La corta o el desrame de árboles en el derecho de vía, dejará de ser un dolor de cabeza para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes y el Consejo Nacional de Vialidad.
Actualmente, llevar a cabo esa tarea significa superar una serie de trámites, que no solo impiden ejecutar esa labor con agilidad, sino que incluso exponen al Consejo a demandas por incumplir su función en la limpieza de vías.
Una iniciativa de ley, aprobada el jueves pasado, adiciona dos artículos a la Ley General de Caminos Públicos, vigente desde 1972.
El texto establece que los entes públicos encargados de obras de mantenimiento y mejoramiento de la red vial cantonal o nacional existente, tendrán la potestad de remover, sin previa autorización del Ministerio de Ambiente y Energía, todo obstáculo situado en el derecho de vía, sin que eso implique que están contraviniendo la normativa ambiental.
El otro artículo que se modificó indica que para realizar pasos de alcantarilla y muros de contención asociados a estos, en cauces de dominio público, los entes también estarán facultados para hacerlo sin pedir la autorización.
Lo mismo ocurre para la reconstrucción, el mantenimiento y el mejoramiento de puentes, en cauces de dominio público.
El nuevo proceso únicamente implica que el responsable de la obra se lo comunique al Minae con la respectiva justificación técnica y las medidas de compensación, mitigación, prevención y recuperación según corresponda.
FUENTE: Conavi. DISEÑO/LA NACIÓN.
¿Cómo se hace?
Actualmente, la corta de árboles que obstruyen el derecho de vía a lo largo de las rutas nacionales del país es una obligación del MOPT y el Conavi. Es necesaria no solo por mantenimiento y nuevas obras, sino también por seguridad de los usuarios de las vías.
Sin embargo, para cumplir con esa tarea, previamente se deben obtener los permisos del Minae y ese paso toma semanas y hasta meses a la Dirección de Seguridad y Embellecimiento de Carreteras del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y al Consejo Nacional de Vialidad (Conavi).
No hacerlo de manera oportuna ya le ha generado al Conavi demandas penales y reclamos administrativos.
Esa entidad es el encargado del “descuaje” o corta de ramas que en ocasiones pueden obstruir la visibilidad de un semáforo u otra señal, o bien caer sobre el tendido eléctrico.
De acuerdo con la información suministrada por la Gerencia de Conservación de Vías y Puentes, realizar lo que pareciera un procedimiento sencillo, implica una serie de trámites que sumado a la disponibilidad de un solo ingeniero para atender 7.780 kilómetros de vías, imposibilita una atención más efectiva.
“Lo anterior hace una idea de la carga de trabajo, por lo cual solo se hace una atención de las solicitudes recibidas y hace imposible que se haga una revisión periódica del estado de los árboles en los derecho de vías de todas las rutas nacionales”, indicaron en el Conavi.
La atención de esas solicitudes consiste en el recibo de la orden de inspección, inventario de los árboles en el campo, análisis legal y técnico, recopilación de requisitos y presentación ante el Minae de la documentación para pedir el permiso.
Una vez aprobado, se trasladada al responsable de la corta o ente que lo solicitó, luego se debe dar seguimiento a ese proceso y coordinar la entrega de la madera comercial (si corresponde) con el Minae.
Según el director del Consejo, Mario Rodríguez, la lentitud para atender esa labor incluso los ha llevado a enfrentar demandas penales.
“Es responsabilidad del Conavi que los derechos de vía estén limpios, no debe haber árboles, por un tema de seguridad, si una persona viene a alta velocidad y se estrella contra un árbol, los jueces condenan al Conavi diciendo que es su responsabilidad que esa persona falleciera, porque había un árbol en el derecho de vía y es responsabilidad del Conavi que no haya árboles”, dijo en su intervención durante el Foro Movamos Costa Rica semanas atrás el director de ese consejo, Mario Rodríguez.
De acuerdo con la información del departamento Legal de esa entidad, hay al menos tres demandas por daños a vehículos o personas por caídas de árboles, así como dos reclamos administrativos interpuestos por la Compañía Nacional de Fuerza y Luz por daños al tendido eléctrico.
“Cualquier usuario que sufra un incidente a causa de una caída de un árbol cerca de una vía nacional, puede interponer una denuncia como cualquier ciudadano”, detalla ese departamento en la información suministrada a La Nación.