La Sala Constitucional avaló el decreto ejecutivo que permitiría intervenir humedales para la construcción de infraestructura pública.
Dicha resolución da luz verde a los trabajos en un sector de la carretera entre Sifón de San Ramón y La Abundancia de San Carlos, los cuales quedaron detenidos en espera del resultado de la acción de inconstitucionalidad declarada sin lugar este jueves 12 de agosto.
La gestión fue presentada desde 2016 por los ambientalistas Allan Astorga y Álvaro Sagot.
“A partir de la reiteración de las líneas jurisprudenciales sobre la especial protección que requieren los humedales –debido a la gran cantidad de servicios ecosistémicos que brindan– y de los postulados del desarrollo sostenible, la Sala Constitucional, por mayoría, resolvió que dicho decreto es constitucional siempre y cuando se interprete que el artículo 1° del Decreto Ejecutivo n.°39838-MINAE solamente permite la intervención controlada, por parte del Estado y demás entes públicos con competencia en infraestructura pública estatal”, indica el fallo.
Además para que esto ocurra deben cumplirse tres condiciones en el tipo de humedal.
a) No han sido declarados parte del Patrimonio Natural del Estado
b) No están incluidos en áreas silvestres protegidas
c) No han sido incluidos en la Lista Ramsar.
La Sala advirtió de que antes de cualquier intervención deben realizarse estudios técnicos en los que se determine que los trabajos no provocarán el deterioro y la eliminación de esos ecosistemas.
Asimismo, los magistrados aclararon que el pronunciamiento no tiene aplicación directa sobre alguna obra en particular, pues serán las autoridades las que deban valorar cada caso, así como su impacto.
Este fallo se dio a conocer a menos de un mes de la vista en la que participaron los interesados en la construcción de la vía a San Carlos, así como defensores del humedal conocido como La Culebra.
Durante esa diligencia, la Procuraduría General de la República sugirió hacer extensiva al caso de la ruta sancarleña, la interpretación que el tribunal constitucional hizo en un voto de 2016, cuando se excluyó del régimen de patrnimonio nacional del Estado los humedales del sistema marino cuya profundidad sea de hasta 6 metros y que no tengan relación con ecosistemas boscosos.
“El punto central de esta acción está en precisar que no todos los humedales son áreas silvestres protegidas ni patrimonio natural del Estado”, dijo en aquel momento Elizabeth León, representante de la Procuraduría.
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Solución técnica
Desde finales del año pasado, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) había anunciado que ya contaban con una solución técnica para realizar las obras sin “tocar” el humedal, sin embargo, dicha medida requería de hacer cambios en el trazado de la vía.
El viceministro de Infraestructura, Tomás Figueroa Malavassi, aseguró este jueves que la resolución de los magistrados no modifica los planes que tienen para la construcción de la vía.
Adelantó que los estudios necesarios para las intervenciones en la zona del humedal ya están listos y fueron enviados a las autoridades competentes.
“El trazado se mantiene por la zona del humedal. Como opción uno, se había ajustado para evitar intervenir el humedal, pero en detrimento de la seguridad vial, pues la geometría obligaba a un cambio de velocidad.
“Con este instrumento, podemos mejorar el trazado por la zona del humedal y además mejorar el diseño geométrico. La carretera tiene una velocidad de diseño de 80 km/h. Ahora podemos mantener ese parámetro de diseño en la zona del humedal”, explicó el funcionario, quien tiene a su cargo la unidad ejecutora del proyecto.
Las obras en la carretera están detenidas desde agosto del 2018, luego de que el MOPT rompiera contrato con la empresa Sánchez Carvajal debido a los atrasos en la ejecución.
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Actualmente, el proyecto se encuentra en fase de estudios a espera de ser adjudicado nuevamente para su conclusión.