El 89,5% del gasto de las instituciones descentralizadas del Poder Ejecutivo estará exento de la regla fiscal en el 2024, según revela un informe reciente de la Contraloría General de la República (CGR). Este estudio analiza el impacto de las recientes modificaciones a la normativa destinada a controlar el crecimiento del gasto público.
Con esta considerable porción fuera de la regla, apenas 10,5% del gasto de estas entidades estará sujeto a la regulación establecida en la reforma tributaria del 2018.
El informe DFOE-FIP-MTR-00041-2023 destaca que el porcentaje del gasto excluido de la regla aumentó significativamente con la entrada en vigor de la Ley N.° 10386, pasando del 68,3% al 89,5%.
Esta legislación, propuesta por el Poder Ejecutivo, entró a regir en setiembre anterior y excluyó a empresas públicas e instituciones autónomas con actividades comerciales como el Consejo Nacional de la Producción (CNP), la Fábrica Nacional de Licores (Fanal), la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) y la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva).
Además, la reforma afecta a entidades públicas no estatales, como el Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi), los colegios profesionales y el Consejo Nacional de Cooperativas (Conacoop).
La exclusión solo se aplica a los recursos generados internamente por estas entidades y no incluye las transferencias recibidas del Gobierno Central.
Antes de esta ley, el 68,3% del gasto de las descentralizadas estaba fuera de la cobertura de esta legislación, mientras que el 31,7% sí estaba sujeta.
Exclusión por entidades
Por otra parte, la CGR señala que, de un total de 110 instituciones del sector descentralizado, luego de la aprobación de la Ley N.° 10.386, el 76% podría tener una excepción parcial de la regla, 10,9% se excluye en su totalidad y 3,6% presenta una exclusión por transitorios.
El ente contralor detalla que solo nueve instituciones de ese total mantendrán la aplicación íntegra de la regla fiscal para 2024.
Estas incluyen al Colegio Universitario de Cartago, Colegio Universitario de Limón, Comisión de Energía Atómica, Consejo Nacional de Rectores (Conare), Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), Programa Integral de Mercadeo Agropecuario, Sistema Nacional de Acreditación de la Educación Superior (Sinaes), el Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado (Sinirube) y la Promotora de Innovación.
La regla fiscal se implementó en el 2020, tras haber sido introducida en la reforma fiscal de diciembre del 2018 y el gasto excluido era del 56%. Solo el 44% estaba dentro de la regulación.
Inicialmente, la legislación excluyó los recursos del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y el régimen No Contributivo administrados por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
También excluyó a empresas públicas en competencia, solo en relación con dicha actividad, y a la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) únicamente en lo que respecta a la factura petrolera. En mayo del 2020, al inicio de la pandemia de la covid-19, se aprobó legislación para excluir a las municipalidades.
En total, se han aprobado 12 leyes para excluir recursos e instituciones, según el informe de la CGR. “En un plazo de tres años de aplicación de la regla fiscal se ha desvirtuado el ámbito de cobertura en el Sector Público No Financiero, convirtiendo el mecanismo en una ‘excepción’ fiscal”, dice la Contraloría.
Un informe del Ministerio de Hacienda revela que, excluyendo 34 colegios profesionales y 82 comités cantonales de deportes, se han sacado de la normativa, mediante reformas legales, 135 instituciones.
La lista incluye 82 municipalidades, La Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL), el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) y el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).
Aclarar criterios de excepción
Por otra parte, la CGR dice que la mezcla de excepciones originadas en ingresos para una regla fiscal de gasto genera inconsistencias que dificultan el seguimiento y monitoreo preciso de los montos excluidos.
Sugiere reflexionar sobre la pérdida del enfoque original que caracterizaba a la Ley N.° 9635 (reforma fiscal del 2018), la cual tenía como objetivo central controlar el gasto en su totalidad, para asegurar la sostenibilidad fiscal.
Recomienda que la Dirección General de Presupuesto Nacional (DGPN) y la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria (STAP) clarifiquen y unifiquen los criterios aplicados a cada excepción.
Esta estandarización facilitaría la comprensión de la metodología utilizada para identificar cada monto excluido, reduciendo así las discrepancias en los cálculos de verificación de la regla fiscal, dice la CGR.