Dos diputadas proponen actualizar las disposiciones del Código de Familia sobre la responsabilidad de los cónyuges con los gastos del hogar y el derecho que tienen los hijos de padres divorciados a mantener un vínculo con ambos progenitores.
Las reformas las impulsan las diputadas María Vita Monge, de la Unidad Social Cristiana (PUSC) y Aida Montiel, de Liberación Nacional (PLN), con proyectos de ley que presentaron en marzo.
En el primer caso, se trata de una modificación al artículo 35 del Código, el cual, desde 1974, establece que “el marido es el principal obligado a sufragar los gastos que demanda la familia. La esposa está obligada a contribuir a ellos en forma solidaria y proporcional, cuando cuente con recursos propios".
En opinión de Monge, dicha redacción invisibiliza el trabajo doméstico que se realiza en los hogares, principalmente por mujeres.
La propuesta de la socialcristiana modificaría el artículo para que, en adelante, diga:
“La responsabilidad de sufragar los gastos que demande la familia recae en ambos cónyuges, quienes contribuirán en forma solidaria y proporcional de acuerdo con sus ingresos propios. Esta disposición será aplicable a la unión de hecho”.
En el proyecto de ley, Vita asegura que dicha modificación igualaría el aporte remunerado con el no remunerado. Es decir, que el trabajo doméstico y el cuido de menores de edad, que por lo general recaen en las mujeres, pasarían a considerarse un aporte en especie al hogar.
“Lo que se pretende es reivindicar, de tantos años que se ha dicho que el hombre es el único encargado de sufragar los gastos, cuando en realidad la mujer también, el trabajo que hace la mujer en el hogar, sea tanto en oficio doméstico como en el cuido de los hijos, ese es un aporte que se hace en especie, que creo que se ha desvalorizado”, afirmó la socialcristiana.
LEA MÁS: Mujeres acumulan siete horas más de trabajo que los hombres entre oficios de la casa y empleo
Así, según Vita, para un hogar en el que una mujer trabaja tanto dentro como fuera del hogar, se sumarían ambos aportes. Y, si se trata de una ama de casa, se cuantificarían todas las labores que ejerce en ese rol.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Uso del Tiempo que dio a conocer el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), en el 2018, cada semana las mujeres costarricenses dedican, en promedio, 22 horas más al trabajo doméstico no remunerado que los hombres.
El artículo 35 del Código de Familia es uno de los que la Sala Constitucional recomendó reformar en noviembre del año anterior, cuando declaró la inconstitucionalidad de la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo.
A criterio de los magistrados, ese apartado debe modificarse a fin de aclarar cómo se distribuirían las responsabilidad económicas en un hogar formado por una pareja homosexual.
Institucionalizar régimen de interrelación familiar
La propuesta de Aida Montiel es institucionalizar, en el Código de Familia, el derecho a la interrelación familiar que poseen los niños y sus padres.
Se trata de lo que popularmente se conoce como el régimen de visitas, el cual se define cuando los papás se un menor se separan, a fin de garantizar su convivencia con el progenitor que no ve a diario.
Montiel parte de que dicho régimen no se encuentra definido expresamente en la legislación, sino que los jueces lo interpretan a partir de jurisprudencia e instrumentos internacionales sobre derechos de los niños.
La propuesta de la liberacionista es modificar el artículo 152 del Código de Familia, para que indique que en caso de separación de los progenitores, el juzgado pertinente deberá tomar las medidas necesarias “concernientes a las interrelaciones familiares entre padres e hijos y los ascendientes de estos”.
“Esto es muy importante porque por primera vez va a ponerse en la ley, porque antes esto se hacía por jurisprudencia de la Corte, pero ahora va a estar establecido que los menores tienen derecho a tener relación con sus padres, o con sus abuelos, o con sus tíos, de tal manera que el menor tenga dos familias”, afirmó Montiel.
LEA MÁS: ARCHIVO: Fiscalía rechaza acusar a madres o padres que impiden a excónyuges ver a sus hijos
El proyecto de ley especifica que el derecho a la interrelación familiar incluye los derechos de visita, estancia y comunicación del menor que poseen tanto el menor como sus papás, además de los demás parientes, como los abuelos.
“La demanda de interrelación familiar podrá solicitarla el padre o la madre interesada y ascendientes de estos, en cualquier momento posterior a que se dé la separación judicial, el divorcio o la separación de hecho, o cuando el progenitor que conviva con la persona menor de edad niegue al otro de manera tácita o expresa el derecho relacionarse con este”, dice el proyecto.
Jueza de familia ve desaciertos en las propuestas
Pese a la intención de Monge, para la jueza de familia y magistrada suplente Maureen Solís, la propuesta de reforma al artículo 35 del Código no propiciaría mejoras a la desigualdad a la que históricamente han estado sujetas las mujeres.
En opinión de Solís, la propuesta de la socialcristiana no toma en cuenta que el país no ha tenido el avance necesario en la ruptura de roles de género, pues las mujeres aún cargan con el mayor peso del trabajo doméstico, enfrentan mayores barreras para insertarse al mercado laboral y experimentan discriminación en los puestos de trabajo.
“La violencia de género se manifiesta, entre otras cosas, con la prohibición a la mujer de laborar fuera del hogar y si lo hace, se le atribuye el deber de cumplir la jornada laboral y luego, realizar todo el quehacer doméstico. La propuesta no contribuye en nada a modificar esta realidad”, opinó la jueza.
Para la jurista, la propuesta también falla al no asignarle valor explícitamente al trabajo doméstico.
Solís también expresó reservas sobre la propuesta de reforma al artículo 152 del Código.
De entrada, la jueza afirmó que la figura de interrelación familiar sí está regulada en el ordenamiento jurídico costarricense, a través de instrumentos internacionales y leyes como el Código de la Niñez y Adolescencia.
Más allá de esa observación, Solís señaló que la reforma violentaría el derecho a la intimidad de los progenitores, al indicar que en las separaciones judiciales los abueltos paternos y maternos de los menores involucrados serán parte del proceso.
La jueza, además, criticó que la propuesta no tome en cuenta particularidades específicas que pueden tener las separaciones.
“La propuesta ignora por completo la existencia de causales de divorcio, separación judicial y nulidad del matrimonio que afectan seriamente la idoneidad de una persona para relacionarse con personas menores de edad”, afirmó Solís.