El Poder Ejecutivo solicitará al Congreso eliminar los artículos 25 y 26 del proyecto de ley de cáñamo y cannabis medicinal, referentes al autocultivo y autoconsumo de la planta, así como reducir del 1% a un 0,3% el porcentaje de THC (tetrahidrocannabinol, componente que genera el efecto psicotrópico) permitido para los productos. Esas serían las condiciones para dar el visto bueno a la iniciativa para regular este tema.
Así lo confirmaron a La Nación el ministro de Salud, Daniel Salas, el de Seguridad, Michael Soto, y el director del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), Sergio Rodríguez, quienes dejaron claras sus preocupaciones por la inclusión que hicieron los diputados de estos aspectos, los cuales no estaban en el proyecto original.
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El artículo 25, titulado “Acreditación de la condición de paciente”, establece que “la condición médica de la persona paciente, a la que para el mejoramiento de su salud, el tratamiento de una enfermedad o el alivio de sus síntomas se le autoriza el consumo de cannabis psicoactivo de uso médico o terapéutico, deberá ser acreditada por la persona profesional en medicina encargada de su tratamiento.
“Para estos efectos, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) o el centro de salud de que se trate, emitirá un carné que permita a las autoridades públicas identificar a la persona paciente, de conformidad con las especificaciones técnicas que emitirá el Ministerio de Salud”, concluye el numeral.
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Entretanto, el artículo 26, “Cultivo para autoconsumo de pacientes”, señala que “se autoriza a las personas acreditadas como pacientes, según lo dispuesto en el artículo anterior y que cuenten con la respectiva prescripción de la persona profesional en Medicina encargada de su tratamiento, para que realicen el cultivo doméstico de una cantidad limitada de plantas de cannabis psicoactivo, para ser utilizadas, única y exclusivamente, en el tratamiento de la persona paciente con fines médicos o terapéuticos.
“El cultivo doméstico también podrá ser realizado por una persona familiar mayor de edad encargada del cuido de la persona paciente, cuando ella se encuentre en estado terminal o tengan una discapacidad que les impida realizar dicha actividad por su cuenta. El Ministerio de Salud definirá la cantidad máxima de plantas que podrán autorizarse y las demás condiciones técnicas y de seguridad de esta actividad”, finaliza el articulado.
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Además, en el apartado número 2, referente a “Definiciones”, se dicta que el “cannabis psicoactivo” se entenderá como “la planta del género cannabis y cualquier parte de dicha planta (ya sea en biomasa o cultivo) incluyendo semillas, derivados y extractos, cuyo contenido de THC, delta 8-tetrahidrocannabinol, delta 9tetrahidrocannabinol, delta 10tetrahidrocannabinol o cualquier otro componente psicoactivo, sea igual o mayor a un uno por ciento (1%) en peso seco”.
Es precisamente esa definición la que el Ejecutivo y, en particular, Daniel Salas, quieren modificar para que se reduzca a un 0,3% con el fin de que se acople a estándares internacionales como los de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE). En este punto también coinciden Soto y Rodríguez, por temor a posibles reacciones adversas en los pacientes o usos irregulares de los productos para fines distintos al tratamiento medicinal y terapéutico.
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¿Quién propuso el autocultivo?
Hasta el momento ni el Gobierno ni el Congreso le han podido responder a este diario quién propuso agregar los polémicos artículos relacionados con autocultivo en el proyecto de ley de cannabis medicinal. La ministra de la Presidencia, Giannina Dinarte, alegó este lunes en conferencia de prensa que ese método no estaba en la motivación original de la iniciativa ni tampoco fue discutido. Salas, Soto y Rodríguez también respaldaron la aseveración.
La diputada independiente Zoila Rosa Volio, promotora del proyecto, expresó este martes a La Nación que “en realidad el proyecto original no contemplaba estos dos artículos porque ya se regulan en otro cuerpo normativo” y que ella “no tendría ningún problema si solo se veta eso”. Sin embargo, evitó contestar por qué se introdujeron esos numerales o quién fue el legislador que los planteó, y solo afirmó que se incluyeron “en el trámite legislativo”.
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El liberacionista Roberto Thompson, otro defensor de la iniciativa, contestó que sabe que dichas disposiciones se agregaron cuando se discutió el plan en la Comisión de Ambiente, pero que no puede asegurar quién fue el que las propuso. “Me parece que fue el diputado José María Villalta, pero no tengo claro ni se lo puedo confirmar. Me parece que fue dentro del proceso de construcción del texto que se incorporó”, declaró.
Consultado por el tema, el frenteamplista reconoció que él fue parte del grupo de personas que sugirió el autocultivo, pero que no fue el único proponente, aunque no dijo nombres. “La inclusión del autocultivo se dio en el texto sustitutivo aprobado por la Comisión de Ambiente, fue una propuesta colectiva que surgió en el marco de las negociaciones y del trabajo de las diputadas y diputados de la Comisión de Ambiente”, respondió.
La segunda semana de enero, antes de que se aprobara el proyecto en segundo debate, surgió otra discusión por este tema, debido a que grupos ciudadanos manifestaron que la iniciativa también penaliza el autocultivo recreativo, el cual está permitido en el país e incluso fue ratificado por la Sala Tercera en una sentencia del 2018. Sin embargo, los diputados negaron que el expediente estableciera ese tipo de sanción.