La Corte Constitucional de Ecuador declaró inconstitucionales varios artículos del Acuerdo de Asociación Comercial suscrito entre ese país y Costa Rica el pasado 1.° de marzo por los presidentes Guillermo Lasso y Rodrigo Chaves.
En consecuencia, la Corte instó a las autoridades ecuatorianas a renegociar o buscar alternativas que permita subsanar las contradicciones con la carta magna del país sudamericano.
Con cinco votos a favor y cuatro salvados, los magistrados señalaron normas que ceden jurisdicción soberana ecuatoriana a instancias de arbitraje internacional. Se trata del artículo 11.20 y aquellos que van del 15.20 al 15.35, incluyendo los anexos 15.18 y 15.26 del acuerdo.
Dichos artículos contemplan la posibilidad de que se solucionen controversias contractuales entre inversionistas y Estados mediante instancias de arbitraje internacional, como el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), del Banco Mundial, lo que está expresamente prohibido por el artículo 422 de la Constitución ecuatoriana.
A pesar de los señalamientos, la Corte estimó que no era necesario declarar la incompatibilidad de todo el Acuerdo.
El Ministerio de Comercio Exterior de Costa Rica informó a La Nación, mediante su departamento de prensa, de que ha estado en contacto con su similar ecuatoriano, el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, el cual se encuentra analizando el dictamen de la Corte.
Además, señaló que Costa Rica es respetuoso del ordenamiento jurídico interno de los demás Estados y que se encuentra “en la mejor disposición de conversar para encontrar una forma pragmática de atender los intereses y sensibilidades de ambos países”.
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Gobierno ecuatoriano expresa desacuerdo
Por su parte, en Ecuador, el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca emitió un comunicado en el cual sostiene que el acuerdo comercial se alinea con los principios constitucionales del país y criticó la decisión del alto tribunal, al asegurar que la opinión dividida es una “muestra de la falta de coherencia de la actual Corte”.
Además, acusó a los jueces de “poner en riesgo la generación de empleo y las inversiones que los tratados comerciales generan, así como la certeza y previsibilidad jurídica”.
“El Acuerdo entre Ecuador y Costa Rica, que ha sido ampliamente respaldado, es de suma importancia para el país, pues nos abre camino para la atracción de inversiones y el incremento de las exportaciones no tradicionales del Ecuador”, expresó el gobierno del país sudamericano.
La firma del instrumento comercial se efectuó durante una visita de Lasso a Costa Rica.
El dictamen de la Corte surge a partir de una consulta hecha por la presidencia ecuatoriana para determinar si el acuerdo requiere o no de aprobación legislativa, previo a su ratificación por el mandatario Lasso.
El acuerdo permitirá colocar en el mercado ecuatoriano productos costarricenses como café tostado molido, llantas, pilas eléctricas y suplementos vitamínicos, entre otros, libres del pago de aranceles. A su vez, se incluye un marco jurídico para promover las inversiones.
El acuerdo establece ocho categorías de desgravación para la eliminación de aranceles aduaneros, en un plazo de hasta 15 años, según corresponda. La lista de cada uno de los países y los plazos pueden ser consultados en el sitio web de Comex.