Un total de 59 municipalidades estrenarán alcaldes y alcaldesas a partir del 1.° de mayo. En 42 de ellas, el cambio de mando fue propiciado por la ley que impide la reelección de jerarcas locales con más de ocho años en el cargo y en las 17 restantes obedece a que los alcaldes que sí tenían derecho a postularse no lo hicieron o perdieron las elecciones.
La norma que limita la reelección indefinida fue aprobada en 2022 y establece que los gobernantes locales que hayan acumulado dos o más periodos consecutivos al frente de sus ayuntamientos no podrán seguir en sus puestos.
Dicha disposición impidió que jerarcas municipales con mucho tiempo en el cargo pudieran nominarse en las pasadas votaciones municipales. Entre ellos figuran los casos de Johnny Araya, quien ocupó la alcaldía josefina durante tres décadas, y de Arnoldo Barahona, quien lideraba el ayuntamiento de Escazú desde 2010.
Igual restricción pesó sobre Ana Lidieth Hernández, Marcel Soler e Ilse Gutiérrez, quienes desde el 2016 fueron los alcaldes de San Isidro de Heredia, San Pedro de Montes de Oca, y Guatuso, respectivamente.
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Una situación diferente ocurrió en el caso del cantón Central de Alajuela. El anterior alcalde, Humberto Soto, sí pudo postularse porque solo llevaba un periodo, pero perdió la elección. Lo mismo le ocurrió a Heriberto Abarca (Abangares), Katherine Ramírez (Palmares), y Roberto González (Santo Domingo).
Según Ronald Alfaro, coordinador del Centro de Investigación y Estudios Políticos (CIEP) de la Universidad de Costa Rica (UCR), la ley que limita la reelección de alcaldes marca un cambio importante, especialmente en términos de renovación y cambio generacional ya que la alcaldía de muchos cantones estuvo, por varios periodos, bajo el control de una misma persona.
“Es un cambio muy significativo, ya que de alguna manera rompe con el predominio y permite la renovación. Ahora las nuevas reglas permiten la reelección, pero bajo condiciones muy diferentes a las anteriores, ya que se establecen límites. Además, abre paso a la paridad de género y brinda mayores oportunidades para las mujeres en el cargo”, señaló Alfaro.
De hecho, en los recientes comicios municipales resultaron electas un total de 22 alcaldesas, cifra que supera el récord establecido en el 2016 cuando fueron designadas 12 mujeres en el puesto. Mientras tanto, en las votaciones del 2020 hubo ocho alcaldesas.
¿Quiénes son los nuevos alcaldes?
Los nuevos alcaldes y alcaldesas tienen en promedio 47 años. El más joven es Teddy Zúñiga, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), quien asumirá en Nandayure a sus 29 años, mientras que la más longeva es María Antonieta Naranjo, alcaldesa de Desamparados por el Partido Liberación Nacional (PLN), con 69 años.
De los 59 nuevos líderes municipales, 20 fueron electos bajo el alero del PLN, 12 con el Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), siete con Unidos Podemos, tres con el Partido Nueva Generación (PNG), dos con el Partido Nueva República (PNR), dos con el Partido Progreso Social Democrático (PPSD), y uno con el Frente Amplio.
Los restantes se distribuyeron entre partidos cantonales, como el caso de Diego Miranda, quien asume la alcaldía de la capital como representante de la agrupación Juntos San José.
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Ley que limita la reelección
En 2021, los diputados aprobaron una ley que permite a los jerarcas municipales optar por una única reelección consecutiva. Además, establece que estos deberán esperar ocho años para volver a lanzarse como candidatos a la alcaldía.
La norma también aplica para los intendentes de concejos municipales de distrito que resultaron electos en el 2016 y en el 2020, así como para vicealcaldes, regidores y síndicos que acumulen dos periodos consecutivos, aunque sí podrán aspirar a cualquier otro puesto distinto al que desempeñan actualmente.
Fueron exceptuados, porque la ley no los incluye, los concejales de distrito. Ellos son los únicos que, pese a estar en dos periodos consecutivos, pudieron aspirar al mismo puesto en la pasada elección. En el 2020, 48 alcaldes y cinco intendentes lograron reelegirse, pero fallecieron dos gobernantes locales: los de Tibás y Dota.
En 2023, la Sala IV declaró sin lugar dos acciones de inconstitucionalidad presentadas por los alcaldes contra la ley que limitó la reelección. En las acciones, los quejosos alegaron que la norma violentaba su derecho a ser reelectos. Afirmaron que la reforma no podía implementarse mediante una ley, pues, a criterio de ellos, existía una reserva constitucional en cuanto al tema.