Célimo Guido Cruz, líder del autodenominado Movimiento Rescate Nacional, se abstuvo a declarar ante la Fiscalía en la investigación que se le sigue por los bloqueos promovidos desde el 30 de setiembre.
El dirigente ramonense guardó silencio la mañana de este viernes cuando acudió ante el Ministerio Público, el cual confirmó un día antes que le abrió causa por los delitos de instigación pública, entorpecimiento de servicios públicos y obstrucción de vía.
Avanzada la tarde, la oficina de prensa del Ministerio Público informó de que además de Célimo Guido, tomó declaraciones indagatorias a dos vinculados más con la causa. Se trata de José Francisco Villalobos Rojas y Xinia López Quesada, dirigentes de la zona norte.
La investigación se desarrolla en el expediente 20-000634-0619-PE, a cargo de la Unidad Especializada de la Fiscalía General. La responsable de la indagatoria fue la fiscal Melissa Quirós.
"Desde que ingresaron las denuncias incluidas en esta causa, el Ministerio Público ordenó diligencias de investigación. La noche del martes de esta semana, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) entregó el informe policial, por lo que la Fiscala Adjunta dispuso la citación de los imputados, para ser indagados este viernes.
“La Unidad Especializada remitió el expediente al Juzgado Penal del I Circuito Judicial de San José, para solicitar una audiencia para gestionar la interposición de medidas cautelares”, informó.
La investigación se realiza en conjunto con las secciones de Cibercrimen y Delitos Varios del OIJ.
En declaraciones a medios de comunicación, Célimo Guido, dijo que informado de que se trata de nueve denuncias las que hay en su contra. Según dijo, revisará cada una junto con sus abogados para ejercer la defensa.
Para él, se trata más de un asunto “político”.
“Obviamente que no declaré, el expediente es muy grande, son nueve acusaciones, creí que eran 10. Vamos a revisarlo con calma. Todo esto es político, tranquilos. Salimos a defender este país y sabíamos que debíamos apechugar todo esto, vamos para adelante, no hay ningún problema”, afirmó.
Entre los denunciados también está José Miguel Corrales, quien desistió del movimiento el 7 de octubre luego de que reconociera que el narcotráfico había penetrado los bloqueos, así como Óscar Campos, miembro activo y vocero de este grupo.
Entre esas denuncias está una presentada este jueves por tres ministros.
“Ya yo he pasado por donde asustan y sé cómo se manejan estas cosas y sé en lo que me he metido con los compañeros”, expresó Guido, de 69 años.
El también exdiputado (1998-2002) había sido condenado en 2006 por el delito de obstrucción de vía pública, debido a las protestas que protagonizó contra la llegada de la empresa española Riteve, encargada de la revisión técnica vehicular.
El Tribunal de San Ramón lo sentenció a un año de prisión, pero le otorgó ejecución condicional de pena.
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Contra la tranquilidad pública
Sectores productivos denunciaron que las protestas promovidas por 'Rescate Nacional’ provocaron pérdidas importantes ante la imposibilidad de trasladar mercancías, lo mismo que el desplazamiento hacia sitios turísticos.
Algunos manifestantes protagonizaron, además, enfrentamientos con la policía, con piedras, palos con clavos y bombas molotov. El saldo fue más de 100 oficiales heridos, e igualmente, más de un centenar de manifestantes detenidos.
Esas acciones se mantuvieron por 16 días, hasta este jueves, cuando Guido anunció una “pausa” , supuestamente, para cumplir con la condición pedida por el gobierno para negociar. La decisión de la pausa vino con la advertencia de “levantar el país” si no hay negociación.
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La causa judicial en perjuicio de la traquilidad pública se sigue bajo el expediente 20-000634-0619-PE.
Los delitos son:
- Instigación pública: regulado por el artículo 271 del Código Penal, según el cual, será castigado con prisión de seis meses a cuatro años “el que instigare a otro a cometer un delito determinado que afecte la tranquilidad pública, sin que sea necesario el hecho que se produzca”.
- Entorpecimiento de servicios públicos: el artículo 263 castiga con penas de seis meses a dos de cárcel al que “sin crear situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua y aire a los servicios públicos de comunicación o de sustancias energéticas”.
- Obstrucción de vías públicas: el artículo 263 bis, impone de diez a 30 días de prisión a quien “sin autorización de las autoridades competentes, impidiere, obstruyere o dificultare, en alguna forma, el tránsito vehicular o el movimiento de transeúntes”.
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Información actualizada a las 5:34 p. m. con datos del Ministerio Público