Por unanimidad, la Comisión de Asuntos Económicos del Congreso acogió, este miércoles, un texto sustitutivo para el proyecto de amnistía que perdonaría multas, intereses y sanciones a los deudores de la CCSS con tal de que se pongan al día.
Con el nuevo texto, el plan consistiría en una autorización para que la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) condone esos rubros a trabajadores independientes, asegurados voluntarios y patronos que tengan deudas en el pago de las cuotas obrero-patronales.
Este miércoles, los siete diputados presentes en la comisión acogieron el texto. Se trata de los liberacionistas Robertho Thompson, Karine Niño y Daniel Ulate; los socialcristianos Pedro Muñoz y Pablo Abarca, el frentamplista José María Villalta y el independiente Erick Rodríguez.
De acuerdo con Thompson, presidente de la comisión, aunque ese foro llegó a un acuerdo para acoger el texto sustitutivo de Muñoz, todavía no están listos para dictaminar el documento.
“Vamos a hacer unas consultas que son obligatorias al texto sustitutivo y, una vez evacuadas esas consultas, estaríamos volviendo a reunirnos, probablemente, en las próximas semanas, para ya entrar en la valoración del texto”, indicó el liberacionista.
Según explicó Thompson, se trata de consultas a sectores e instituciones, como la CCSS y el Ministerio de Trabajo.
Estas ya se habían hecho pero, al aprobarse un texto sustitutivo, deben volver a realizarse.
El proponente del proyecto, Pedro Muñoz, dijo estar consciente de que se trata de una iniciativa que los diputados “trabajan contra el tiempo”. No obstante, se mostró esperanzado en que se apruebe con prontitud.
“(El proyecto) busca, en primer lugar, que una gran cantidad de pequeñas y medianas empresas que están fuera de la formalidad, vuelvan a la Caja Costarricense de Seguro Social y le lleven recursos frescos que tanto necesita esta institución para afrontar la crisis de salud que se vive en este momento".
“En igual o similar situación están cientos de miles de trabajadores independientes que no están contribuyendo a la seguridad social, simplemente, porque no tienen su situación regularizada con la Caja”, comentó.
La amnistía se aplicaría siempre y cuando los deudores se pongan al día en el plazo de un año, a partir de la entrada en vigor de la ley.
Para regular su situación, los morosos podrían pagar lo adeudado en un solo tracto, o bien, mediante un convenio o arreglo de pago que no podría exceder los cinco años y que no requeriría de un fiador.
La convocatoria de esta iniciativa de ley, cuyo expediente es el número 21.522, se dio a conocer este martes por la mañana, durante una sesión extraordinaria del plenario legislativo para tramitar, de emergencia, proyectos de la agenda covid-19.
La amnistía que propone la iniciativa de ley aplicaría de la siguiente manera:
Para trabajadores independientes:
-Se les perdonarían todas las cuotas por concepto de Seguro de Enfermedad y Maternidad (SEM), tanto la deuda principal como los intereses, multas y sanciones producto de esta.
-Sí tendrían que cancelar las cotizaciones por la deuda principal del seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM). Sobre este monto se haría el arreglo de pago.
-No obstante, las multas, intereses y sanciones generados por la deuda principal del IVM no serían cobrados.
-Si el trabajador independiente tiene deudas más antiguas a los cuatro años, los pagos que se hubieran acumulado antes de ese tiempo se les perdonan por completo. Es decir, de cuatro años hacia atrás, se les exime de cancelar la deuda principal y los intereses por seguro de enfermedad y maternidad e IVM.
Los porcentajes de cotización de los trabajadores independientes se calculan según su nivel de ingresos, con base en la siguiente tabla, actualizada al 17 de marzo del 2020:
Para patronos:
-Tendrían que llegar a un arreglo de pago sobre las cuotas que adeuden por el seguro de salud, el IMV y los rubros contempleados en la Ley de Protección al Trabajador: aportes al Fondo de Capitalización Laboral, Régimen Obligatorio de Pensiones y aporte patronal al Banco Popular.
-Lo que se les perdonarían son las multas, intereses y sanciones producto del impago.
-Para ellos, no aplicaría la condonación de la deuda por más de cuatro años, pues los derechos del trabajador son irrenunciables.
-Lo que sí rige para los patronos es el plazo de cinco años para el arreglo de pago.
-Además, se les perdonaría toda la deuda, tanto la principal como los intereses, multas y sanciones, de las otras cargas no asociadas con el trabajador. Estas son los porcentajes que deben destinar a las leyes del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), del 0,50%; al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), del 5%; al Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), del 1,5%, y al Banco Popular, de un 0,25%.
Para asegurados voluntarios:
-Sí se les cobraría la deuda principal. Se les perdonarían intereses, multas y sanciones.
-Para ellos no aplicaría el no cobro por más de cuatro años de deuda.
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