La mayoría de diputados de una comisión especial dictaminó afirmativamente, este lunes, un proyecto de ley para sacar a Costa Rica de la lista de países no cooperantes en materia fiscal con la Unión Europea (UE). El texto fue avalado con cinco votos a favor y dos en contra.
Para cumplir con la solicitud de la UE, el país cobraría impuesto de renta sobre las ganancias de inversiones pasivas hechas en el exterior únicamente a las empresas catalogadas como entidades de papel.
Inversiones pasivas son, por ejemplo, la compra de bonos bursátiles o de acciones que generen dividendos.
Así, se eliminaría la doble no imposición que permite hoy el sistema costarricense; es decir, que un inversionista no pague impuesto ni en un país ni en otro.
El texto está inspirado en la legislación de Uruguay y fue presentado por el Partido Unidad Social Cristiana (PUSC).
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Si estas empresas tributan sobre estas ganancias en el extranjero, podrían deducir lo que pagaron afuera.
Se consideran empresas de maletín aquellas que no cumplen con requisitos de actividad económica sustantiva en el país, como disponer de la infraestructura adecuada para llevar a cabo sus operaciones, emplear personal, tomar decisiones estratégicas y asumir riesgos.
En contraste, las empresas que cumplan con estos requisitos quedarían exentas del impuesto propuesto. El proyecto también impediría que la Dirección General de Tributación cobre impuestos a individuos y empresas por las ganancias obtenidas a través de inversiones en el extranjero, incluso si estas inversiones se financiaron con fondos generados en Costa Rica.
Para lograr esto, el proyecto modificaría el artículo 1 de la Ley de Impuesto sobre la Renta para establecer que solo se considerarían ingresos de fuente costarricense aquellos generados exclusivamente dentro del territorio nacional, de acuerdo con los límites definidos en la Constitución Política.
La propuesta fue aprobada con ajustes, entre ellos la regulación de regalías, en respuesta a una solicitud de la UE. Estas regalías se refieren principalmente a los derechos derivados de la propiedad intelectual, como patentes, certificados de invención o marcas de fábrica, entre otros.
Además, el nuevo texto elimina discrecionalidad administrativa para determinar qué ingresos pasivos de fuente extranjera estarían exentos.
Votaron a favor los diputados Paulina Ramírez y Luis Fernando Mendoza, del Partido Liberación Nacional (PLN); Daniela Rojas, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC); Johana Obando, del Partido Liberal Progresista (PLP); y Olga Morera, del Partido Nueva República (PNR).
En contra votaron Pilar Cisneros, del gobernante Partido Progreso Social Democrático (PPSD), y Jonathan Acuña, del Frente Amplio.
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Esta versión dictaminada difiere de la propuesta inicial del Gobierno, que buscaba excluir al país de la lista negra como parte de un proyecto que gravaría todas las ganancias pasivas generadas en el extranjero, y vinculaba esta propuesta al concepto de renta global.
Este último plan sugiere que las personas deberían pagar impuestos sobre la totalidad de sus ingresos en lugar de hacerlo por separado, pero también aumentaría el impuesto al 30% para pequeñas y medianas empresas del país.
Nogui Acosta, ministro de Hacienda, destaca la equidad del plan de renta global al equiparar la base exenta de los trabajadores independientes con la de los asalariados. La propuesta contempla un aumento significativo, elevando la base exenta de independientes desde los ¢348.000 a ¢942.000.
Este cambio beneficiaría a alrededor de 52.000 personas, según aseguró el ministro.
Argumentos en contra
Los diputados Cisneros y Acuña presentaron una alternativa que proponía gravar todas las ganancias pasivas generadas en el extranjero con origen costarricense, sin vincularlo al proyecto de renta global. Sin embargo, esta propuesta fue rechazada por el bloque de legisladores conformado por el PLN, PUSC, PLP y PNR.
Acuña expresó su oposición al texto mayoritario, alegando que este se distancia de la jurisprudencia de la Sala IV, que a su vez se basa en decisiones previas de la Sala I. Esas sentencias dicen que es posible aplicar impuestos a aquellos que obtengan rendimientos en el extranjero si estos provienen de ganancias generadas en territorio costarricense.
El diputado del Frente Amplio argumentó que las empresas que serán exoneradas tienen la capacidad financiera para contribuir al erario público. Estas empresas, añadió, se aprovechan de la infraestructura nacional y de la inversión pública en educación, para generar ganancias que luego se invierten en el extranjero.
Asimismo, cuestionó el hecho de que un artículo transitorio en el texto sustitutivo aprobado sugiera eximir de impuestos a las rentas pasivas generadas en el extranjero antes de la promulgación de la ley, a menos que existan resoluciones judiciales de cobro definitivas.
Por su parte, Cisneros afirmó que la propuesta original del Ejecutivo, aun sin considerar la renta global, es más equitativa al someter a tributación estas ganancias. Además, mencionó que esta redacción ya había sido validada por la Unión Europea.
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Nuevo texto depejaría dudas
El diputado Luis Fernando Mendoza, del Partido Liberación Nacional (PLN), argumentó que el texto aprobado se centra en un enfoque puntual y específico para sacar al país de la lista negra.
“Grava las rentas pasivas empresariales de acuerdo con la guía que la misma Unión Europea plantea sobre regímenes de exoneración de rentas de fuente extranjera y excluye rentas pasivas que cumplan con requisitos de sustancia adecuados y claramente definidos”, argumentó.
Paulina Ramírez, también del PLN, resaltó que la materia tributaria está reservada a la legislación, es decir, solo puede ser establecida o modificada por la Asamblea Legislativa. En este contexto, argumentó que el texto sustitutivo busca reafirmar el principio de territorialidad que rige en el sistema tributario nacional desde hace más de tres décadas, cuando se promulgó la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Añadió que este principio ha sido interpretado por la jurisprudencia más allá de los alcances establecidos en la legislación, generando incertidumbre, discreción administrativa e inseguridad jurídica.
Tanto Ramírez como Johana Obando, del PLP, señalaron que no respaldaron la propuesta del Ejecutivo debido a su intención de gravar de manera “indiscriminada” las rentas pasivas generadas en el extranjero, tanto para individuos como para empresas. Ambas consideraron que esto refleja una perspectiva exclusivamente recaudatoria en términos impositivos.
Daniela Roja, del PUSC, espera que el Ministerio de Hacienda le aclare a la UE que el texto suyo no tiene viabilidad política, y el dictaminado sí.
Añadió que ahora existe discrecionalidad de la DGT al aplicar el cobro de rentas pasivas generadas en el exterior por la interpretación que se ha hecho de la ley del impuesto sobre la renta.
“La discrecionalidad se debe a que la ley dice una cosa y las sentencias otras. Por eso es que reformamos el artículo 1 de la ley para dejar clara la territorialidad”, sentenció Rojas.