Existen falsas percepciones sobre las pensiones voluntarias, por ejemplo, sobre el costo y sobre quiénes pueden acceder a ellas. Expertos en la materia aclaran cinco mitos sobre estos planes de jubilación:
¿Son caras?
No es cierto. Si el plan lo adquiere en colones, puede empezar ahorrando ¢5.000 por mes; si es en dólares, el mínimo es $10 o $20, dependiendo de la operadora donde vaya a abrir su cuenta.
¿Solo puede contratarlas quien tenga una pensión básica?
Falso. Si usted es trabajador independiente, o bien, no tiene una actividad económica determinada pero puede pagar un plan voluntario, puede constituir un plan.
Para tener una pensión voluntaria, no se necesita ser asalariado y cotizar para la pensión básica y para el Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP).
Solo puede suscribirlas el titular de la pensión
No es cierto. El contrato lo puede suscribir cualquier persona a partir de los 15 años de edad.
Es posible abrir un plan voluntario para un tercero. Por ejemplo, a los padres, abuelos, hermanos o cualquier persona.
Incluso, es posible abrir una cuenta a un menor de 15 años, siempre que lo haga quien tiene la patria potestad del menor. El contrato se abre a nombre de la persona menor de edad.
No son rentables
Sí lo son. A la hora de retirar la pensión voluntaria, entre un 15% y un 20% del dinero corresponde a rendimientos obtenidos durante el periodo de acumulación.
“Por ejemplo, si una persona logra acumular en cinco años ¢10 millones con un plan voluntario fuerte, de esos ¢10 millones, entre ¢1,5 millones y ¢2 millones son generados por rendimientos”, explica Róger Porras, gerente de la operadora Popular Pensiones.
Y si ese capital no se retira al madurar, sino que se deja acumulando rentabilidades en el tiempo, el rendimiento será mayor y el capital final aumentará.
Según datos de la Superintendencia de Pensiones (Supén), la rentabilidad real, a 10 años, en diciembre de 2020, del ROP fue de 6,74%, mientras que para las pensiones voluntarias fue:
- 6,70% para los planes de la categoría A, en colones
- 2,15% para los planes de la categoría A, en dólares
- 6,87% para planes de la categoría B, en colones
- 2,2% para planes de la categoría B, en dólares
Los planes A son los que ya están maduros y sus dueños pueden retirar los recursos en cualquier momento, pues ya cumplieron 66 meses (5,5 años) de haberse suscrito, el tiempo mínimo de acumulación .
Los planes B no han superado los 66 meses. Están en proceso de maduración y, por lo tanto, todavía no se pueden retirar.
Son un esfuerzo únicamente personal
Falso. Los patronos también pueden adquirir planes colectivos de pensión voluntaria.
Los empleadores pueden aportar algún porcentaje mensual sobre el salario del trabajador, o bien, solo actuar como recaudadores, es decir, permitir que se rebaje de planilla el dinero que su empleado destina a ese fondo. Es decisión de cada patrón.
“El aporte patronal lo define el patrono a una escala. Si el patrono aporta 1%, el empleado debe aportar lo mismo. Si el trabajador dice: ‘Yo no aporto 1% sino 2%, el patrono está obligado a aportar 2%. De ahí, el mismo patrono pone un tope. Hay unos que dicen: ‘Bueno, yo no aporto más del 3%’; hay uno que aporta el 5%. Eso varía”, explicó Hermes Alvarado, gerente de la operadora BN Vital.
Aunque existen topes de aporte para los patronos, el trabajador puede aportar sobre estos. Eso sí, su aporte mínimo es el mismo que hace el empleador, nunca menos.
“Hay cláusulas que el patrono pone. Normalmente, se adhieren a la cláusula de que si el trabajador deja de trabajar con ellos, se puede llevar lo que él aportó, pero no lo que la empresa le dio. Lo que le dio el patrono sigue en la cuenta del trabajador hasta que se pensione”, agregó Alvarado.
Otros beneficios de estos planes
-Son productos inembargables.
-El dinero que se destina para estos fondos está exento del pago del impuesto sobre la renta.
Por ejemplo, si el trabajador gana ¢1 millón y mensualmente ahorra ¢50.000 para su pensión voluntaria, el pago del impuesto sobre la renta se le calcula sobre ¢950.000 colones y no sobre ¢1 millón.
-Los patronos que adquieren planes colectivos de pensión voluntaria tienen el mismo beneficio con el pago de cargas sociales.
Siguiendo con el ejemplo del salario de ¢1 millón, si el empleador aporta un 2% sobre ese sueldo de su empleado, o sea, ¢20.000, las cargas sociales por concepto de ese salario las paga sobre ¢980.000 y no sobre ¢1 millón.
-El retiro de los recursos de estas pensiones también está libre del pago de impuesto sobre la renta.