La Comisión de Consultas de Constitucionalidad acordó este martes, por unanimidad, recomendarle al plenario de la Asamblea Legislativa eliminar dos párrafos del proyecto de ley para frenar los abusos de las huelgas.
Se trata de los dos párrafos en los que la Sala IV encontró problemas constitucionalidad cuando evacuó las consultas planteadas por los diputados, sobre este texto, luego de la aprobación en primer debate el 3 de setiembre con 40 votos.
Con el informe aprobado por cinco miembros de la Comisión de Consultas de Constitucionalidad, el proyecto 21.049 podrá regresar al plenario legislativo, para que este le haga las modificaciones y lo vote nuevo en primer debate.
Sin embargo, el presidente de la Asamblea, el liberacionista Carlos Ricardo Benavides, estimó que no dará tiempo para votar el primer debate antes de que los legisladores salgan a vacaciones este 19 de diciembre. Entonces, la discusión quedará para después del 13 de enero, día en que regresan a laborar.
El primer cambio por la Comisión propuesto es la eliminación del párrafo final de la reforma al artículo 350 del Código de Trabajo, el cual la Sala IV consideró inconstitucional.
Ese párrafo ordenaría que, en caso de que haya una condena sancionatoria contra un dirigente sindical, la autoridad judicial debe enviar una copia de la resolución al Ministerio de Trabajo para los efectos correspondientes.
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Se trata de sentencias por delitos como daño agravado, obstrucción de vía pública y denegación de auxilio. Ese artículo es el que establece causales para la disolución de sindicatos. Fernando Castillo, presidente del alto tribunal, explicó meses atrás que las conductas de los dirigentes sindicales no pueden ser achacadas al sindicato.
El otro párrafo que sería eliminado es el inciso 10 de la reforma al artículo 376 del Código de Trabajo. En este caso, la objeción de la Sala IV no fue por el fondo, sino por el trámite.
Ese inciso es el que incluiría, en la lista de servicios esenciales en los que las huelgas son ilegales, incluyeran, los servicios judiciales en materia laboral, derechos fundamentales, derecho de familia, pensiones alimentarias, violencia intrafamiliar, contravenciones y flagrancia, así como práctica de autopsias y entrega de cuerpos.
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El problema señalado por la Sala Constitucional es que la Asamblea Legislativa omitió consultar a la Corte Suprema de Justicia si esa inclusión afecta su funcionamiento.
Esa categorización fue incluida en un texto sustitutivo que incorporó una propuesta de la diputada del PLN, Yorleny León, para especificar cuáles son servicios esenciales y cuáles son trascendentales. La Corte sí se había pronunciado sobre la primera versión del proyecto en el sentido de que no le afectaba.
La Comisión de Consultas de Constitucionalidad optó por recomendar la eliminación del inciso para continuar adelante con el proyecto.
“Hemos tomado el camino más seguro para obedecer la sentencia de la Sala IV. Los ciudadanos tienen derecho a recibir los servicios esenciales aun durante una huelga. Los trabajadores que opten por ir a huelga merecen tener reglas claras y el sector productivo necesita seguridad jurídica para que el país crezca económicamente”, explicó Benavides.
La presidenta de la Comisión de Consultas, Laura Guido, adujo que la opción de eliminar los párrafos permite avanzar en el plenario con los temas donde hay un acuerdo de la mayoría de las partes, “sin mayor dilación”.
“Habrá oportunidad de incorporar los temas no consultados a la Corte en un proyecto que se tramite posteriormente, de manera que se pueda tener esa incorporación sin dilatar más esta iniciativa. En cuanto a lo que se consideró desproporcionado, la opción es desistir mejor de ese elemento”, expuso.
Por su parte, el socialcristiano Pedro Muñoz dijo que “la política es la ciencia de lo posible”, por lo que evitaron innovar “en un proceso que no sabíamos a dónde nos iba a llevar”.
“El texto, a como está, sin esos dos párrafos, es suficientemente bueno para Costa Rica, para traer orden y justicia frente a las huelgas abusivas”, sostuvo Muñoz.
El jerarca del Congreso agregó que, con el proyecto para frenar los abusos de las huelgas, “gana el país, se consolida el Estado de Derecho y se mantienen los derechos de todas las personas”.
Además de Benavides y Muñoz, votaron en la Comisión los diputados Laura Guido, de Acción Ciudadana (PAC); Floria Segreda, de Restauración Nacional (PRN); y Zoila Rosa Volio, de Integración Nacional (PIN).
El foro pudo hacer la recomendación luego de que los magistrados de la Sala IV enviaron, el jueves anterior, la sentencia completa de la consulta sobre el proyecto de Ley para dar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos.
El proyecto
Con este proyecto de ley, se declararían ilegales las huelgas en los servicios públicos esenciales, como los de salud, seguridad, comedores escolares y suministro de combustibles.
Además, la reforma establece que, durante estos movimientos, los patronos no estarán obligados a pagar los salarios a los huelguistas, como estos tampoco están obligados a prestar sus servicios.
El plan exigiría a los sindicatos disponer de un correo electrónico para ser notificados judicialmente cuando una institución solicita declarar ilegal una huelga. Este cambio fue introducido por las complicaciones que sufrieron los notificadores judiciales para encontrar a los dirigentes sindicales durante el movimiento contra la reforma fiscal en el 2018.
Asimismo, las huelgas contra políticas públicas se permitirían hasta por un lapso de 48 horas si afectan "en forma directa los intereses económicos o sociales de los trabajadores”, al tiempo que declaran ilegales las huelgas políticas, es decir, aquellas que no tengan conexión con incumplimientos laborales imputables al patrono.
Los magistrados de la Sala IV no encontraron inconstitucionalidades en estos y otros cambios, a la luz de dos consultas planteadas por dos grupos de diputados.
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