A lo largo de año y medio, 15 magistrados de la Sala IV pidieron abstenerse de resolver una acción de inconstitucionalidad presentada, en abril del 2017, contra el plus salarial que aumentó entre un 26% y un 96% los sueldos de los miembros de la cúpula del Poder Judicial.
Se trata del índice gerencial, incentivo que benefició a 46 altos funcionarios de la Corte, incluidos los jueces constitucionales.
La acción fue presentada por los jueces de Trabajo Silvia Arce y Armando Elizondo, quienes consideraron “escandaloso” el porcentaje de aumento que los magistrados de la Corte Plena aprobaron en los años 2008 y 2010.
Una vez presentado el recurso, la Sala IV recibió una serie de solicitudes de inhibitorias tanto de jueces propietarios como suplentes. Entre mayo del 2017 y noviembre del 2018, se presentaron 19 peticiones. Tres de los integrantes pidieron abstenerse en más de una vez.
Todos pidieron abstenerse de conocer el expediente 17-006076-0007-CO al considerar que el hecho de beneficiarse del plus los imposibilita para resolver la acción de inconstitucionalidad.
Dos de ellos también solicitaron excusarse por figurar en la investigación que la Fiscalía General abrió contra nueve magistrados y nueve exmagistrados de la Corte Suprema de Justicia bajo el supuesto de que, con la creación del índice gerencial, se cometió un presunto delito de administración en provecho propio.
Por último, una magistrada alegó otras dos razones personales.
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Así se dieron las inhibitorias
Ley Orgánica del Poder Judicial, en su artículo 29, obliga a los magistrados a pedir ser separados del conocimiento de un expediente cuando pueda existir conflicto de interés. De esta manera, se intenta garantizar los principios de independencia e imparcialidad del juzgador.
Por ese motivo, entre mayo y junio del 2017, los entonces siete jueces propietarios de la Sala IV pidieron separarse del caso.
En aquel momento, el órgano constitucional estaba conformado por Nancy Hernández, Ernesto Jinesta, Fernando Castillo, Paul Rueda, Luis Fernando Salazar, Fernando Cruz (presidente del Poder Judicial) y José Paulino Hernández, quien suplía la vacante dejada por Gilbert Armijo desde el 2015.
Cuando los jueces de la Sala Constitucional se inhiben, se designan sustitutos. Ellos son elegidos, por sorteo, entre los magistrados suplentes.
Para este expediente, los suplentes electos fueron Anamari Garro, Ana María Picado, Jorge Araya, Yerma Campos, Rosa Abdelnour, Alicia Salas y Carlos Estrada.
No obstante, como ese privilegio también les favorece, todos también pidieron inhibirse entre julio y agosto del 2017.
Según lo estipula la normativa del Poder Judicial, cuando se inhiben tanto los propietarios como los suplentes, los primeros, es decir, los titulares, deben resolver el asunto.
Entonces, en setiembre del 2017, la Sala IV habilitó de nuevo al primer grupo de magistrados.
Al año siguiente, en mayo del 2018, Ernesto Jinesta se pensionó y su cargo fue asumido por la suplente Marta Esquivel.
Ella solicitó una primera inhibitoria en julio del 2018 y dos más en setiembre y octubre del mismo año.
En su segunda petitoria, alegó que, entre el 5 de febrero y el 2 de marzo del 2018, fue compañera de trabajo de Armando Elizondo, uno de los promotores de la acción de inconstitucionalidad.
En tanto, en la tercera gestión, adujo que el firmante del informe de la Procuraduría General de la República (PGR) sobre el índice gerencial lo firmó el procurador Ricardo Vargas, quien aparece en el Registro Civil como su esposo, aunque tienen siete años de separados.
Todas las gestiones fueron rechazadas por la presidencia de la Sala Constitucional.
Luego, en octubre del 2018, José Paulino Hernández, solicitó de nuevo la abstención por estar dentro de la investigación penal que la Fiscalía General abrió ese mes por la aprobación del índice general.
La gestión le fue negada. No obstante, ese mismo mes, él dejó el cargo por el nombramiento de Jorge Araya como magistrado propietario, pues Hernández suplía la vacante que dejó Gilbert Armijo.
También por figurar en la investigación de la Fiscalía solicitó una segunda inhibitoria Fernando Castillo, la cual fue rechazada.
Al final, están habilitados para resolver la acción los magistrados Fernando Cruz, Fernando Castillo, Paul Rueda, Nancy Hernández, Luis Fernando Salazar, Jorge Araya y Marta Esquivel.
Ellos están en capacidad de resolver desde noviembre del 2018. El proceso lleva, actualmente, dos años y tres meses en trámite.
La historia de las inhibitorias
ACCIÓN CONTRA PRIVILEGIO SALARIAL DE MIEMBROS DE CÚPULA DE LA CORTE
FUENTE: SALA CONSTITUCIONAL || c.f. / LA NACIÓN.
¿Demasiado tiempo para una sentencia?
Silvia Arce, una de las juezas de Trabajo que presentó la acción de inconstitucionalidad, considera que la Sala IV ha demorado “demasiado tiempo” en resolver la denuncia.
Según ella, el órgano ha fallado, en menos de un año, cinco acciones en las que declaró inconstitucionales beneficios en convenciones colectivas de empleados públicos de diferentes entidades.
Las sentencias a las que se refiere ponen límites en las municipalidades de Santa Cruz, Abangares, Carrillo (las tres en Guanacaste) y Coronado (San José), así como en la Universidad Nacional (UNA).
“La Sala IV ha dictado sentencia a un año de iniciado el proceso judicial respectivo (en esos lugares), pero en la que se cuestiona la constitucionalidad de componentes salariales de los 46 puestos con los sueldos más altos del Poder Judicial, no ha resuelto en más de dos años. Obviamente, porque involucra intereses de los mismos magistrados, no solo de esa Sala, sino de todas las otras”, aseguró Arce.
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Al respecto, la oficina de prensa de la Sala IV contestó que esta acción “ha sido sumamente compleja, pues se han presentado gran cantidad de inhibitorias por parte de las magistradas y magistrados propietarios y suplentes”.
Asimismo, justificó el ente constitucional, en la denuncia contra el índice gerencial se han planteado dos coadyuvancias y dos impugnaciones, las cuales han incidido en el plazo de resolución.
Una de las coadyuvancias la presentaron, el 14 de junio de 2017, Patricia Mora, actual ministra de la Condición de la Mujer; el abogado Edgardo Araya y el exdiputado del Partido Acción Ciudadana (PAC), Ottón Solís.
La otra la interpuso, el 29 de agosto de ese mismo año, la exdiputada del Partido Movimiento Libertario, Natalia Díaz.
En cuanto a las impugnaciones, estas fueron presentadas por los accionantes –Arce y Elizondo– en setiembre del 2017 y setiembre del 2018.
Según la Sala, a lo anterior se suma la gran cantidad de recursos de amparo que ha debido atender durante los últimos años por violaciones al derecho a la salud, así como otros asuntos relevantes en el acontecer nacional.
“En los últimos años, la Sala se ha visto obligada a conocer distintos casos de suma complejidad, como son la Ley de Fortalecimiento a las Finanzas Públicas (reforma fiscal), las listas de espera en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el matrimonio igualitario, entre otros, los cuales han demandado gran cantidad de tiempo en su estudio para resolverlos en forma adecuada, considerando su relevancia”, explicó la Sala.
¿Qué es el índice gerencial?
En el 2008, la Corte Plena y el Consejo Superior alegaron que los salarios de la clase gerencial del Poder Judicial no eran competitivos en comparación con los de la empresa privada y con los de sus similares en Latinoamérica y Europa.
Entonces, crearon un incentivo que aumentó los salarios de la cúpula entre un 10% y un 58%.
Por ejemplo, el salario base del director del OIJ subió de ¢753.000 a ¢1.187.000 mensuales.
Además de los 22 magistrados, el plus lo reciben 24 jerarcas como los miembros del Consejo Superior, el director y el subdirector del OIJ, el jefe y el subjefe de Defensa Pública, el fiscal general y los directores y subdirectores administrativos.
Dos años más tarde, en el 2010, los magistrados argumentaron que recién se habían otorgado incrementos a otros sectores del Poder Judicial, lo cual acercaba los sueldos de la clase gerencial con los de otros estratos.
Para ellos, resultaba desequilibrante que sus salarios se equipararan a los de jueces, fiscales, defensores públicos y jefaturas del sector administrativo, por lo que decidieron adjudicarse un nuevo aumento.
Esta vez lo hicieron no como un sobresueldo, sino agregando el índice gerencial como un componente del salario base. Con esto, se garantizaban que el resto de pluses recibidos también se incrementaran, pues estos dependen del salario base.
Con ello, el salario base del director del OIJ subió a ¢1.479.000, lo que implicó un ajuste de un 96% en dos años.
Para el magistrado presidente de la Corte, el sueldo base subió en un 68% entre el 2008 y el 2010. Pasó de ¢1,3 millones a casi ¢2,2 millones.
Entre el 2008 y 2017, el pago del plus le ha demandado a la Corte más de ¢2.071 millones.