Una reforma legal facultará a los jueces a cancelarles indefinidamente los permisos de portación de armas a los sospechosos de cometer violencia doméstica.
Así lo aprobaron los diputados al votar favorablemente, en primer debate, una modificación a la Ley contra la Violencia Doméstica.
El proyecto de ley, respaldado por legisladoras de distintas fracciones, introduce cambios a la normativa sobre medidas de protección para las víctimas de violencia intrafamiliar.
En la explicación de la iniciativa, las proponentes explican que buscan evitar que las armas utilizadas para cometer agresión intrafamiliar vuelvan a las manos de sus dueños pocas horas después de ser decomisadas, para evitar que potenciales víctimas queden en riesgo.
Por eso, el texto reafirma que los jueces están facultados para ordenar la cancelación de los permisos de portación de armas de fuego, pero, además, dicta que dicha medida de protección no tiene plazo de caducidad.
De esa forma, los diputados diferencian dicha alternativa de las demás que prevé la Ley contra la Violencia Doméstica.
El resto, como la orden de que el sospechoso salga del domicilio o la suspensión del derecho de visita a los hijos, por ejemplo, vencen al cabo de un año, pero la prohibición para tener y portar armas se mantendrá de por vida.
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La reforma, además, impedirá que los jueces ejecuten un cese anticipado de las medidas de protección relacionadas con la tenencia de armas.
“La razón detrás de esto es que hay muchos casos donde actualmente se le quita el permiso, pero el arma se le devuelve al agresor, y el agresor hace uso de era arma y termina matando a su víctima”, afirmó la diputada Ivonne Acuña, del bloque Nueva República, proponente de la reforma.
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El Observatorio de Violencia de Género contra las Mujeres y Acceso a la Justicia del Poder Judicial registra ocho feminicidios en lo que va del 2019.
La última víctima fue Yésika María Sánchez Fuentes, una mamá de tres menores de edad que murió producto de las puñaladas que le propinó su compañero sentimental en Valle Azul de Aguabuena, en Coto Brus, Puntarenas.
El proyecto de ley se aprobó con el voto afirmativo de 45 diputados. Se opusieron tres legisladores del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC): Pedro Muñoz, María Inés Solís y Rodolfo Peña.
La legisladora Acuña recordó que la posibilidad de tener armas no es un derecho constitucional, sino que es una concesión que hace el Estado a sus habitantes, por lo cual el legislador tiene la potestad de poner las limitaciones que estime pertinentes.
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Otra reforma que aprobó la Asamblea Legislativa a finales de año faculta al Estado a decomisar y destruir todas las armas de fuego que estén en posesión de los agresores domésticos.
Con esa nueva ley, se autorizó a los cuerpos de policía a registrar el lugar en donde se reporten hechos de violencia intrafamiliar, de donde pueden llevarse todas las armas a las que el presunto victimario tenga acceso.
Dicha ley entró en vigor el pasado 18 de julio.
Antes, los policías solo podían decomisar los objetos que se hubieran utilizado para cometer una agresión. Por tanto, no podían confiscar otras armas que el abusador pudiera emplear en futuras ocasiones.