Un grupo de 13 diputados presentó, este miércoles, un proyecto de reforma a la Constitución Política para modificar el artículo 52 y restringir el matrimonio solo para parejas heterosexuales.
Ese grupo de legisladores plantea agregar en el artículo constitucional una frase que diga literalmente que el matrimonio “es la unión de un hombre y una mujer” y, de esa forma, restringir la posibilidad de que parejas homosexuales puedan contraer matrimonio.
Actualmente, el artículo 52 de la Constitución no define de ninguna forma que el matrimonio deba darse entre personas heterosexuales.
Dice así ese numeral: “El matrimonio es la base esencial de la familia y descansa en la igualdad de derechos de los cónyuges”.
La prohibición para los matrimonios entre personas del mismo sexo estaba en el inciso 6 del artículo 14 del Código de Familia, el cual fue declarado inconstitucional por la Sala IV en agosto pasado a raíz de la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que ordenó reconocer el matrimonio homosexual sin ningún tipo de discriminación.
La propuesta del grupo de congresistas es que el nuevo artículo 52 de la Constitución diga así: “El matrimonio es la unión de un hombre y una mujer, descansa en la igualdad de derechos de los cónyuges, y es la base esencial de la familia”.
Aparte de los ocho miembros del bloque de diputados independientes afines a Fabricio Alvarado, apoyan la iniciativa el también independiente Erick Rodríguez Steller y Patricia Villegas, del Partido Integración Nacional (PIN).
De igual forma, avalan la iniciativa legal Shirley Díaz, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC); así como Dragos Dolanescu y Otto Roberto Vargas, del Partido Republicano Social Cristiano (PRSC).
Jonathan Prendas, vocero del bloque independiente, anunció que tomaron la iniciativa de manos de la exdiputada de Restauración Nacional, Alexandra Loría.
Loría aseguró que recogió firmas de 150.000 de costarricenses que apoyan la iniciativa desde el 2013 y que esas firmas vienen de todas partes del país.
“Las estoy presentando por respeto a esos costarricenses y estoy muy agradecida por la confianza. Las encuestas dicen que la mayoría de costarricenses consideran que el matrimonio es entre un hombre y una mujer”, declaró Loría.
Agregó que la animaron dos sentencias del Tribunal de Estrasburgo, una contra el Estado francés y otra contra Austria, donde se determinó que el matrimonio debe ser heterosexual y que no hay discriminación por esto.
Loría aseguró que los Estados no pueden ser obligados a modificar sus leyes en torno al matrimonio. Tanto ella como Prendas dijeron que respetan el criterio de los magistrados constitucionales, pero no lo comparten.
El fabricista enfatizó que lo que están haciendo es acoger la iniciativa, supuestamente avalada por 150.000 firmas, y trasladarla al Departamento de Iniciativa Popular del Congreso, "para que entre en corriente legislativa y promoverlo para que la voz de la gran mayoría de los costarricenses se oiga en la Asamblea”.
De hecho, el proyecto no podrá entrar en corriente legislativa sino hasta el mes de mayo, cuando inicie el periodo de sesiones ordinarias de la segunda legislatura de este periodo 2018-2022.
Así lo ordena el artículo 195 de la Constitución Política.
Prendas alegó que la iniciativa tiene “sustento legal y jurídico” y cree que servirá para “zanjar vacíos que pueden haber llevado a malas interpretaciones o fallos específicos de otras instancias”.
El anuncio del grupo de legisladores llega un día después de que la Fiscalía haya desistido de que se procese a una pareja de mujeres que se casaron gracias a un error del Registro Civil, porque una de ellas aparecía con sexo “masculino”.
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En enero del 2018, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una opinión consultiva a petición del Estado costarricense, en la cual se estableció que es discriminatorio impedir que las parejas de personas homosexuales puedan casarse o sostener una unión civil.
Aunque los parlamentarios anunciaron el proyecto de ley en este momento, la misma Constitución Política establece, en su artículo 195, que las reformas constitucionales deberán presentarse en periodo de sesiones ordinarias (el que va de mayo a julio y de setiembre a noviembre), firmada por al menos 10 congresistas.
El trámite de una reforma parcial a la Carta Magna es muy calificado: primero, se debe leer tres veces, con intervalos de seis días entre cada lectura, para luego resolver si se admite para su discusión.
Luego, debe pasar a estudio de una comisión creada por el plenario para tal efecto y, una vez dictaminado pasa a votación, donde requiere 38 votos.
Una vez que recibe primer debate, se va a consulta obligatoria en la Sala Constitucional y regresa para un segundo debate en la misma legislatura en que se aprobó.
Luego, la reforma debe ser mencionada por el presidente de la República dentro de su mensaje al Congreso, el 2 de mayo, y regresar al plenario para que reciba tres debates y que pase a firma y publicación, con lo que alcanzará su integración definitiva dentro de la Constitución Política.