Los diputados aprobaron este miércoles una moción para pasar la rectoría del empleo público a la Dirección General del Servicio Civil, competencia que hoy tiene el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplán).
El cambio fue introducido en el proyecto de ley de reforma al empleo público, el cual fortalecía las potestades del Mideplán en la materia.
Si las competencias quedan en poder del Servicio Civil, esta dependencia coordinará la fijación del futuro salario global para actuales y futuros empleados públicos. También establecerá la metodología.
En la anterior redacción, en la fijación del salario global, solo participaban los ministerios de Planificación y Hacienda.
La reforma fiscal del año 2018 estableció que toda la materia del empleo en el sector público estará bajo la rectoría del jerarca de Planificación.
Quien ostente ese cargo, según esa ley, “deberá establecer, dirigir y coordinar las políticas generales, la coordinación, la asesoría y el apoyo a todas las instituciones públicas, y definir los lineamientos y las normativas administrativas que tienda a la unificación, simplificación y coherencia del empleo en el sector público, velando que instituciones del sector público respondan adecuadamente a los objetivos, las metas y las acciones definidas”.
Este miércoles 27 de enero, la Comisión de Gobierno y Administración aprobó dos mociones de ajuste que traslada esas competencias al Servicio Civil.
Actualmente, los diputados están en el primero de dos periodos de discusión de mociones de fondo para ajustar el proyecto en comisión. Estos pasos son necesarios antes de someter el texto a primer debate en el plenario.
Una primera iniciativa es del diputado liberacionista David Gourzong. La segunda es de Luis Fernando Chacón, jefe de fracción de Liberación Nacional (PLN).
La de Gourzong traslada la rectoría del empleo público al Servicio Civil, mientras que la de Chacón define aspectos como quién definirá el futuro salario global y quiénes participan en la política de remuneración del Estado.
La primera recibió los votos favorables de Gourzong, Chacón y Jorge Fonseca del PLN, Aracelly Salas y Rodolfo Peña de la Unidad Social Cristiana (PUSC), y los independientes Jonathan Prendas y Dragos Dolanescu.
Votaron en contra Víctor Morales Mora, de Acción Ciudadana (PAC); y la independiente Zoila Rosa Volio.
Sobre la segunda moción, la de Chacón, recibió los votos favorables de él y sus dos compañeros del PLN, Peña, Prendas, Morales y Volio. Solo votó en contra Dolanescu.
Sin embargo, las mociones aprobadas no derogan el artículo 46 de la Ley de salarios de la Administración Pública, introducido con la reforma fiscal, en el cual se otorga la rectoría a Mideplán.
Rodolfo Peña, legislador socialcristiano, reconoció la omisión y adelantó que esa derogación se haría a través de otras mociones presentadas al texto que se discutirían más adelante.
Ahora, en el Servicio Civil también recaería la emisión de directrices y políticas de empleo público, reclutamiento y selección de personal, evaluación de desempeño y la clasificación de puestos de trabajo en las familias laborales y grados que crea la reforma.
Esas potestades, en la anterior versión, recaían sobre Mideplán.
En cuanto a las altas jerarquías, los salarios tanto del presidente de la República como ministros, rectores, directores ejecutivos o gerentes, también los fijaría el Servicio Civil, pero la Autoridad Presupuestaria del Ministerio de Hacienda deberá emitir un criterio vinculante.
En la fijación de una política de salarios, que tome en cuenta el estado de las finanzas públicas, sí participarían Mideplán y el Ministerio de Hacienda, además del Servicio Civil.
Dicha política deberá ser aprobada por el Consejo de Gobierno.
Planificación también sería parte del Sistema General del Empleo Público que crearía el proyecto de ley. En él participarían el Servicio Civil y las dependencia de recursos humanos de las instituciones.
Una tercera iniciativa firmada por varios diputados trasladaría a la Asamblea Legislativa el nombramiento del director general del Servicio Civil. En la actualidad, esa designación recae en la Presidencia de la República.
Uno de los requisitos que establecería ese ajuste para optar por el puesto es tener experiencia comprobada de, al menos, siete años en puestos de en alta dirección pública y no haber militado en los seis meses anteriores en algún partido político, ni ser candidato ni ostentar un puesto de elección popular.
Las mociones se aprobaron con votos del Partido Liberación Nacional (PLN), Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), Partido Nueva República y legisladores independientes.
La ministra de Planificación, Pilar Garrido, lamentó el cambio de la rectoría.
Alegó que la nueva redacción podría presentar problemas de inconstitucionalidad, pues, la Sala IV ha ratificado que esa función de dirección política recae en el Poder Ejecutivo, ya sea en un ministro o el presidente.
Luis Fernando Chacón, jefe de bancada del PLN, refutó a la jerarca. Alega que el cambio no saca la rectoría del Poder Ejecutivo.
“Por un lado, el artículo 191 constitucional establece que el Estatuto del Servicio Civil define la relación entre el Estado y todos los colaboradores, no dice el Poder Ejecutivo y los colaboradores. Lo que ha dicho la Sala Constitucionalmente es que la rectoría debe estar en el Ejecutivo. Debemos recordar que el Servicio Civil pertenece a la Presidencia de la República, es parte del Ejecutivo”, aseveró.