La Sala Constitucional acogió para estudio una acción de inconstitucionalidad contra un decreto ejecutivo del 2008 el cual declaró de conveniencia nacional e interés público la construcción de la planta hidroeléctrica El Diquís, en Buenos Aires de Puntarenas.
La acción se tramita bajo el expediente 18-005745-0007-CO y recibió curso el pasado 17 de abril. Esta plantea una serie de cuestionamientos a la obra por eventuales daños ambientales y patrimoniales. El nombre del accionante no trascendió.
Específicamente, la acción cuestiona el Decreto Ejecutivo No. 34312 del 6 de febrero de 2008 el cual declaró de interés público esta obra que estaría a cargo del Instituto Costarricense de Electricidad y que se publicó en el Diario Oficial La Gaceta No. 31 de 13 de febrero de 2008.
En la acción se alega que el decreto viola el principio de irreductibilidad del bosque, contemplado en diversas normas de índole legal.
Bajo este argumento, no es posible permitir la tala de árboles y la eliminación de zonas de protección, así como tampoco la inundación de territorios indígenas.
La denuncia agrega que los territorios indígenas son creados por medio del Legislador, razón por la cual, solo por esa vía se puede modificar el destino de esos suelos.
"La inundación del bosque supone la pérdida del conocimiento originario asociado con éste, lo que viola el Convenio No. 169 de la Organización del Trabajo", indica la acción.
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Además, el accionante alega que se estaría dejando de lado la Ley de Patrimonio Arqueológico, Ley No. 6073, la cual incluye dentro de éste a los inmuebles producto de las culturas indígenas.
"De modo que el régimen de los territorios indígenas no es equiparable a los de propiedad privada y, por tanto, solamente por vía legal se puede modificar su destino. Es evidente que la inundación que se prevé en el proyecto lesiona, de manera grosera, el uso de los territorios que son indígenas", apunta el expediente de la acción.
La construcción de la planta acumula varios años paralizada.
A diciembre del 2010, el ICE calculó que el proyecto costaría $1.779 millones y así lo consignó en el Plan de Expansión de la Generación Eléctrica (PEG) de marzo de 2012. Para diciembre del 2015 la estimación del costo llegó a $3.694 millones, como lo revela la última versión del PEG, de mayo de 2017.
A paso muy lento
Pasadas cinco administraciones, fue hasta marzo de este año cuando se creó el llamado instrumento de consulta a pueblos indígenas. Esa consulta es mandatoria para conocer si las comunidades naturales afectadas por la obra aprobarían o no la construcción de la planta.
Sin esa consulta, no pueden iniciarse obras para la hídrica de 650 megavatios de capacidad instalada.
El Gobierno anterior presentó el mecanismo el 6 de marzo anterior.
Este mecanismo de consulta partió de recomendaciones de la Relatoría Especial sobre Pueblos Indígenas de la Organización de Naciones Unidas (ONU), informó en un boletín de prensa la Presidencia de la República, en marzo.
Tras dos años de trabajo, se logró que 22 de los 24 territorios indígenas del país suscribieran una guía con ocho pasos que obliga a las instituciones de Gobierno a preguntar a estas poblaciones cuando vaya a echar a andar cualquier proyecto en estas comunidades.
En lista de espera de consulta están la construcción de acueductos en algunas de las comunidades indígenas y esta planta hidroeléctrica.