El presidente de la República, Carlos Alvarado, anunció la mañana de este viernes que Costa Rica no deberá indemnizar a la empresa canadiense Infinito Gold Ltd. (Infinito) por cancelarle la concesión del proyecto minero de Crucitas, en San Carlos, Alajuela.
El tribunal a cargo del arbitraje internacional, iniciado en 2014 sobre este caso, notificó su decisión final unánime declarando que el Estado costarricense no deberá hacer ninguna reparación económica al inversionista que reclamaba cerca de $400 millones.
Dicho caso, ventilado ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), fue planteado por Infinito con base en el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de Canadá para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones”.
Mediante un mensaje en su cuenta de Twitter, el mandatario agradeció a los ministerios de Comercio Exterior (Comex) y de Ambiente y Energía (Minae) por las gestiones realizadas para la defensa del país en este proceso. “Debemos seguir siendo libres de minería a cielo abierto”, expresó.
En su fallo, el tribunal determinó que Costa Rica no le denegó justicia al inversionista, ya que los tribunales nacionales observaron correctamente los principios del debido proceso, y brindaron a Infinito acceso a las oportunidades de defensa necesarias.
También señaló que es legítimo que el país se declarara libre de la minería metálica a cielo abierto, como un objetivo soberano para proteger el medio ambiente-
No obstante, indicó que al tomar esa decisión, se tenía que considerar la posible existencia de trámites en curso relacionados con la obtención de un permiso de exploración o explotación minera, y resguardar su situación.
Señaló que, al omitir esa consideración, se violaron los principios de proporcionalidad y razonabilidad que la Administración Pública debe respetarle a todos los administrados, incluyendo los inversionistas.
A pesar de lo anterior, sostuvo que Infinito no demostró que la omisión indicada le hubiera provocado un daño y, por ende, no corresponde que Costa Rica le pague ninguna indemnización.
El Tribunal Arbitral lo integraron Gabrielle Kaufmann-Kohler (por parte de Suiza), Bernard Hanotiau (por parte de Bélgica y a quien Infinito Gold designó) y Brigitte Stern (de Francia y a quien Costa Rica designó).
El equipo costarricense a cargo la defensa de este caso lo lideraron funcionarios del Ministerio de Comercio Exterior junto junto a personal de varios departamentos del Ministerio de Ambiente y Energía incluida su dirección legal, Secretaría Técnica Nacional Ambiental, Sistema Nacional de Áreas de Conservación y Geología y Minas.
A ellos se unieron la Procuraduría General de la República, peritos en los campos del derecho administrativo y finanzas (cuyas opiniones técnicas se aportaron como prueba para complementar los argumentos del país en el proceso), y la firma legal internacional Arnold & Porter Kaye Scholer; expertos contratados para coordinar la estrategia y defensa legal, y para brindar el apoyo técnico-jurídico especializado en todo el proceso.
🇨🇷 no deberá indemnizar a Infinito Gold Ltd. por cancelarle la concesión del proyecto Crucitas, según tribunal del arbitraje intl. Gracias @comexcr por liderar la defensa, la cual detallará, y @CRMinae por apoyar el proceso. Debemos seguir siendo libres de minería a cielo abierto
— Carlos Alvarado Quesada (@CarlosAlvQ) June 4, 2021
“Este ha sido, posiblemente, el caso más complejo enfrentado por Costa Rica en materia de arbitraje de inversión internacional. Ha requerido un enorme esfuerzo y un trabajo tenaz, prolongado por más de siete años” declaró Andrés Valenciano, ministro de Comercio Exterior.
La demanda se entabló en marzo del 2014 contra el Estado a quien se acusó de violar el otorgamiento de la concesión en el CIADI; órgano adscrito al Banco Mundial con sede en Washington (Estados Unidos).
Controversial
El 30 de enero del 2002, el gobierno de Miguel Ángel Rodríguez otorgó la primera concesión a Infinito. Ese día, el diario oficial La Gaceta informó de que lo único que faltaba para que la firma explotara oro a cielo abierto en Cutris era un estudio de impacto ambiental.
Sin embargo, el proyecto no avanzó mayor cosa hasta el 13 de octubre del 2008 cuando el entonces presidente Óscar Arias y su ministro de Ambiente, Roberto Dobles, firmaron el decreto número 34801-Minaet, donde lo declararon “de interés público” y de “conveniencia nacional”.
El acuerdo facultó a la minera para que talara árboles, “inclusive de las especies que estén vedadas”.
Molestas con estas decisiones, las organizaciones ambientalistas Apreflofas y Frente Norte por la Vida (Unovida) acudieron al Tribunal Contencioso.
Luego de casi un mes de juicio, la sentencia del 24 de noviembre del 2010 decidió la anulación del contrato. Los jueces encontraron irregularidades en los permisos y determinaron daño ambiental debido a la corta de árboles almendro amarillo, protegidos por ley.
La decisión del Tribunal fue ratificada en el 2011 por la Sala I de la Corte Suprema de Justicia, por lo que se anuló el decreto que declaraba de interés público el proyecto minero Crucitas. Además, se le ordenó a Infinito indemnizar al país por los perjuicios causados.