Un grupo de 34 congresistas sometió a consulta de la Sala Constitucional el proyecto que limitaría la reelección de alcaldes a un solo periodo consecutivo, para un máximo de ocho años continuos en el cargo.
La consulta fue presentada tanto por el procedimiento como por el fondo. Por ejemplo, se pretende dilucidar la objeción planteada por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) a una de las normas del proyecto de ley.
El órgano electoral cuestionó el artículo que prohibiría a los alcaldes reelectos postularse a otros puestos municipales de elección popular, durante ocho años, una vez terminado su periodo.
De acuerdo con el Tribunal ese impedimento “genera un vaciamiento del derecho humano a ser electo, al impedir que funcionarios con dos periodos consecutivos en un mismo cargo puedan aspirar a otros puestos de elección popular”.
Al presentar la consulta, los diputados argumentaron ante los magistrados, que su propósito es limitar las “puertas giratorias” en las municipalidades. También, alegaron que esa norma permite el surgimiento de nuevos liderazgos en el régimen municipal.
Los legisladores manifestaron que podría presentarse “la dinámica por medio de la que algunos funcionarios municipales de elección popular durante dos periodos son alcaldes, luego someten su nombre a votación y se eligen como vicealcaldes o regidores y, luego de los dos periodos, vuelven a elegirse como alcaldes, haciendo como modus vivendi el ejercicio de la función municipal en cualquiera de los cargos”, según señala el documento.
Por el procedimiento, los congresistas consultaron a la Sala IV si incurrieron en un vicio de constitucionalidad al aprobar el expediente en primer debate, a pesar de que había un criterio del TSE en contra del contenido de la propuesta.
Asimismo, los consultantes pidieron a la Sala IV dilucidar la constitucionalidad del transitorio único del proyecto, el cual impediría participar en los comicios municipales del 2024 a los actuales alcaldes e intendentes que lleven dos o más periodos en el poder.
Esa misma norma, por el contrario, sí faculta a los actuales vicealcaldes, viceintendentes, regidores y síndicos, con ocho años o más en la función, a postularse para otros cargos. La prohibición únicamente es para ocupar el mismo puesto de elección popular.
El pasado martes, después de corregir errores en la redacción del texto e introducir algunos cambios en la iniciativa, los diputados volvieron a aprobar en primer debate el plan que limita la reelección de alcaldes, con 40 votos a favor y uno solo en contra.
Además de limitar la reelección por un solo periodo consecutivo para todos los cargos de elección popular del régimen municipal, el plan establece que los funcionarios salientes deberán esperar ocho años para volver a postularse para cualquier otro cargo.