Luego de varios años de discutir las reformas al Régimen de Pensiones y Jubilaciones del Poder Judicial, los diputados aprobaron un proyecto de ley para cerrar el hueco de ¢5,3 billones proyectado para ese sistema jubilatorio.
La aprobación definitiva, en segundo debate, llegó con el voto positivo de 34 congresistas, este jueves a las 6:35 p. m., luego de que la Sala Constitucional respondió una consulta legislativa, diciendo que el proyecto no presentaba vicios de inconstitucionalidad.
A favor de la iniciativa votaron 13 diputados del PLN, 10 del PAC, cinco del PUSC, tres del Movimiento Libertario, uno de Renovación Costarricense, una de Restauración Nacional, uno de Alianza Demócrata Cristiana (ADC).
En contra votaron, principalmente, los siete legisladores del Frente Amplio presentes en ese momento, así como Marvin Atencio, de Acción Ciudadana, y Ronald Calvo, de Liberación.
La necesidad de la reforma se debe a que el régimen de pensiones de la Corte carece de solvencia económica para pagarle a sus jubilados, tal como lo han determinado varios estudios actuariales, incluyendo el realizado por el Instituto de Investigaciones en Ciencias Económicas (IICE) de la Universidad de Costa Rica (UCR).
Para Marcela Guerrero, legisladora del PAC, y para la liberacionista Sandra Piszk lo fundamental de la iniciativa es garantizar la sostenibilidad del fondo de pensiones, que según la UCR estaba pronto a entrar en crisis.
“Eso quiere decir que los actuales cotizantes no iban a recibir el beneficio por el que hoy están cotizando. Estamos garantizando el principio intergeneracional, para dar sostenibilidad al régimen”, comentó Guerrero.
Añadió que, al aplicar medidas de salvamento a ese régimen jubilatorio, también se evita que el costo de ese sistema caiga más adelante en el Presupuesto de la República, que es la fuente de donde sale el financiamiento del Poder Judicial.
Según la oficialista, el único punto que la frustra es no haber logrado que la administración del fondo de pensiones judiciales tuviera independencia técnica.
“La Corte está para administrar justicia y no para hacer administración financiera”, dijo Guerrero y añadió que espera que en el futuro no se lleguen a dar nuevamente pensiones millonarias a las clases gerenciales de ese poder.
Piszk apuntó que la reforma es absolutamente necesaria, porque laa estructura dentro del Poder Judicial es muy poco equitativa, con un 3% de funcionarios que recibirían pensiones superiores a los ¢5 millones y el grupo más grande con salarios y jubilaciones bajas.
“El problema de la eventual insostenibilidad y de que siempre estuvimos respaldados por los números de la UCR nos dieron la base para que esa reforma se hiciera”, dijo la verdiblanca.
La iniciativa, avalada por las fracciones del Partido Acción Ciudadana (PAC), Liberación Nacional (PLN), Unidad Social Cristiana (PUSC) y las fracciones minoritarias, eleva la edad regular de jubilación ordinaria, de 60 a 65 años.
No obstante, permite que la edad mínima para acogerse a una pensión anticipada, pero aceptando una penalización por ello, será de 62 años para los hombres y 60 para las mujeres.
Actualmente, los jubilados del Poder Judicial pueden pensionarse con una pensión correspondiente al 100% del promedio de los últimos 24 salarios.
Con la reforma aprobada, ese cálculo bajará, para que las pensiones sean un monto igual al 83% del promedio de los últimos 240 salarios.
También se va a modificar la normas que les permite a los empleaados judiciales jubilarse con 30 años de servicio, pues esa cantidad de tiempo laborado aumenta a 35 años.
Hasta la fecha, no existe un monto máximo de pensión para los jubilados de la Corte, por lo que existen pensiones de ¢9 millones y ¢10 millones.
Con el proyecto de ley aprobado, que reforma varios artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se fija un techo de ¢4 millones a las pensiones de ese poder, o sea, diez veces el salario base más bajo de la Corte Suprema.
Además, se incrementa la cotización de los empleados, que actualmente dan un 11% de sus salarios y, a partir de la entrada en vigencia de la reforma legal, tendrán que cotizar un 13%. En tanto, el aporte del Estado se mantiene en un 1,24% y el del Poder Judicial como patrono queda igual, en un 14,36%.
Actualmente, las pensiones judiciales no pagan una contribución solidaria para dar sostenibilidad al régimen jubilatorio.
A partir de que entre en vigor la nueva ley, estarán afectas a una contribución que va de un 35% a un 55% del monto que sobrepase el tope de los ¢4 millones.
De esa forma, una pensión que actualmente sea de ¢6,5 millones, por ejemplo, tendrá que pagar la contribución sobre los ¢2,5 millones que están por encima del techa.
Reforma sobre empleados de Bancrédito aprobada
Los diputados también aprobaron en segundo debate, este jueves, el proyecto de Ley de protección a los empleados del Banco Crédito Agrícola de Cartago (Bancrédito), ya sin el artículo que le daba una bonificación adicional de ¢3.000 millones a esos 769 funcionarios.
Los legisladores de la Comisión de Cartago eliminaro ese bono el lunes, en una sesión de ese foro, luego de que el plenario les devolviera el proyecto de ley, la semana pasada.
La iniciativa de “protección” a los funcionarios y exfuncionarios de Bancrédito establece, como prioridad máxima el pago a los trabajadores de las cuotas de pensión complementaria establecidas en la Ley de Protección al Trabajador.
Entonces, eso les ayudaría, según Emilia Molina, del PAC, a enfrentar el tiempo que podrían estar desempleados y que puedan pagar las deudas que tienen, incluso con el banco.
El problema para esos exempleados, dijo Molina, es que al recibir las prestaciones legales como servidores del sector público, quedan inhabilitados para laborar en una institución pública de inmediato.
Ya con el segundo debate dado, el proyecto pasará a manos del presidente Luis Guillermo Solís, para que firme la iniciativa y la mande a publicar.
Antes, con la bonificación ruinosa que establecía la iniciativa, Zapote se pronunció en contra, con base en criterios de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif), el Banco Central de Costa Rica (BCCR), la Dirección General de Presupesto y la Tesorería Nacional.