El abogado constitucionalista, Rubén Hernández, afirmó que la Asamblea Legislativa no puede aprobar la extradición de costarricenses requeridos por autoridades de otros países. En su criterio, una reforma de ese tipo solo la podría avalar una Asamblea Nacional Constituyente.
El experto compareció esta mañana ante la comisión especial que analizará, durante 20 días hábiles, la propuesta de reforma constitucional planteada por el gobierno para permitir la extradición de ticos por casos de tráfico internacional de drogas y terrorismo.
Contrario a lo indicado por Hernández, el también abogado constitucionalista, Fernando Zamora, aseveró que el Congreso sí puede avalar la extradición mediante una reforma parcial de la Carta Magna. Su argumento es que el actual impedimento de extradición no es un derecho humano.
Hoy, el artículo 32 de la Constitución establece que “ningún costarricense podrá ser compelido a abandonar el territorio nacional”. Con la modificación, se agregaría la frase “salvo que, en casos de tráfico internacional de drogas y terrorismo, haya sido decretada extradición por un tribunal de la República de Costa Rica conforme a lo dispuesto en esta Constitución y en las leyes”.
Según Hernández, existe un problema de procedimiento que hace insalvable el proyecto. Indicó que, en el voto 2771-2003, la Sala Constitucional estableció que la Asamblea Legislativa está limitada en su capacidad de cambiar la Constitución, en el sentido de que no puede reducir, limitar ni eliminar derechos y garantías fundamentales.
Tampoco puede cercenar derechos políticos de los ciudadanos ni aspectos esenciales de la organización política y económica del país, dijo el abogado.
“Únicamente, mediante procedimiento de reforma general, regulado en el artículo 196 de la Constitución Política y en estricto apego a lo ahí dispuesto, se podría intentar una reforma de esta naturaleza”, expresó Hernández.
Ese numeral indica que una reforma general de la Constitución solo podrá hacerse mediante una Asamblea Constituyente. Añade que la ley para hacer la convocatoria deberá ser aprobada por al menos 38 diputados de la Asamblea Legislativa, sin necesidad de sanción del Poder Ejecutivo.
Hernández aseveró que, como la propuesta del gobierno pretende eliminar a un grupo determinado de costarricenses el derecho a no ser extraditado, evidentemente con este voto de la Sala IV este asunto no le compete resolverlo a esta Asamblea Legislativa.
“Es decir, no es un tema de fondo, es un tema de competencia”, agregó el constitucionalista.
Para Rubén Hernández, la Asamblea Legislativa solo puede reformar los derechos fundamentales en dos sentidos: cuando crea nuevos derechos, por ejemplo, todos los creados desde 1949, o bien, cuando refuerza la tutela de estos derechos, como lo hizo con la creación de la Sala Constitucional.
Al responder consultas del diputado Eliécer Feinzaig, del Partido Liberal Progresista (PLP), Hernández indicó que, en este caso, el artículo 32 constitucional no se trata de una norma pétrea, es decir, que no se puede reformar, sino que debe hacerse a través de una Constituyente.
Extradición no disminuye el narcotráfico, asegura experto
Al responder consultas de Pilar Cisneros, diputada de gobierno, Hernández señaló que es ilusorio creer que la extradición de nacionales resolvería el problema del narcotráfico al tratar de desincentivarlo. Aseguró que, en la práctica, se demuestra que la actividad criminal no ha disminuido en los países donde se implementa.
Explicó que es posible que al principio la medida dé resultados, pero luego los grupos criminales se reorganizan y crean nuevos liderazgos.
Como medidas, recomendó hacer reformas legales para eliminar la nacionalidad a naturalizados involucrados en casos de crimen organizado y narcotráfico, tal como lo plantea un proyecto del presidente legislativo Rodrigo Arias.
Además, Hernández planteó mejorar el sistema carcelario y reformar la ley de ejecución de la pena de modo que a los condenados se les eleve el año cárcel a 12 meses y que, si son sentenciados a 25 años de prisión, cumplan todo ese tiempo en prisión y no salgan antes, como ocurre ahora.
Fernando Zamora: No es un derecho humano
Fernando Zamora indicó que, si la no extradición de nacionales se tratara de un derecho humano, la Constitución no podría reformarse ni siquiera con una Constituyente.
Aseveró que, en el voto 9685 del año 2000, la Sala IV aclaró que la no extradición de nacionales no era un concepto jurídico absoluto, además de que la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos solo prohíbe la expulsión, que es un concepto distinto, de tipo político.