Una moción del fabricista Jonathan Prendas, que cuenta con el respaldo de diputados de las cuatro mayores bancadas del Congreso y de un independiente, establecería el derecho a la objeción de conciencia de los funcionarios en programas de capacitación en las instituciones del Estado.
La iniciativa forma parte del paquete de 301 mociones presentadas en el primer día de revisión del proyecto de reforma al empleo público, dictaminado hace dos meses y medio en la comisión de Gobierno y Administración.
La objeción de conciencia es el derecho de la persona a abstenerse de realizar actos que contravienen ideales o valores éticos y religiosos.
Tiene asidero constitucional y se deriva de otros derechos fundamentales como la libertad religiosa y la libertad de conciencia, explicó el abogado constitucionalista Rubén Hernández.
En el país, no existe una ley específica que regule esta materia, aunque los notarios costarricenses, por reglamento, ya pueden negarse a dar sus servicios como asesores jurídicos por razones de conciencia.
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La moción de Prendas pide agregar un nuevo inciso al artículo 21 del proyecto de ley sobre los postulados rectores que orientarían los procesos de formación y capacitación en el empleo estatal y, dice así:
“Los servidores públicos podrán informar a la administración, por medio de una declaración jurada, sobre su derecho a la objeción de conciencia cuando se vulneren sus convicciones religiosas, éticas y morales, para efectos de los programas de formación y capacitación que se determine sean obligatorios para todas las personas servidoras”.
Además de Prendas, la moción la firman Luis Fernando Chacón, jefe de fracción del Partido Liberación Nacional (PLN), y Víctor Morales Mora, diputado del Partido Acción Ciudadana (PAC).
Otros firmantes son Carlos Avendaño, del Partido Restauración Nacional (PRN); Pablo Abarca, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC); y el independiente Dragos Dolanescu.
Prendas no respondió las consultas de La Nación. Abarca y Dolanescu también evitaron explicar la propuesta.
Víctor Morales, diputado del PAC y presidente de la comisión de Gobierno y Administración, sostuvo que la propuesta “no tiene nada del otro mundo, nada del otro mundo”.
Sin embargo, reconoció: “Está puesta en el contexto general de la negociación que estamos impulsando con todos los diputados y fracciones”.
“Don Jonathan participa siempre en la reunión de la Comisión de Gobierno y Administración. Él tiene posición con respecto a distintos temas del expediente. En todos los temas tiene posición, tiene intereses particulares en que determinados temas se atiendan o no se atiendan, como lo tienen todos los diputados. Todo es parte de una negociación, ¿qué no se negocia aquí?”, respondió.
El fabricista, efectivamente, tiene posiciones sobre los diferentes temas de la reforma.
Con respecto al salario global, que sería de un pago único en una misma escala de remuneraciones, Prendas aboga porque el Gobierno consiga recursos para financiar el traslado casi de inmediato al nuevo régimen, de 28.600 funcionarios públicos que se quedarían ganando menos del nuevo sueldo, una vez que entre en vigencia la reforma.
Si ello ocurre, implicaría un incremento anual de un poco más de ¢32.000 millones en el pago de salarios en el Gobierno Central y en el resto de instituciones.
El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplán) pide que esos trabajadores sigan ganando el salario actual compuesto por base más pluses, hasta que alcancen el global.
De esa forma, se generarían mayores ahorros. Esa transición duraría entre 10 y 12 años, estima Mideplán.
En materia de rectoría del empleo público, Prendas propone fortalecer las competencias del Servicio Civil.
Criterio de constitucionalista
El abogado constitucionalista Rubén Hernández ve bien la propuesta de Prendas sobre objeción de conciencia. “Es mejor dejar abierta esta posibilidad que obligarlos a asistir a seminarios sobre temas contrarios a sus creencias religiosas; por ejemplo, sobre el aborto”, expuso.
Del mismo modo, Hernández ve con buenos ojos la redacción.
“Es que tiene que ser general. Eso tiene que ser general porque no se pueden incluir todas las posibilidades. Ya será, en cada caso concreto, que se pueda determinar si procede o no aplicarla”, expuso.
En esa línea, el constitucionalista considera que, de aprobarse esa moción y la reforma, en un futuro se tendrá que analizar su límite.
“Tampoco usted se puede escudar en ese derecho para obviar el cumplimiento de una serie de obligaciones. Por ejemplo, que una religión diga que no hay que pagar impuesto. Nadie podría decir que por una objeción de conciencia no pague impuesto”, expuso.
El proyecto sobre libertad religiosa, dictaminado en noviembre del 2020 en la comisión de Gobierno y Administración, también contempla el derecho de conciencia.
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El primer párrafo del artículo 26 de ese texto dice así. “Ninguna persona, sea religioso, feligrés o miembro de una organización religiosa o confesión de credo, podrá ser compelido, por norma o acto administrativo o legal, a renunciar a sus principios y convicciones de fe, a manifestar su fe ya sea con los símbolos, atuendos o cualquier otra expresión física de su creencia”.
La Comisión de Gobierno y Administración comenzará este martes a discutir las primeras mociones de ajuste presentadas al proyecto de empleo público.