Avanzó en la Asamblea Legislativa un proyecto de ley que busca atraer inversionistas extranjeros al mercado de bonos de deuda interna del Gobierno, mediante la equiparación de los impuestos que deben pagar al obtener las ganancias.
Actualmente, los compradores de bonos, nacionales y extranjeros, deben pagar un 15% de impuesto de renta por los rendimientos pagados por el Estado. Sin embargo, los foráneos deben pagar otro 15% por el envío de remesas cuando trasladen sus ganancias desde Costa Rica hacia sus países de origen.
Este proyecto elimina este último tributo, de manera que se equipararía la cancha con el objetivo de dinamizar la competencia y reducir las tasas de interés.
El texto fue dictaminado con diez votos a favor en la Comisión Legislativa de Asuntos Hacendarios, el miércoles pasado.
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Con la ampliación del número de participantes, el Ministerio de Hacienda también busca extender plazos para pagar la deuda pública.
Los beneficios no solo serían para el Gobierno, sino que se trasladarían a los créditos de las personas y empresas, había dicho el ministro de Hacienda, Nogui Acosta, en la comisión de Hacendarios. A estos se les dejaría más recursos para los créditos, al no ser absorbidos en su mayoría por el Gobierno.
El plan lo dictaminaron legisladores de los partidos Liberación Nacional (PLN), Unidad Social Cristiana (PUSC), Progreso Social Democrático (PPSD), Liberal Progresista (PLP), Frente Amplio (FA) y Nueva República (PNR).
Sin embargo, el proyecto aún requiere de ajustes para aclarar que la eliminación de la doble tasa para foráneos es solo por la negociación de títulos valores de deuda interna, excluyendo otras transacciones del mercado en general, dijeron los diputados Jonathan Acuña, del FA, y Eli Feinzaig, del PLP.
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Excluyen reformas a mercado secundario
Los diputados excluyeron del texto artículos que apuntaban a una reforma del mercado secundario de valores de deuda.
En el mercado primario, el Ministerio de Hacienda coloca títulos del Gobierno en una subasta, a través de una plataforma del Banco Central de Costa Rica (BCCR). En el secundario, estos títulos se revenden en el mercado regulado por la bolsa de valores.
La participación del Gobierno no es tan usual en este segundo tipo de operaciones, pero sí se puede realizar. Ocurre, por ejemplo, cuando Hacienda busca ofrece a tenedores de bonos cambiar títulos prontos a vencer por nuevos certificados, en subastas, para extender plazos. Ello permite reducir la presión económica del Gobierno sobre pagos en el corto plazo.
La versión original del texto, presentada por el gobierno de Carlos Alvarado, incluía facilitar la participación de más plataformas para negociar los títulos del Gobierno, pero los diputados descartaron esa idea.
Esa propuesta buscaba propiciar, incluso, las transacciones de forma bilateral o de manera más directa.
El mercado secundario solo se puede desarrollar bajo el alero de la Bolsa Nacional de Valores, a través de un puesto de bolsa (intermediario), con la participación de un agente.
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Un texto sustitutivo presentado por el actual Gobierno proponía crear sociedades administradoras de mecanismos de colocación en el mercado primario y de negociación en el mercado secundario, así como sanciones por incumplimiento de las normas, pero también fue descartado por los diputados.
El informe de subcomisión legislativa concluyó que las anteriores versiones trataban de modificar el mercado nacional de valores, cuando ese no era el objetivo principal. El documento lo presentaron los diputados Feinzaig, del PLP; Paulina Ramírez, del PLN; y Carlos Felipe García, del PUSC
“El mercado secundario no tiene provecho para Hacienda, pues negocia precisamente valores que ya pasaron por el primario, y porque el secundario se trata de un mecanismo entre inversionistas, donde estos negociaron sus posiciones y valores sin intervención del emisor”, concluyó el informe.
Por esta razón, el nuevo texto se centra en eliminar la doble imposición para los inversionistas extranjeros. Al Ministerio de Hacienda le permitiría, además, utilizar mecanismos internacionales de pago para liquidar esas operaciones, siempre que sea bajo las regulaciones del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif).
A las entidades nacionales de custodia de valores, en tanto, las habilitaría para prestar servicios de subcustodia a entidades extranjeras, siempre bajo la supervisión de Conassif.
Finalmente, el proyecto dictaminado define como deuda pública interna la emitida y registrada dentro del país, en cualquier moneda, y regulada por las leyes nacionales.
Este concepto es necesario para Hacienda y los diputados, porque permite aclarar que la venta de bonos de deuda interna a compradores extranjeros no constituye endeudamiento externo.