A días que venza el plazo para presentar la declaración de los accionistas y beneficiarios de las personas jurídicas, llamado legalmente Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, los diputados aprobaron en primer debate una moratoria de dos meses para librar de la multa a quienes no la presenten a tiempo.
En un tercer mes, la multa sería rebajada a un 50%.
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La obligación de presentar la declaración, nueva para los propietarios de sociedades, expira el próximo viernes 31 de enero.
El proyecto de ley fue aprobado por los 39 diputados presentes en plenario, este lunes.
El registro de accionistas es un repositorio de accionistas o beneficiarios finales, creado mediante la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, aprobada en el 2016.
“Las personas jurídicas o estructuras jurídicas domiciliadas en el país, por medio de su representante legal, deberán proporcionar al Banco Central de Costa Rica el registro o la indicación de los accionistas y beneficiarios finales que tengan una participación sustantiva”, establece dicha Ley.
La multa económica perdonada por los diputados va desde los ¢1,3 millones hasta los ¢44 millones para quienes incumplan con la declaración.
Originalmente, el proyecto establecía una moratoria por seis meses, sin embargo, una moción aprobada este lunes la rebajó a tres meses, bajo las siguientes condiciones:
-Durante los primeros dos meses de vigencia de esta moratoria, no se aplicará ningún tipo de sanción por la no presentación de la declaración.
-Una multa pecuniaria proporcional del cincuenta por ciento (50%) de la sanción que le corresponde, en caso de presentar durante el tercer mes de vigencia de moratoria.
-En caso de no presentar la declaración o presentarla con posterioridad al tercer mes de vigencia de la moratoria, se aplica la sanción que corresponda.
Según datos del Ministerio de Hacienda, están obligados a la presentación de esta declaración los propietarios de unas 350 mil sociedades.
Sin embargo, a la fecha se han presentado unas 155.000 declaraciones, según datos del Banco Central al cierre de este lunes.
La complejidad y el costo para realizar el trámite motivó la presentación de esta iniciativa de ley, propuesta por el diputado socialcristiano, Pablo Heriberto Abarca.
Según registró La Nación en setiembre de este año, las dudas y los inconvenientes para presentar la declaración se notaron desde que se inició el plazo para presentarla (1.° de setiembre).
Por ejemplo, se requiere de la firma digital y al menos el 80% de las personas jurídicas no contaba con esa tecnología, para esa fecha. Los bancos que la otorgan tenían listas de espera para entregar la tecnología.
Además, en algunos casos se requiere del apoyo de un notario, el cual cobra unos ¢85.000.
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Trámite rápido
El expediente 21.758 fue presentado el pasado 6 de enero y dispensado de todo trámite el 21 de enero, por lo que pasó directamente a conocimiento del Plenario, sin espacio para analizarlo en ninguna comisión legislativa, como sucede con la mayoría de proyectos.
“El cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y de la resolución conjunta de alcance general, no ha sido fácil para los representantes legales de las personas jurídicas, debido a la complejidad y dinámica definida para el suministro de la información”.
“Tampoco existe un acompañamiento para los obligados, mediante el cual se brinde herramientas informativas y de capacitación para cumplir satisfactoriamente con las nuevas obligaciones legales encomendadas”, explica el motivo del proyecto.
Abarca explicó este lunes que, si bien al inicio fue más complejo, se acordó con el Ministerio de Hacienda reducir el plazo de la moratoria porque se han implementado medidas para reducir esa complejidad.
Por ejemplo, es más rápida la emisión de firmas digitales y se han habilitado opciones que no estaban en la plataforma original.