Los diputados de la Comisión de Asuntos Económicos depurarán el proyecto de regulación a los alojamientos de plataformas digitales, como Airbnb, con el objetivo de cobrarles un único tributo: el impuesto sobre el valor agregado (IVA).
Originalmente, la iniciativa establecía el cobro de un 13% de IVA sobre cada servicio más un 3% de un impuesto específico para esta actividad.
No obstante, los legisladores desistieron del gravamen específico, luego de que la ministra de Hacienda, Rocío Aguilar, y la Procuraduría General de la República les señalaran la inconveniencia de crearlo.
El diputado socialcristiano Pablo Heriberto Abarca, proponente del proyecto, confirmó este domingo que preparan el texto sustitutivo para el proyecto de ley 20.865, a fin de concentrar los esfuerzos fiscales en cobrar el IVA.
Actualmente, ni los usuarios ni los anfitriones de estos hospedajes, sean personas o empresas, pagan impuestos por este servicio.
En un principio, los congresistas querían destinar la recaudación del tributo del 3% al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) y la Dirección General de Tributación (DGT).
Sin embargo, la ministra de Hacienda advirtió de que cobrar un impuesto específico es complejo y caro.
A su vez, la Procuraduría General de la República, en una opinión jurídica, manifestó su objeción a la creación de un impuesto que fuera administrado por las entidades beneficiarias. Expuso que, por tratarse de instituciones del Gobierno Central, lo mejor es que los recursos ingresen a la Caja Única del Estado.
De acuerdo con Abarca, no tiene sentido cobrar este impuesto si hay oposición en financiar lo que le interesa al sector turístico, como los parques nacionales o en inversión para hacer más atractivo el destino.
En esa dirección, alegó que no tiene sentido crear más impuestos que vayan a ser utilizados desde la Hacienda pública para pagar deuda, por ejemplo.
De acuerdo con el diputado, le correspondería al ICT reglamentar la ley y definir si se cobrara de una vez un 13% a las plataformas o si se haría en forma escalonada, como se hará con las empresas turísticas tradicionales a partir de julio de este año.
Abarca aseguró que aún debaten si todas las personas que prestan el servicio deberán inscribirse en la Dirección General de Tributación como retenedores del impuesto o si este se pagará a través de convenios con la plataforma. Es decir, que la plataforma recaude el impuesto que pagan los usuarios (los huéspedes) y lo traslade a Hacienda.
Desde el 2016, representantes de Airbnb tuvieron acercamientos con el Ministerio de Hacienda para retener el impuesto de ventas existente a la fecha. Sin embargo, las autoridades nunca aceptaron la propuesta y pedían a cambio una lista de las personas que ofrecían alojamiento en esa plataforma.
Dudas de la Procuraduría
La Procuraduría también duda de la idea de exigir a las plataformas entregar al ICT la información de sus clientes.
Por tanto, recomendó revisar la constitucionalidad de la obligación y justificar el interés público detrás de esa iniciativa, para no violentar tratados internacionales.
“Debemos señalar que las obligaciones establecidas en el proyecto de ley deben responder a una razón de interés público, a efectos de que se justifiquen frente a la libertad de comercio y contractual reconocida en el numeral 46 constitucional. Genera dudas de constitucionalidad, por ejemplo, que se obligue a las empresas intermediarias a ‘alimentar’ el registro que debe realizar el ICT (se repite en artículo 10 del proyecto). Esta determinación, sin embargo, corresponde a la Sala Constitucional como intérprete máximo y auténtico de la Constitución Política”, indica la opinión jurídica.
Para Abarca, no cabe una violación a esas normas, pues lo que se busca es un control para fiscalizar si los impuestos que se van a pagar son los correctos.
Además, el proyecto señala que las obligaciones son para las empresas domiciliadas en Costa Rica, pero el abogado del Estado advirtió de que no siempre se domicilian en el país.
“De ahí que resulta de vital importancia aclarar, en el proyecto de ley, cómo se van a exigir las obligaciones previstas a ese tipo de empresas y cuál será la consecuencia del incumplimiento de las mismas. Esto se echa de menos en el proyecto de ley y resulta de vital importancia para la operatividad de la eventual ley que se apruebe”, señaló la procuradora adjunta, Silvia Patiño.
La Procuraduría también señaló como un desestímulo a la actividad si se les obliga a todos los anfitriones a respetar las disposiciones legales para las personas con discapacidad, ya que muchas de las propiedades que se alquilan son de venta ocasional.
“La disposición indicada puede constituir un desestímulo para la actividad de hospedaje no tradicional. Debe recordarse que, a la luz del propio proyecto de ley, las instalaciones dedicadas a esta actividad son viviendas, apartamentos, bungalós, villas, chalés, cuartos, entre otros, que no siempre destinadas al hospedaje como fin principal. Por lo anterior y aun cuando se trata de un tema de discrecionalidad del legislador, se recomienda valorar tal requerimiento”.
Lo que sí pareciera razonable es establecer, como derecho del usuario, conocer si las instalaciones que va a rentar, cuentan o no con estos requerimientos de accesibilidad para que, a través de una decisión informada y en ejercicio de su autonomía de la voluntad, opte por rentar uno u otro servicio de hospedaje"
Sobre este último punto, los diputados propondrán un transitorio de la Ley para que las empresas que se registren en el ICT el primer año no tengan que cumplir con esa disposición, o si se inscriben posteriormente, puedan ser evaluadas por el Ministerio de Salud para verificar la condición de la propiedad.
En la propuesta de ley también se incluye la obligación de los anfitriones a tener una patente municipal, punto sobre el que se concentran los diputados para afinar la disposición, según Abarca.