¿Por qué el Estado le quita la propiedad a un ciudadano?
Técnicamente no es quitar. El Estado tiene potestad expropiatoria porque debe desarrollar obras de interés publico como construcción de carreteras, infraestructura de salud o seguridad.
¿Cuánto dura el proceso?
En términos de tramitar y resolver se supone que un proceso debe dilatar unos 18 a 22 meses, pero eso va a depender del caso concreto. No es lo mismo buscar a una persona sabida y localizable que notificar a un extranjero que no reside en Costa Rica y no tiene apoderado. A veces duramos año y medio o dos años para notificar un proceso (...) Tenemos que buscar todos los medios y, si no, notificarlos a través del Boletín Judicial.
¿Y si nadie se presenta?
Procedemos a la notificación por edicto y le pedimos al juez que nombre un curador, que va a representar al extranjero, y tenemos que pagarle los honorarios al curador.
Según la Procuraduría, hay 222 casos en conflicto. ¿Cuál es el problema?
En un proyecto de carretera como Ciudad Colón-Orotina eran 485 expropiaciones; no todos se opusieron al avalúo. Cuando no se oponen simplemente llegan acá a la Notaría del Estado, firman la escritura, se les paga el dinero y ya el Estado queda titular de la propiedad.
¿Eso dura unos meses?
Lo que dura el MOPT en levantar la información. El proceso más tedioso es la expropiación propiamente dicha. Esto es cuando aunque la persona acepte el avalúo administrativo (valor de la propiedad según el Estado), no puede concurrir voluntariamente porque hay hipotecas, demandas anotadas, impedimentos. Lo otro es cuando la persona se opone al avalúo.
¿Qué pasa cuando hay gravámenes como hipotecas?
Llamamos a todos los interesados como obliga la ley: acredores, anotantes, beneficiarios de patrimonios familiar. A todos hay que notificarlos.
¿Y cuando se opone al avalúo?
Se presenta el proceso al Juzgado Contencioso Administrativo. Se le notifica a la persona, se le da un plazo de desocupación y se nombra peritos. Los peritos judiciales van a revisar el avalúo administrativo.
La ministra (Karla González) dice que mientras el Estado tenga plata no hay atraso, aunque haya oposición, porque el Estado deposita el avalúo.
No hay atraso en la obra vial, pero el proceso lleva su trámite. Lo que pasa es que el Estado al depositar el monto del avalúo, el juez le ordena al expropiado que desocupe y pone al Estado en posesión.
¿Y cuán efectiva es esa orden para el expropiado?
Hay casos muy puntuales en que nos meten apelaciones, incidentes de nulidad, generalmente cuando hay locales comerciales, pero en la mayoría de los casos no tenemos problemas porque la gente sabe que el proceso se inició y tarde o temprano van a a tener que irse.
Al hablar del avalúo, la Ley de Expropiaciones dice que se paga un precio justo. ¿Justo para quién?
Hay un mito de que el Estado valora bajo y eso no es cierto. Los peritos de Tributación y los del MOPT son profesionales e imparciales, a pesar de que sean empleados del Estado. Ellos determinan cuál es el valor y si la persona no está de acuerdo se somete al juez para que revise a través de otros peritos ese valor. Tenemos muchos casos en los que el juez confirma.
Dentro de la lista de casos de la Procuraduría hay uno de 1975 de la carretera a Caldera. ¿Por qué?
El caso tiene sentencia desde 1982, el problema con que topamos es que muchas veces, a pesar de que hay sentencia y la discusión terminó, el Estado no logra inscribir terrenos porque encuentra algún tipo de problema registral. Esa inscripción se hace por seguridad de los terrenos del Estado, pero a veces hasta es innecesaria porque cuando un bien es destinado a dominio público es una calle y nadie puede apropiarse de la calle.
¿Y en los Tribunales de Justicia es lento el proceso?
El problema es que en los últimos 10 ó 15 años ha habido mucho proyecto vial voluminoso como Naranjo-Florencia, Costanera sur, Ciudad Colón-Orotina, Circunvalación Norte, aparte de otros pequeños, y por ello el Poder Judicial ha tenido abarrotamiento.
Por lo que usted ha dicho, se puede afirmar que los atrasos para expropiar son por notificaciones e inscripciones.
Ahora, el problema que tenemos es con propietarios que están fuera de Costa Rica, que no tengan apoderado. Son como un 10% de los casos. Da problema porque en convenios de carreteras no se puede formalizar un contrato o concesión si el Estado no demuestra que tiene entrada en posesión de todos los terrenos. Entonces, en un proyecto de 460 expropiaciones donde falten dos, el órgano que está financiando el proyecto podría negarse.
¿Está ocurriendo ahora?
Se ha presentado. Recuerdo que en la carretera de La Lima (Cartago) hubo una casa que paralizó la obra. Hay distintos tipos de expropiados: hay algunos que no objetan la obra pública y lo que quieren es un precio mayor; otros están de acuerdo con el valor, otros no están de acuerdo, pero lo aceptan. Hay otros que no aceptan la expropiación a ningún precio porque no aceptan la obra. Nos dan gran problema pues no se dejan notificar.