¿Cómo calcular el aguinaldo en Costa Rica? ¿Cuál monto me corresponde por ley para este 2024? A esas dos preguntas usted podrá responder con una sencilla herramienta que La Nación desarrolló para sus lectores.
La aplicación es práctica y sencilla de utilizar y se vuelve aún más importante si a lo largo de los últimos meses usted cambió de trabajo, estuvo algunos meses desempleado, o bien, si sufrió algún ajuste en su remuneración.
Para conocer el monto, solo debe rellenar las casillas con los salarios recibidos en los meses que ahí se indican y darle clic a la casilla “calcular aguinaldo”. Se debe anotar el sueldo bruto, es decir, sin reducciones por concepto del seguro social o de pago del impuesto sobre la renta.
Más adelante también abordamos preguntas básicas sobre el conocido decimotercer salario, del cual tienen derecho todos los trabajadores asalariados del país, tanto públicos como privados.
Calcule su aguinaldo
Revise sus colillas de pago y rellene las casillas con el salario correspondiente a cada mes. Si en alguno de los meses estuvo con contrato suspendido o todavía no laboraba para el mismo patrono coloque 0 (cero). Seleccione calcular aguinaldo para conocer el monto.
Lo primero, ¿cómo se calcula el aguinaldo?
Este derecho laboral consiste en sumar los últimos 12 salarios brutos, sin reducciones de impuestos o seguridad social —como se mencionó más arriba—, desde diciembre del 2023 hasta noviembre del 2024.
Esa suma posteriormente se debe dividir entre 12 y ese es el monto que usted recibiría por concepto de aguinaldo.
Si no tiene a mano las colillas de salarios, también puede acceder a la oficina virtual de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), ahí encontrará sus órdenes patronales.
Tenga en cuenta que todavía no conoce su salario final de octubre y noviembre. De momento, puede colocar un monto estimado. Asegúrese de hacer este ejercicio para actualizar el monto cuando tenga las colillas salariales de esos meses.
¿Qué pasa si llevo menos de un año de trabajar en la misma empresa?
Si lleva al menos un mes en ese empleo, tiene derecho a recibir aguinaldo.
En caso de que utilice la herramienta de La Nación para estimar su aguinaldo, coloque “0″ (cero) en las casillas de los meses en los que no recibió salario del actual patrón.
Seis pasos para invertir inteligentemente su aguinaldo
¿Si tengo contrato a plazo fijo, debo recibir aguinaldo?
Sí, el Código de Trabajo además de los asalariados públicos y privados, incluye a los trabajadores con contratos a plazo fijo o por obra contratada, es decir, de manera ocasional.
El único requisito es que usted cumpla, al menos, un mes completo de trabajo para el mismo patrono.
Los profesionales liberales o freelancers no tienen derecho a aguinaldo, a menos de que su cliente suela reconocérselos anualmente, lo cual se convertiría en un derecho adquirido, y por tanto, nuevamente debe recibirlo.
¿Qué debe incluir mi aguinaldo?
El monto del decimotercer mes debe consignar horas extraordinarias laboradas, bonos, así como cualquier otro pago salarial que se haya realizado en el periodo, como premios o incentivos.
¿Hasta cuándo tengo tiempo de recibirlo?
A partir de diciembre los patronos tienen tiempo hasta el 20 de ese mismo mes para depositar el derecho salarial a todos sus trabajadores. Esa es la fecha máxima de ley que los empleadores deben respetar. Si no lo hacen, el patrono debe ser reportado ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) por incumplimiento. Esta regla debe cumplirse sin excepción.