Cinco de los ocho diputados del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), incluido el jefe de bancada Pablo Heriberto Abarca, adoptaron un alegato del candidato presidencial del Frente Amplio, José María Villalta, para atacar la reforma al empleo público, en una nueva consulta sobre la constitucionalidad del proyecto ante la Sala IV.
Abarca, Pedro Muñoz, María Inés Solís, Óscar Cascante y José María Guevara se unieron a otros ocho legisladores para pedir a los magistrados declarar inconstitucional la votación de la reforma debido a que, alegan, el país está en periodo electoral de cara a los comicios del 6 de febrero.
Esa fue la tesis que sacó a última hora el político frenteamplista en el plenario legislativo antes de la votación del proyecto en primer debate, el martes pasado. El argumento fue rechazado por el departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa.
El candidato del FA adujo que el plan no se podía aprobar porque el artículo 97 de la Constitución Política prohíbe a la Asamblea Legislativa emitir leyes contra las cuales se haya manifestado el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) seis meses antes y cuatro meses después de unos comicios.
Ese numeral de la Carta Magna se refiere a “proyectos de ley relativos a materias electorales”. El artículo, además, establece que el Congreso requiere de 38 votos para apartarse del criterio del TSE en reformas relativas a esta materia.
Villalta argumentó que el TSE objetó el proyecto por la supuesta injerencia del Poder Ejecutivo en la planilla del órgano electoral y que la materia del empleo afecta el desarrollo de las elecciones.
La consulta firmada este miércoles por los diputados dice: “De ahí que durante los seis meses previos y los cuatro meses posteriores a las elecciones nacionales, por disposición del numeral 97 constitucional, el criterio del TSE resulta vinculante para la Asamblea Legislativa, por lo que está impedida de aprobar el proyecto de Ley Marco de Empleo Público, expediente 21336, tal y como ha resuelto el propio Tribunal.
“Este vicio sustancial de procedimiento fue alertado oportunamente por los diputados José María Villalta, Paola Vega y Wálter Muñoz, en el plenario legislativo.
“Es con fundamento en lo anteriormente expuesto que consideramos que la aprobación de primer debate es inconstitucional y su aprobación no se puede dar por encontrarse dentro del plazo constitucional dispuesto en el artículo 97″.
Por su parte, el Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea concluyó que el proyecto “no toca el núcleo duro del derecho electoral, no afecta los principios, derechos y garantías electorales fundamentales, ya que no se afectan los mecanismos de la democracia directa, no afecta el sufragio ni la estructuración de los órganos electorales, ni el proceso electoral, ni la justicia electoral, ni lo relativo a los partidos políticos, ni a temas de financiamiento político, fiscalización y responsabilidad, ni al sistema electoral y las fórmulas electorales”.
Junto con los diputados del PUSC firman la consulta José María Villalta, Wálter Muñoz y Patricia Villegas, del partido Integración Nacional (PIN), el restauracionista Melvin Núñez, y los independientes Paola Vega, Shirley Díaz, Erick Rodríguez y Dragos Dolanescu.
Los únicos socialcristianos que no firmaron la consulta son Erwen Masís, Aracelly Salas y María Vita Monge.
Alegan que comisión se extralimitó
La consulta encabezada por los legisladores del PUSC también alega otro supuesto vicio de procedimiento, durante la labor realizada por la Comisión de Consultas de Constitucionalidad. Allí se adaptó el texto al fallo de la Sala IV que avaló una ley general de empleo público en todo el Estado, el salario global y el tope a las convenciones colectivas, pero que declaró inconstitucional la rectoría del Ministerio de Planificación (Mideplán) sobre instituciones con autonomía.
Estos 13 legisladores dicen que el foro se extralimitó en sus funciones al incorporar al Poder Legislativo en las exclusiones parciales de la rectoría del Poder Ejecutivo, sobre lo cual no se refirió la Sala por no haber sido consultado.
Los consultantes indican que los magistrados solo ordenaron excluir al Poder Judicial, TSE, universidades públicas, municipalidades y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
“Se reitera, entonces, que la Comisión ha de estarse (ajustando) solamente a lo declarado como inconstitucional recomendando su modificación o supresión únicamente. No puede incorporar aspectos no consultados, so pena de ser declarado como vicio sustancial de procedimiento por violación del derecho de enmienda y de participación democrática”, señalan.
Aplicando el principio de conexidad, el foro incorporó al Congreso en los ajustes, dado que la Sala decretó lo mismo sobre el Poder Judicial.
Otros supuestos vicios
En la nueva consulta los diputados alegan, del mismo modo, de que se les violentó el derecho de enmienda. “Es importante tener claro que sobre las recomendaciones emitidas por la Comisión de Consultas de Constitucionalidad no es ni fue posible presentar mociones, quedando limitado el ejercicio de enmienda y participación democrática de los y las legisladoras”, reza la consulta.
El diputado Muñoz, durante las discusiones, había solicitado al plenario que enviara el proyecto a una comisión dictaminadora, para que se le realizaran ajustes.
Por el fondo, los diputados consultantes se quejan de los ajustes realizados al texto. Sobre el inciso b) del artículo 6, por ejemplo, aseguran que mantiene a las oficinas de recursos humanos del Poder Judicial dentro de la rectoría de Mideplán.
La Sala determinó que los puestos comunes de esas instituciones quedarían bajo la rectoría del Poder Ejecutivo.