Los alcaldes que logren reelegirse deberán esperar ocho años para poder postularse de nuevo al cargo. El plazo comenzará a correr a partir de que los jerarcas dejen los ayuntamientos.
Así lo aclararon este martes los diputados al aprobar una moción de fondo, con el voto unánime de 42 legisladores, en el proyecto de ley para limitar la reelección de alcaldes, el cual fue devuelto a primer debate para corregir un error de redacción.
El texto anterior señalaba que el plazo de ocho años corría “desde que finalizó su segunda elección”, lo que podría interpretarse como una espera de cuatro años, en vez de ocho.
Por el contrario, la moción aprobada señala que los alcaldes deberán aguardar los ocho años “desde que finalizó su segundo periodo consecutivo.
Debido a los cambios implementados en el proyecto, el Congreso envió el nuevo texto a consulta del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y a todas las municipalidades del país.
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Excepción para vicealcaldes, regidores y síndicos
Los diputados también aprobaron una modificación para permitir a los vicealcaldes, regidores y síndicos que cumplan ocho años en sus cargos, en el 2024, postularse para otros cargos de elección popular en los comicios municipales de ese año, con excepción del puesto que estaban ejerciendo.
Entretanto, los alcaldes salientes con ocho años o más en sus puestos no podrán postularse para ninguno de los cargos del régimen municipal.
Dicha moción, presentada por la diputada María Inés Solís, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), fue aprobada con 36 votos a favor y dos en contra.
Yorleny León, del Partido Liberación Nacional (PLN), quien votó en contra, alegó que ese articulado provoca vicios de constitucionalidad “que van a poner en riesgo este proyecto”.
“Esta moción tal cual como está redactada, permite que vicealcaldes, intendentes, regidores y síndicos, una vez están parqueados en esos ocho años puedan participar en cualquier otro puesto de elección, y esa es una limitación que se le establece a los alcaldes.
“Los puestos de elección popular no pueden ser excluidos de manera como lo presenta esta moción. Al hacer esa acotación particular para los puestos de alcaldes, está limitando el derecho de participación y de elección que tienen estas personas para ocupar cualquier otro puesto dentro de la estructura de elección popular municipal”, afirmó León.
El texto original solo establecía que los regidores y síndicos, titulares o suplentes, no pueden ser elegidos en el mismo cargo pasados los ocho años de gestión.
Es decir, estaba abierta la posibilidad de que se postularan para otros cargos. Sin embargo, no se hacía referencia a los vicealcaldes.
“Sí les da el derecho de que puedan ser electos en un puesto hacia arriba. Por ejemplo, los vicealcaldes sí podrán buscar la reelección, pero en un puesto de alcalde; los regidores con más de ocho años en el poder podrán intentar ser alcaldes, pero no podrán volver a ser regidores por más de ocho años”, afirmó Solís.
Los diputados también aprobaron una moción del diputado Víctor Morales, del Partido Acción Ciudadana (PAC), que elimina el transitorio dos del texto, debido a que el contenido estaba citado en la otra moción de María Inés Solís.