El presidente de la República, Carlos Alvarado, convocó a sesiones extraordinarias un proyecto de ley que adelantaría a los partidos políticos hasta un 50% de la contribución estatal a las campañas, en las elecciones municipales.
Actualmente, el sistema electoral costarricense no ofrece esa facilidad a las agrupaciones en los comicios cantonales, por lo cual los partidos deben financiarse con sus propios medios.
En cambio, para las elecciones nacionales, los partidos políticos tienen derecho a retirar hasta un 15% del aporte estatal para esos procesos electorales.
La convocatoria se anunció este jueves como parte de una agenda de seis proyectos de ley acordados por los jerarcas de los supremos poderes y del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), para el combate de la corrupción, el crimen organizado y la legitimación de capitales.
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En su más reciente edición, el informe Estado de la Nación advirtió de que la desigualdad del sistema de financiamiento de partidos políticos en Costa Rica expone a esas organizaciones a ser capturadas por fuertes grupos económicos o por capitales ilícitos, como aquellos provenientes del narcotráfico.
“El presente proyecto de ley tiene como objetivo fundamental que las agrupaciones políticas puedan contar oportunamente con los recursos necesarios para enfrentar la campaña electoral municipal, mejorando los índices de equidad en la contienda electoral y cumpliendo con la demanda ciudadana de mayor y mejor información para la toma de decisiones políticas”, señala la exposición de motivos del expediente presentado por Luis Ramón Carranza.
¿Qué propone exactamente?
Un 30% del adelanto a las campañas municipales será administrado por el TSE para el pago de producción y difusión de pauta publicitaria para los candidatos a alcaldes, síndicos y regidores municipales.
“Cada partido será responsable de la contratación de la producción y difusión de espacios en medios televisivos, radiales y de prensa escrita, ya sean medios nacionales, regionales o cantonales, los cuales deberán ser liquidados mensualmente, directamente por el Tribunal Supremo de Elecciones”, señala la propuesta.
Entretanto, el 70% del monto restante será depositado en efectivo a los partidos políticos que participen en las elecciones municipales.
Para ello, las agrupaciones deberán demostrar tener garantías líquidas suficientes para reponer el dinero en caso de que la deuda política, obtenida posteriormente a partir de los resultados electorales, no cubra el monto anticipado por el Tribunal.
Sin embargo, esa norma no se cita para obtener el 30% de los fondos correspondientes al pago de pauta publicitaria.
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Anticipo en elecciones nacionales
El anticipo de la deuda política para las elecciones nacionales no varía, con excepción del momento en que los partidos podrían acceder a esos recursos.
El único cambio relativo a ese derecho es el momento en que los partidos podrían acceder a los recursos.
En la actualidad, el Código Electoral establece que los partidos políticos pueden hacerlo a partir de la presentación de las candidaturas. Eso ocurre octubre previo a la celebración de los comicios.
Mientras que el proyecto de ley propone que sea en el mes de agosto previa a la convocatoria oficial a las elecciones. Esa norma aplicaría también para los comicios municipales.
Contribuciones deducibles
El único cambio propuesto sobre donaciones es que esos dineros sean deducibles de la renta bruta que cancelan anualmente los contribuyentes.
Los montos deducibles de renta serán aquellos que no superen los 10 salarios base, es decir, alrededor de ¢4,6 millones.
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