Con cuatro votos a favor y uno en contra, los diputados de la Comisión de Consultas de Constitucionalidad aprobaron este miércoles un texto sustitutivo para el proyecto de reforma al empleo público, el cual se adapta al voto de la Sala IV del pasado 30 de julio.
En esta nueva versión, el Poder Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), las universidades públicas, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y las municipalidades quedan fuera de la rectoría de empleo del Poder Ejecutivo, aunque sí tendrían que acatar la nueva ley.
En la sentencia, los magistrados declararon constitucional la introducción de un esquema de salario global para todo el sector público, en el que no existan los pluses salariales, así como la introducción de límites a la negociación de convenciones colectivas.
A la vez, el Tribunal declaró inconstitucional la rectoría del Ministerio de Planificación (Mideplán) sobre los poderes y las instituciones con autonomía, por lo que no alcanzarían sobre estos los lineamientos generales sobre la materia que emita el Poder Ejecutivo.
El texto aprobado este miércoles redefine los alcances del artículo 6 de la reforma, el cual se refiere a la rectoría del Mideplán sobre esas instituciones. La nueva versión agrega la siguiente aclaración:
“Se excluye de esta rectoría las relaciones de empleo de las personas servidoras públicas que desempeñen funciones o labores administrativas, profesionales o técnicas, que sean exclusivas y excluyentes para el ejercicio de las competencias constitucionalmente asignadas al Poder Legislativo, al Poder Judicial, al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y a los entes públicos con autonomía de gobierno u organizativa, según la determinación que realice la respectiva institución”.
Al mismo tiempo, con el fin de preservar la independencia de poderes y de instituciones autónomas, la nueva redacción elimina incisos objetados por la Sala Constitucional en diversos artículos.
En este caso, de las ocho familias de puestos que se crearían, se eliminan la familia de las personas docentes y académicas de la educación técnica superior, así como los funcionarios que administran justicia y los magistrados del TSE.
Sobre la implementación del nuevo esquema de remuneraciones para todas las instituciones bajo el ámbito de cobertura de la ley, siempre con el fin de preservar independencia de poderes y autonomías, el artículo 34 del nuevo texto aclara que las instituciones fuera de la rectoría “elaborarán la columna salarial global de la familia correspondiente”.
El mismo numeral añade que a Mideplán solo le corresponderá elaborar una columna salarial para las instituciones bajo las competencias del Poder Ejecutivo.
Pilar Garrido, ministra de Planificación, explicó que la columna salarial global que establezca su cartera solo alcanzaría a los funcionarios de ministerios, instituciones autónomas grado 1, como el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), y puestos comunes del Poder Judicial, TSE, universidades estatales, la CCSS y las municipalidades.
Lo anterior significa que la columna salarial elaborada por los entes independientes solo aplicaría para sus categorías exclusivas como jueces, fiscales, magistrados electorales, alcaldes o vicealcaldes, por mencionar algunos ejemplos. En el desarrollo de esa labor, las jerarquías de estas entidades deberán definir quiénes son personal indispensable para desarrollar su labor.
Para el resto de funcionarios fuera de esa escala, cuyos puestos serían comunes con las demás instituciones, incluidos las del ámbito de cobertura del Poder Ejecutivo, se utilizaría la columna salarial global establecida por Mideplán. Tal es el caso de un conductor o un oficinista.
Votaron a favor de acoger el nuevo texto los diputados Ana Lucía Delgado, del Partido Liberación Nacional (PLN); Laura Guido, del Partido Acción Ciudadana (PAC); Eduardo Cruickshank, del Partido Restauración Nacional (PNR); y la independiente Zoila Rosa Volio.
El único voto en contra fue el de Pedro Muñoz, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC). El socialcristiano pretendió que, con la nueva redacción dictaminada, la comisión recomendara al plenario abrirse a comisión o que el plenario envíe el proyecto a un foro dictaminador.
Muñoz quería discutir elementos indirectos derivados del fallo constitucional, como los alcances de la ley en la Asamblea Legislativa y sus órganos, lo cual no fue consultado ante la Sala IV por los diputados.
La presidenta de la comisión, la liberacionista Ana Lucía Delgado, le replicó que sus requerimientos equivocan la función de la comisión. “Y muchos de ellos falaces”, señaló.
Como la Sala no encontró vicios de procedimientos, añadió Delgado, el foro se ha enfocado en eliminar las objeciones detectadas por los magistrados.
“(El nuevo texto) acoge en todos los extremos que la opinión consultiva que emitió la Sala Constitucional”, explicó.
Con el dictamen del nuevo texto, la comisión de Constitucionalidad agota su trabajo sobre este expediente, el 21.336. Ahora, queda un espacio máximo de ocho días hábiles para la presentación de informes de mayoría y minoría al plenario.
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