Una joven conocida bajo el seudónimo de Aurora apoyada por dos organizaciones defensoras de los derechos reproductivos demandaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al Estado costarricense, por negarle la solicitud de interrumpir su embarazo y realizar un aborto terapéutico.
Las organizaciones son el Centro de Derechos y la Colectiva por el Derecho a Decidir.
La mujer, de 32 años de edad, presentó la petición el jueves pasado y en ella denuncia "graves violaciones a los derechos humanos de las costarricenses. Violaciones perpetradas por los servicios de salud pública, cuya responsabilidad recae en la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), pero también violaciones cometidas por el sistema de justicia", señala un comunicado.
El caso de Aurora fue revelado por La Nación el 18 de noviembre del 2012, ella estaba embarazada por primera vez; no obstante, desde las 12 semanas de gestación los médicos del Hospital Calderón Guardia le advirtieron que el bebé no tendría oportunidad de sobrevivir.
Margarita Salas, presidenta de la organización Derecho a Decidir explicó que en aquel momento la razón que dieron los especialistas a la joven era que el feto tenía el síndrome que se conoce como abdomen pared; es decir, que tiene abierta la pared abdominal y expuestos el corazón, el hígado y los intestinos.
"La noticia que recibe es que su hijo tiene una malformación incompatible con la vida extrauterina, es decir el bebé va a morir en el útero o a pocos minutos de nacer", manifestó la activista.
Salas comentó que tras conocer el diagnóstico la joven luchó para que le aplicaran una interrupción terapéutica del embarazo (ITE), pero le fue negada.
La mujer tuvo a su bebé en el Hospital Max Peralta de Cartago, a finales de diciembre del 2012, pero el niño vivió menos de una hora después de nacer.
La presidenta de la organización comentó que Aurora también recurrió a la Sala Constitucional, donde interpuso un recurso de amparo a inicios de diciembre, pero la institución se pronunció hasta febrero 2013, la cual también fue negativa.
"La Sala reconoce que hay una afectación a la salud de Aurora; sin embargo, no considera hacer la instrucción a la Caja Costarricense de Seguro Social para interrumpir el embarazo", explicó Salas.
"Ya que dentro del país no pudo acceder a la justicia, Aurora decide elevar la demanda a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos", acotó.
De acuerdo con el artículo 121 del Código Penal legaliza el aborto que "se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y éste no ha podido ser evitado por otros medios".
Salas planteó que "dentro de la CCSS hay un protocolo que está desarrollado, pero no cuenta con el aval de los altos mandos de la Institución, que le indique al personal médico cómo aplicar disposiciones legales. Entonces éstos no saben como proceder en casos como el de Aurora".
Otro caso. Este caso se suma al de otra mujer conocida por las iniciales "A.N" quien al igual que a Aurora se le negó la posibilidad de interrumpir el embarazo en el 2008 y se le obligó llevarlo hasta el final, pese a que los médicos habían determinado que el feto no tenía cerebro y moriría inmediatamente al nacer.
En ambos casos, se recrimina al Estado costarricense el no considerar los daños a la salud mental y física que sufrieron estas mujeres al verse obligadas a completar el embarazo en estas condiciones, comentó la activista.