Dos proyectos de ley presentados por los diputados Gloria Navas, de Nueva República (PNR), y Gilberth Jiménez, de Liberación Nacional (PLN), buscan endurecer las penas de prisión por posesión y uso de armas ilegales, así como restringir el acceso a estas a personas condenadas con penas privativas de libertad.
Se trata de los proyectos de ley 24.070 y 24.095, a los cuales el presidente de la Asamblea Legislativa, Rodrigo Arias, propone dar vía rápida, luego de que se discutan en la comisión de trabajo integrada por representantes de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
En la actualidad, la legislación distingue entre dos tipos de posesión ilícita de armas: el primer caso es la posesión ilegal de armas que sí son permitidas, por ejemplo, que una persona posea un revólver sin tener los permisos correspondientes.
El segundo caso es la posesión, uso, fabricación, comercialización y acopio de armas que están prohibidas en Costa Rica, como lo son los fusiles de asalto y las armas que disparan en ráfaga. Las propuestas de ley de Navas y Jiménez abordan principalmente este segundo escenario.
Aumento de penas
Las iniciativas proponen el aumento de las penas de prisión para las personas que cometan una serie de delitos estipulados en la Ley de Armas y Explosivos. Entre las condenas que aumentarían se encuentran las siguientes:
- Actualmente se castiga con 3 a 6 años de prisión a quien acopie más de tres armas prohibidas. La propuesta dispone que esta pena sea de 5 a 10 años de prisión. Además, se consideraría acopio a la posesión de más de dos armas prohibidas.
- Aumentaría la pena por introducción y tráfico de armas y materiales prohibidos, que hoy día es de 3 a 8 años de prisión, y pasaría a de 6 a 12 años.
- Incrementaría la pena por introducir armas al país clandestinamente, sin importar si estas son o no permitidas. La condena, que actualmente es de 3 a 6 años de prisión, se establecería de 7 a 14 años.
- La pena por comercio de armas, explosivos y pólvora, que actualmente es 3 a 7 años de prisión, se establecería en 6 a 12 años de prisión. También aumentaría la pena para propietarios o gerentes de negocios cuyos empleados incurran en este delito, siempre que se compruebe que tuvieron conocimiento de los ilícitos y no los detuvieron.
- Aumentaría la condena para quienes fabriquen, exporten o importen armas, municiones o pólvora sin permisos. La pena actual es de 2 a 6 años de prisión, y pasaría a ser de 5 a 10 años. Al igual que en el caso anterior, aumentaría el castigo para propietarios o gerentes cuyos empleados incurran en el delito.
Para todos estos delitos el proyecto de ley dispone que la pena se amplíe en un medio si son cometidos por el crimen organizado.
Las propuestas de los diputados Navas y Jiménez también pretende restringir el acceso a armas para personas condenadas con penas privativas de libertad. La ley actual solamente dispone esta prohibición para las personas que estén cumpliendo la pena.
Asimismo, los proyectos de ley proponen que se agraven las penas para quien posea un arma permitida que esté inscrita a nombre de otra persona y haya sido reportada como extraviada o robada.
En esa misma línea, dispone que se cancele automáticamente el permiso de portación a los propietarios de un arma que sea decomisada a un tercero, sin que esta haya sido reportada como robada o extraviada.
Si el arma se le decomisa a un menor de edad si que haya sido reportada, se cancelará la inscripción del arma, el permiso de portación y se impondrá una multa. Si se llegara a determinar que el arma fue facilitada por el propietario al menor de edad, se sumará una pena de cuatro años de prisión.
Modificaciones al Código Penal
Además de las modificaciones a la Ley de Armas y Explosivos, los proyectos de ley proponen cambios al Código Penal.
El primero de estos es que se aumente hasta en un 50% la pena de un homicidio calificado cuando este sea cometido con un arma de fuego prohibida.
Asimismo, las iniciativas buscan que se imponga una pena de 3 a 6 años de prisión por agresión con arma, dado que actualmente es de solo 2 a 6 meses. Si la agresión se realiza con arma no permitida, la pena aumenta en un 50%.
También aumentaría la pena de prisión por agresión calificada, que actualmente es de 6 a 12 meses, y pasaría a ser de 2 a 4 años. Al igual que en el caso anterior, si la agresión se realiza con un arma prohibida, la pena se aumenta en un 50%.
Finalmente, aumenta en un 50% la condena para los robos agravados que sean cometidos con armas de fuego.
Adición de nuevos artículos
La parte final del proyecto de ley N.° 24.095 ordena que se agregue un nuevo artículo al Código Penal. Actualmente, el artículo 111 del Código Penal establece la pena de 12 a 18 años de cárcel por homicidio simple.
No obstante, al añadirse el nuevo artículo 111 bis, se determina un castigo de 15 a 20 años para los homicidios simples en los que se utilicen armas de fuego. Además, si se trata de un arma prohibida, la pena incrementa hasta un 50%.
También se crearía el artículo 89 bis de la Ley de Armas y Explosivos, que impondría una pena de 6 a 10 años de prisión por la fabricación y tenencia no autorizada de piezas, mecanismos o elementos constitutivos de armas prohibidas.
La misma pena aplicaría a quien posea componentes mecánicos que conviertan un arma permitida en una prohibida.