Los diputados aprobaron este lunes, en primer debate, el proyecto de ley de justicia menstrual, con el cual las personas solo pagarían un 1% de impuesto al valor agregado (IVA) por los productos menstruales. Todo dependerá, eso sí, de que el Ministerio de Salud los incluya en la canasta básica tributaria cada vez que sea actualizada.
La iniciativa define los productos de higiene menstrual que podrán estar exentos del 13% del IVA si fueran incluidos en la canasta básica tributaria. Esos productos son:
-Toallas sanitarias desechables y reutilizables en sus distintas presentaciones.
-Tampones en todas sus modalidades.
-Copas menstruales de todo tipo.
-Esponjas menstruales o esponjas vaginales en sus diferentes presentaciones.
-Calzones menstruales.
-Pañales menstruales.
-Protectores desechables y reutilizables.
La iniciativa recibió la aprobación de 41 congresistas, de forma unánime, y se le señaló su votación en segundo debate para el 26 de octubre.
De acuerdo con el texto aprobado, los productos de higiene menstrual “deberán ser incluidos en la canasta básica con base en la lista taxativa emitida por el Ministerio de Salud, la cual deberá ser actualizada cada vez que se levante la lista de canasta básica”.
La iniciativa también obliga a los centros penitenciarios y de detención migratoria a brindar esos productos a las mujeres que lo necesiten.
Adicionalmente, establece que el Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu), el Ministerio de Salud y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) podrán impartir capacitaciones sobre la diversidad de los productos menstruales, la gestión de la menstruación, los efectos de menstruaciones dolorosas y la prevención de actos de acoso relacionados con la menstruación.
La Caja podrá integrar en la lista oficial de medicamentos “cualquier producto higiénico menstrual” y deberá garantizar la existencia y accesibilidad de toallas sanitarias, tampones y protectores diarios en los centros de salud públicos.
El texto aprobado procura que las instituciones educativas incorporen en sus planes de estudio, a partir del primer ciclo y hasta la educación diversificada, todo lo referente a la educación menstrual.
Además, los centros educativos deben proveer los productos necesarios para la menstruación de las estudiantes.
La diputada Luz Mary Alpízar, de Progreso Social Democrático (PPSD), destacó las negociaciones que se dieron entre diversas fracciones para lograr la aprobación de la iniciativa, y recordó que, cuando personas como ella estaban jóvenes, no se podía hablar públicamente de la menstruación.
Por otra parte, Rocío Alfaro, del Frente Amplio (FA), puntualizó que la ley aprobada reconoce los procesos vitales de las mujeres y hace que se asuman socialmente los costos de la gestión de la menstruación.
“Hasta el día de hoy, implica un enorme gasto para las familias que no tienen los recursos suficientes e implica que muchas mujeres sean excluidas de las aulas y lugares de trabajo, por no tener los implementos necesarios”, acotó.
Alfaro recordó que es un proyecto heredado de la anterior administración, pues lo pusieron en corriente legislativa las exdiputadas Carolina Hidalgo, Laura Guido, Catalina Montero y Nielsen Pérez, del Partido Acción Ciudadana (PAC), así como la independiente Paola Vega, antes de salirse de esa agrupación.
Johana Obando, del Partido Liberal Progresista (PLP), indicó que se logró consensuar todas las visiones de las fracciones políticas en el proyecto finalmente aprobado, máxime cuando la pobreza y el desempleo son flagelos que afecta más a las mujeres.
“Las mujeres están en desventaja económico. Asumir los costos de los productos menstruales es muy grande”, indicó y enfatizó que las mujeres pasan cerca de cuatro décadas menstruales, con 13 ciclos menstruales al año, lo que implica un impacto en el bolsillo de las costarricenses.
La verdiblanca Montserrat Ruiz comentó que se trata de un asunto de derechos humanos, cuando hay mujeres privadas de libertad que no tienen acceso a este tipo de productos.
Nota del editor: Información actualizada a las 6:40 p. m. con aclaración de que solo se ajustarán a esta reducción de impuestos los productos que el Ministerio de Salud decida incluir en la canasta básica tributaria.