Las cuentas bancarias que reciben donaciones privadas y son usadas para gastos político-electorales son públicas y están abiertas a consulta de cualquier persona. Así lo dispuso la Sala Constitucional el 2 de mayo del 2003, al resolver un recurso de amparo.
En aquella oportunidad, los magistrados concluyeron que las contribuciones privadas de los partidos políticos no están cubiertas por el secreto bancario, derivado del derecho a la intimidad y que, por el contrario, es información de interés público.
“En todo caso debe entenderse que el párrafo 3 del artículo 96 de la Constitución Política constituye un principio instrumental para hacer efectivo el goce y el ejercicio del derecho fundamental consagrado en el artículo 30 de la norma fundamental, esto es el acceso a la información de interés público. Las contribuciones privadas de los partidos políticos están expresamente excepcionadas del contenido esencial del derecho fundamental a la intimidad establecido en el artículo 24 de la Constitución Política, o lo que es lo mismo la transparencia o publicidad de las contribuciones privadas a los partidos políticos es un límite extrínseco o limitación al derecho esencial anteriormente indicado.
“Sobre el particular, la regla debe ser que, si cualquier persona puede obtener de un partido político información de interés público sobre esa agrupación, como lo es el origen y el monto de sus contribuciones privadas, de igual forma puede obtenerla de cualquier otro ente —público o privado— que la disponga o posea”, se lee en la resolución N.° 3489-2003.
Ese fallo se produjo en respuesta a un amparo que presentó el entonces diputado Humberto Arce, quien cuestionó ante la Sala IV que el Banco de Costa Rica (BCR) le negara, entre otras cosas, el acceso a los movimientos financieros de varias sociedades anónimas utilizadas durante la campaña electoral del ahora expresidente Abel Pacheco.
“Como corolario de lo expuesto, se impone declarar con lugar el recurso de amparo, únicamente, en cuanto a la solicitud de información acerca de las cuentas corrientes que tienen a su nombre en el banco recurrido los Partidos Unidad Social Cristiana, Liberación Nacional y cualquier otro que participara en las últimas elecciones nacionales, así como de las empresas Gramínea Plateada y Bayamo al haberse demostrado que, a nombre de estas empresas, fueron abiertas cuentas corrientes para organizar el flujo de ingresos y gastos de la campaña electoral del Partido Unidad Social Cristiana. Se debe condenar a la Junta Directiva del Banco de Costa Rica y a su gerente general a brindarle esa información al recurrente de forma inmediata, bajo los apercibimientos de ley”, se consignó en el fallo.
En esta campaña del 2022, trascendió que un fideicomiso privado, de nombre Costa Rica Próspera, financió gastos electorales de la campaña de Rodrigo Chaves, candidato del Partido Progreso Social Democrático (PPSD).
Antecedente
Fue el propio Abel Pacheco, siendo ya presidente de la República, quien admitió el uso de cuentas corrientes de sociedades anónimas para recibir donaciones durante su campaña, las cuales no fueron reportadas al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), como lo ordena la legislación electoral.
“Reconocí ante los señores periodistas que, según se me informó, existieron dos cuentas de sociedades anónimas en donde se depositaron y desde donde se giraron algunos recursos donados a la campaña electoral. Una de estas cuentas se denominó ‘Abel Pacheco, Campaña Política’ y la otra ‘Gramínea Plateada S. A.’, consignó Pacheco en una nota remitida al entonces presidente del TSE, Luis Antonio Sobrado, el 23 de setiembre del 2002.
Veinte días después del fallo de la Sala Constitucional, propiamente el 22 de mayo del 2003, el BCR abrió la cuenta de la sociedad anónima Gramínea Plateada, la cual habría habrían recibido ¢1.129 millones, según un publicación de este diario.
El banco no solo remitió al otrora diputado Humberto Arce, el estado de cuenta, sino también un disco compacto con más de 800 folios de información. Incluso, se precisó quienes eran las personas autorizadas para realizar los movimientos bancarios.