La Procuraduría General de la República (PGR) descartó la posibilidad de que las entidades financieras excluyan costos financieros, gastos administrativos, multas o comisiones en el cálculo de las tasas de interés de los créditos.
Así lo expuso la PGR a raíz de una consulta del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) sobre la ley contra la usura que fija las tasas máximas de interés.
La legislación prohíbe que la suma de estos elementos exceda los límites establecidos por el Banco Central de Costa Rica (BCCR) sobre tasas de usura.
Actualmente, los intereses no pueden superar el 38,16% anual en colones y el 30,27% en dólares, en el caso de los préstamos generales.
Para los microcréditos, que incluyen tarjetas de crédito, el tope es del 53,83% en colones y el 42,86% en dólares, mientras que para los créditos en otras monedas extranjeras, el límite es del 7,38%.
La ley contra la usura fue aprobada en el Congreso en el año 2020. El dictamen PGR-C-137-2023, emitido por la Procuraduría el 11 de julio del presente año, aclara la inclusión de los costos en el cálculo de las tasas.
“Se descarta la posibilidad de excluir todos esos rubros, alguno o cualquiera distinto a los mencionados, pues ello resquebrajaría el sistema de tutela creado por la disposición legal, al dejar fuera de la operación matemática para fijar la tasa de interés, variables que alterarían el resultado del cobro proyectado”, reza el dictamen.
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Sin embargo, existe una única excepción a esta norma. Se trata de los cargos por gestión de cobro. Según la ley contra la usura y su reglamento, estos trámites deben ser evidenciables y estar relacionados con un proceso de cobranza administrativa. No pueden superar el 5% de la parte del abono al principal que esté en mora, o un monto máximo de $12.
La PGR subraya que cualquier otro cargo, costo financiero o comisión deben ser considerados parte de la tasa de interés de la operación del crédito, independientemente de cómo se les denomine en los contratos. Incluso en casos de opiniones diferentes, esta interpretación se mantiene firme como parte de la política legislativa.
“El legislador ordinario ya definió los mecanismos de protección de los derechos que existen de por medio”, añade.
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En este sentido, el dictamen recopila intervenciones de los diputados que aprobaron la ley contra la usura, con el fin de explicar lo que debe incluir la tasa de interés. Según José María Villalta, del Frente Amplio, el tope establecido se aplica al interés efectivo, el cual abarca la tasa de interés nominal anual, seguros, comisiones y otras cargas exigibles, exceptuando la única condición mencionada.
Fuera de la excepción, insistió el frenteamplista cuando se creó la ley, “cualquier otro cargo, costo financiero o comisión, se denominen los contratos tasa de interés o no, se considerarán parte de la tasa de interés de la operación”.
La PGR emitió este dictamen en respuesta a una consulta del ministro del MEIC, Francisco Gamboa Soto, sobre la posibilidad de excluir ciertos rubros de las tasas de interés, similar a lo que ya ocurre con los costos de gestión de cobro administrativo.
La legislación dice que los intermediarios financieros debe incorporar en la tasa de interés nominal de los créditos todos los costos, gastos, multas, seguros, comisiones y otros cargos adicionales que el deudor pueda enfrentar durante la vida del crédito. Esto debe ser expresado de forma porcentual anualizada y dentro de los límites máximos establecidos por el Banco Central de Costa Rica.
MEIC celebra dictamen
El ministro Francisco Gamboa expresó su satisfacción con el dictamen emitido por la PGR, ya que respalda la interpretación realizada por su equipo técnicos, según añadió.
La consulta a la PGR surgió debido a observaciones recibidas por el MEIC cuando modificó el Reglamento de las Operaciones Financieras, Comerciales y Microcréditos que se ofrecen al Consumidor a finales del año anterior.
En términos prácticos, dijo Gamboa, esta aclaración no genera cambios significativos, ya que la regulación se estableció en base a la interpretación previa del MEIC, la cual ha sido confirmada por este dictamen de la PGR.