adicional de un asistente de aula, para atender a un menor con discapacidad, autismo y epilepsia.
Así lo determinaron los magistrados de la Sala Constitucional tras declarar con lugar un recurso de amparo en el que la madre del niño alegó que su hijo ha ido perdiendo poco a poco habilidades básicas tales como caminar y comer solo, además no habla y tiene problemas de circulación por lo que su masa muscular se ha disminuido.
En el voto de este martes 2 de abril, los magistrados también exigieron que el niño se reubique en un grupo con menos alumnos (actualmente está en un grupo de cinco niños), para que se le brinde mejor atención.
“En un voto de manera unánime, la Sala llegó a la conclusión, en el día precisamente del autismo, de darle tutela a un menor de edad en una escuela para garantizarle el acceso a la educación (...) en este caso un niño discapacitado con autismo y epilepsia donde la Sala le ordena al MEP asignarle un asistente y trasladarlo a un grupo más pequeño, de esa forma esa condición de vulnerabilidad lo que tutela la Sala es que el MEP debe garantizar que la educación de él se hará al igual como se debe hacer con otras personas en esa condición”, detalló el magistrado instructor en esta sentencia Luis Fernando Salazar.
En este tipo de centros, los asistentes colaboran con las maestras en labores como alimentación y aseo de los niños.
La madre del menor ya había solicitado a las autoridades de la escuela que se nombrara un asistente personal para su hijo, basada en recomendaciones hechas por el Hospital Nacional de Niños; sin embargo, la jefa del departamento de Educación Especial del MEP denegó la petición, argumentando que la figura de asistente de aula no está prevista por el Manual Descriptivo de Puesto, y, como solución, recomendó el traslado del menor a otro centro educativo.
En su resolución, el Tribunal indicó que si bien no es factible la asignación de un asistente personal para cada menor con discapacidad, por la dificultad presupuestaria que ello implicaría, sí existe la posibilidad de que el MEP dote a la Escuela Neuropsiquiátrica Infantil de más de estos funcionarios.
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Además, se determinó que el centro al que habían recomendado que se trasladara el menor se especializa en atender menores con parálisis cerebral, lo cual podría afectar la continuidad del proceso educativo del niño.
“La Educación Inclusiva es aquel proceso mediante el cual un centro educativo se propone responder a todos los alumnos como individuos, reconsiderando su organización y propuesta curricular, con la capacidad de aceptar a todos los alumnos de la comunidad que deseen asistir ahí –en contraposición a la exclusión–, y en donde aquellos son atendidos, reconocidos y respetados como personas con discapacidad a las que se les va a potenciar en función de sus capacidades y competencias”, señala la sentencia.
Los magistrados dieron un plazo de tres meses a las autoridades del MEP para hacer el nombramiento del asistente y un mes para reubicar al niño en un grupo más pequeño.