El Poder Ejecutivo comunicó este miércoles que no considera oportuna la legalización ni comercialización del cultivo de Cannabis Sativa L (conocida como marihuana) debido a que no cuenta con los “recursos para velar por la afectación de la salud”.
El ministro de la Presidencia, Marcelo Prieto, indicó que el Estado no cuenta con las herramientas que requeriría el control de su producción, comercialización y consumo, para velar porque no afecte la salud y la seguridad de los ciudadanos.
Prieto no detalló las supuestas afectaciones a la salud que generaría la variedad de la planta con capacidad psicoactiva, pero dejó claro que el Gobierno no apoya nada relacionado con este tipo de cannabis.
El mensaje del ministro fue dirigido a los diputados de la Comisión de Ambiente de la Asamblea Legislativa, quienes la tarde de este miércoles dictaminaron, afirmativamente, un proyecto de ley que autorizaría la producción de cannabis y cáñamo con fines medicinales en Costa Rica.
LEA MÁS: Diputados dictaminan proyecto de cannabis medicinal
Según Prieto, la posición del Ejecutivo es por “razones de seguridad y salud pública”, pero también alega que la producción de la marihuana es una actividad prohibida en muchas legislaciones y que implicaría una “fuerte actividad de control para evitar el tráfico ilícito”.
El proyecto de ley 21.388 autoriza el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados, así como la producción y comercialización del cáñamo de uso industrial y alimentario.
No obstante, la solicitud del Gobierno es que se legalice únicamente el cultivo, producción y comercialización de cáñamo para usos industriales y terapéuticos, con las medidas de seguridad y control correspondientes.
Para el Ejecutivo, su implementación requeriría una definición clara de competencias de las autoridades estatales que se verían involucradas, con el fin de evitar conflictos, aminorar los riesgos para la seguridad nacional, brindar seguridad jurídica a los inversionistas e invertir los recursos de manera eficiente.
Asimismo, rescata que es necesario evitar que su costo desincentive la inversión, y se preserven los beneficios económicos al país y en particular, la generación de empleos directos e indirectos de este negocio.
“Se cuenta con estudios técnicos que sustentan el gran potencial del cáñamo como herramienta de reactivación económica: nuevas oportunidades agrarias e industriales y nuevas fuentes de empleo como impulso a la economía nacional, indispensables en el escenario actual”, afirmó Prieto.
El jerarca destaca que, de acuerdo con esos estudios, sin ser exhaustivos, el cáñamo es una industria mundial en desarrollo, con expectativas de crecimiento que rondan el 22%.
Dice que se estima que la utilidad en cuanto a sus derivados podría ser de hasta un aproximado de $10.000 dólares por hectárea.
Además, que se tiene referencia de interés de inversión por parte de grandes empresas extranjeras, lo cual implica un pronóstico muy positivo para la generación de fuentes de empleo.
"El cáñamo puede producir el doble de fibra que el algodón, puede utilizarse como biocombustible sustituto del petróleo, también es posible a partir de las plantas de cáñamo imitar cualquier material plástico o elaborado a partir de madera.
“Esta actividad podría impactar positivamente las industrias textiles, alimentarias y farmacéuticas, así como la producción de combustibles alternativos y otros materiales amigables con el ambiente”, resaltó.
Sin embargo, sostiene que no apoyan el proyecto en el sentido del cannabis, por la existencia de tratados internacionales suscritos por Costa Rica que regulan materias relacionadas con el tema.
"Precisamente por la similitud en la apariencia entre ambas especies de la planta Cannabis Sativa y por la existencia de tratados internacionales suscritos por Costa Rica que regulan materias relacionadas con el tema, se considera que conjuntamente con la legalización del cultivo y comercialización del cáñamo para usos industriales y terapéuticos, es indispensable la generación de una regulación eficiente en términos de uso de recursos, que permita la fiscalización y trazabilidad de estas actividades.
“Este sistema, debería permitir el control y la fiscalización al tiempo que genere recursos para la Administración, de forma tal que la legalización de la actividad relativa al cáñamo no genere un aumento en el gasto público”, concluyó.
De acuerdo con el proyecto de ley, el cannabis no psicoactivo o cáñamo es un perfil fenotípico de cannabis en donde el valor obtenido de la relación para determinar el fenotipo es menor a 1%; esto indica que se trata de una variedad de bajo contenido de THC y, por lo tanto, no tiene propiedades psicoactivas.
Por otra parte, el cannabis psicoactivo (marihuana) es un perfil fenotípico de cannabis en donde el valor obtenido de la relación para determinar el fenotipo es mayor a 1%; esto indica que la planta se cultiva para producir altos niveles de THC (tetrahidrocannabinol).
Proyecto de ley
El proyecto “Ley de Producción de Cannabis y Cáñamo para Fines Medicinales”, de la diputada independiente Zoila Volio, recibió el apoyo de siete legisladores en el foro dictaminador, mientras que dos votaron en contra.
Ya dictaminado afirmativamente por los congresistas, el proyecto pasará al plenario para las etapas avanzadas del trámite legislativo.
Dicha iniciativa avanza en el Congreso, pese al criterio negativo de los ministros de Agricultura, Renato Alvarado; y de Seguridad Pública, Michael Soto.
En cambio, el presidente de la República, Carlos Alvarado, había manifestado su apoyo público al proyecto de Volio Pacheco, incluso en el informe de labores que presentó ante el plenario legislativo, el pasado 4 de mayo.
LEA MÁS: Presidente Carlos Alvarado respalda cultivo de cáñamo para reactivar sector productivo
El objetivo del proyecto es “promover el desarrollo económico y social, así como el adecuado reparto de la riqueza en zonas rurales mediante el incentivo de la producción, industrialización y comercialización del cáñamo y el cannabis psicoactivo con fines exclusivamente medicinales y terapéuticos”.
El texto dictaminado le da al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y al Ministerio de Salud el control y la regulación de las actividades de producción, industrialización y comercialización del cáñamo industrial y alimentario, así como el cannabis psicoactivo y sus derivados.
La producción de cáñamo no requerirá autorización previa especial o adicional, pero los productores se deberán registrar y deberán brindar a las autoridades información sobre su actividad.
Salud, MAG y el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) tendrán potestades de inspección y fiscalización periódicas.
En cuanto a la producción del cannabis para uso médico y terapéutico, se autoriza la venta como materia prima a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) o laboratorios autorizados.
Para que el productor pueda desarrollar productos de uso médico o terapéutico, deberán contar con títulos así que lo habiliten.
Prohibiciones de la ley
Pese a que se autoriza la producción de cannabis y cáñamo, el proyecto prohíbe que las personas con antecedentes penales o acusaciones ante el Ministerio Público por delitos tipificados en la ley 8204, Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas y drogas de uso no autorizado, puedan dedicarse a ambas actividades.
Tampoco podrán dedicarse a esa actividad los jerarcas del ICD, del MAG, ni del Ministerio de Salud y sus familiares hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad, así como las personas jurídicas de las que formen parte.
Las licencias para cultivo y producción de cannabis psicoactivo se podrían otorgar a “organizaciones de productores agropecuarios, constituidas como centros agrícolas cantonales, asociaciones de pequeños y medianos productores, cooperativas agrícolas o de autogestión o asociaciones de desarrollo indígena”.
Para pedir esas licencias, las personas físicas o jurídicas tendrían que presentar un acuerdo o contrato para la venta la materia prima a la CCSS o laboratorios o establecimientos autorizados, un contrato o acuerdo para la exportación a países donde se permita el comercio lícito de este producto o una licencia vigente para la industrialización directa.
La iniciativa establece que esas licencias las deberá entregar el MAG, y las relativas a la industrialización, elaboración y comercialización de medicamentos serían responsabilidad de la cartera de salud, tanto para laboratorios como para pequeñas industrias.
El costo de las licencias deberá fijarlo el Poder Ejecutivo a través de un decreto ejecutivo con base en estudios técnicos y el principio de servicio al costo.