El País

¿Necesita un Bono de Vivienda? Estas son las dos acciones clave que debe realizar

El trámite en entidades autorizadas y la entrega completa de documentos son pasos obligatorios para optar por el Bono de Vivienda

Para optar por el Bono de Vivienda en Costa Rica, se deben cumplir requisitos como ingresos bajos, no poseer casa y presentar documentos en el BANHVI.
Dos acciones son indispensables para obtener el Bono de Vivienda: acudir al BANHVI y entregar todos los documentos según la modalidad. (Canva/Canva)

Cumplir con los requisitos legales no es suficiente para obtener el Bono de Vivienda en Costa Rica.

Además de tener ingresos dentro del límite y no poseer casa propia, toda familia interesada en este subsidio debe cumplir con dos acciones obligatorias. Sin ellas, el proceso no avanza, aunque se cumplan las demás condiciones.

Según el Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) en su sitio web, la primera acción consiste en acudir a una de las entidades autorizadas por el o entidades autorizadas. Esto incluye bancos, mutuales o cooperativas que están avalados para recibir y procesar solicitudes.

La segunda acción es presentar todos los documentos exigidos. La documentación varía según la modalidad del bono que se solicita, ya sea para construir en lote propio, adquirir una vivienda, o realizar reparaciones mediante el Bono RAMT.

La entidad receptora es la encargada de indicar los requisitos específicos según el caso.

Ambas gestiones son indispensables. Aunque la familia cumpla con el perfil socioeconómico requerido, si no realiza estas dos acciones, no podrá avanzar en el proceso de solicitud ni acceder al beneficio.

  1. Formar parte de un núcleo familiar que viva bajo el mismo techo, con al menos una persona mayor de edad.
  2. No tener casa propia ni más de una propiedad. Si tiene un lote, puede usarlo para construir con el bono.
  3. No haber recibido anteriormente el Bono de Vivienda, ya que se otorga solo una vez.
  4. Contar con un ingreso familiar mensual inferior a ¢1.907.496. Para casos de extrema necesidad, el límite es de ¢476.874.
  5. Ser costarricense o contar con residencia legalizada en el país.

*La creación de este contenido contó con la asistencia de inteligencia artificial. La información fue investigada y seleccionada por un periodista y revisada por un editor para asegurar su precisión. El contenido no se generó automáticamente.

Damián Arroyo C.

Damián Arroyo C.

Editor de Inteligencia Artificial y periodista en La Nación desde 2007. Ha sido Jefe de producción audiovisual y fotografía, editor web y community manager. Se especializa en IA aplicada al periodismo. Licenciado en periodismo con énfasis en producción de medios, con estudios en producción audiovisual y gerencia de proyectos.

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