La Contraloría General de la República (CGR) ordenó al presidente del Poder Judicial, Fernando Cruz, aplicar los ajustes salariales contenidos en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas o reforma fiscal, a todos los empleados de esa institución.
Este mandato dejaría sin efecto el acuerdo de la Corte Plena, de marzo pasado, de aplicar los cambios en materia de sobresueldos solo a los empleados nuevos, es decir, para quienes hayan ingresado luego de la entrada en rigor de la reforma fiscal, el 4 de diciembre de 2018.
La decisión de la Contraloría consta en el oficio DFOE-PG-0739, enviado a Cruz, el 19 de diciembre.
En el documento advierte al jerarca que de no cumplir con la orden, incurriría en una una falta grave, por lo cual se expone a sanciones administrativas.
“Finalmente, no se omite señalar que el artículo 69 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, establece que cuando en el ejercicio de sus potestades el órgano contralor haya cursado órdenes a los sujetos pasivos y estas no se hayan cumplido injustificadamente, las reiterará por una sola vez y fijará un plazo para su cumplimiento; pero de mantenerse la desobediencia una vez agotado el plazo, se tendrá como falta grave y dará lugar a la suspensión o la destitución del funcionario o empleado infractor, según lo determine la Contraloría General”, afirma.
Fernando Cruz deberá remitir a la Contraloría una certificación que acredite que cumple con lo ordenado, a más tardar el 31 de enero de 2020.
Además el jerarca debe establecer un mecanismo de seguimiento para garantizar el cumplimiento de la reforma fiscal.
El acuerdo
El 18 de marzo, la Corte Plena acordó por mayoría, mantener los beneficios salariales a sus antiguos funcionarios y, que lo dispuesto en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas solo se aplicara a los empleados contratados a partir del 5 de diciembre, cuando esa ley ya era vigente.
La Corte es el máximo órgano del Poder Judicial, lo integran los 22 magistrados.
Durante la sesión en que se votó el acuerdo había 21 altos jueces presentes, de los cuales 14 estuvieron a favor, entre ellos el presidente Fernando Cruz, quien también es integrante de la Sala Constitucional.
De los siete jueces que se abstuvieron, estaban los seis miembros restantes de la Constitucional, debido a que estos temas suelen llegar para su conocimiento, posteriormente.
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La decisión de la Corte Plena se basó en un informe emitido por la Dirección Jurídica del Poder Judicial, que recomendó a los magistrados no aplicar los ajustes salariales a sus funcionarios actuales.
Para el ente contralor, ese acuerdo de mayoría no otorga derechos a los trabajadores judiciales por lo que no tiene ningún valor jurídico.
"Es necesario mencionar que el acuerdo adoptado por la Corte Plena es general y por tanto no resulta en sí mismo generador de derechos para los funcionarios judiciales.
“En ese sentido es sabido que para que un acto se estime generador de derechos, además de cumplir con los requisitos básicos para cualquier acto administrativo debe identificar con precisión el derecho concedido, la normativa en que se sustenta y los beneficios debidamente individualizados. Requisitos que en este caso no cumple el acto en mención”, señala el oficio.
Desde antes del mediodía de este viernes La Nación solicitó una reacción al Poder Judicial por medio de su oficina de prensa, sin embargo al cierre de edición no se había recibido.
Cambios
Los cambios que la Contraloría ordena aplicar en cumplimiento de la reforma fiscal son de dos tipos.
El primero de ellos está relacionado con el cálculo de pluses salariales, el cual pasó de ser porcentual a nominal, con el objetivo de frenar el crecimiento exponencial de estos sobresueldos.
Para hacer ese ajuste, el Poder Judicial y todas las instituciones públicas deben tomar el porcentaje del incentivo que corresponda y calcularlo sobre el salario base que tenía el trabajador en enero de 2018.
De esa salario base se toma el 1,94% para profesionales y de 2,54% para no profesionales. Lo que resulte será el monto del incentivo que se aplicará de manera fija e invariable para el futuro.
En cambio, la Corte había acordado mantener el pago de anualidad a sus funcionarios antiguos entre un 1,94% y un 2,55% del salario base por cada año laborado.
El segundo cambio ordenado por la reforma fiscal es el reconocimiento máximo de ocho años de cesantía. La Corte había acordado mantener el pago de 12 años a empleados antiguos.
Para 2020 el Poder Judicial tenía previsto distribuir ¢156.400 millones en pluses entre sus 14.000 funcionarios. Ese presupuesto incluye restricción al ejercicio laboral de la profesión, anualidades, salario escolar y ‘otros incentivos’.
En ese último rubro se estimaba repartir ¢60.000 millones.