Los diputados aprobaron este martes, en primer debate, el proyecto que permitiría la tenencia de hasta dos armas por persona.
La iniciativa de Ley de Armas y Explosivos, bajo el expediente 20.509, contó con 36 votos a favor y 5 en contra.
Se pronunciaron a favor todos los legisladores presentes del Partido Liberación Nacional (PLN), Acción Ciudadana (PAC) y el bloque Nueva República.
También dieron su aval Mileidy Alvarado y Melvin Núñez, de Restauración Nacional (PRN); Pablo Heriberto Abarca y María Vita Monge, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC); Wálter Muñoz y Patricia Villegas, del Partido Integración Nacional (PIN) y José María Villalta, del Frente Amplio.
En contra votaron Aracelly Salas, María Inés Solís y Shirley Díaz, todas del PUSC; el independiente Érick Rodríguez, y Zoila Rosa Volio, del PIN.
‘Arreglo’ pendiente
Pese a esa primera aprobación, los legisladores todavía tienen pendiente arreglar un error en el artículo 23 del texto, el cual dicta que las personas jurídicas solo podrán inscribir armas para brindar servicios de seguridad privada.
El texto, tal y como fue aprobado, limita de la inscripción de armas al resto de empresas que cuenten con su propio personal de seguridad y las obligaría a contratar servicios privados.
De ahí la necesidad de realizar el cambio.
El mecanismo mediante el cual los diputados corregirían esa equivocación, se llama moción de retrotracción.
Se trata de una nueva herramienta reglamentaria que permite devolver un proyecto a la etapa previa al primer debate por una única vez, de manera que se le pueda hacer algún cambio de fondo o de trámite.
En el caso de Ley de Armas y Explosivos, la variación sería de fondo.
Esa moción de retrotracción la verían los legisladores el próximo 23 de abril, día en que quedó programado el segundo debate para el proyecto.
El pasado 25 de marzo, los diputados decidieron bajar de tres a dos la cantidad de armas que puede inscribir cada persona ante la Dirección de Control de Armas.
Con ello, desecharon la redacción que salió de la Comisión de Narcotráfico y Seguridad, la cual mantenía la norma actual que permite hasta tres armas por persona.
Igualmente, el plenario había rechazado una moción del PAC, que buscaba disminuir la cantidad de armas a una por ciudadano, como en la versión original del texto.
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¿Qué contiene el proyecto?
Según el texto, las personas físicas podrán inscribir, como máximo, dos armas de fuego que pueden ser usadas para su seguridad personal, la de su familia y la de su patrimonio. Estas pueden ser pistolas o revólveres.
La inscripción será por un plazo de seis años y tendrá carácter de prorrogable, por períodos iguales, de manera indefinida. Esto siempre y cuando la persona cumpla con la legislación y su reglamento; de lo contrario, la tenencia será cancelada.
En el caso de los finqueros, la normativa los faculta para que inscriban un arma larga de las que están permitidas por ley.
No podrán inscribir armas las personas con antecedentes penales. Tampoco pueden hacerlo aquellas a quienes se les haya impuesto medidas cautelares por violencia doméstica.
Otra iniciativa aprobada
Adicionalmente, los diputados aprobaron en segundo debate el expediente 20.508, otra reforma a la misma Ley de Armas y Explosivos, la cual endurece las penas de prisión por la posesión ilegal de armas, así como por la portación de pistolas y revólveres permitidos por la ley, pero sin el debido permiso.
Entonces, quien porte un arma no permitida por la ley –una ametralladora, por ejemplo– descontará una pena de cárcel de entre cuatro y ocho años.
En tanto, quienes anden con un arma legal, pero sin el permiso para portarla, se enfrentarán a sanciones de dos a cuatro años.